Descubre Cómo Declarar Impuestos Siendo Empleado en España y Ahorra Dinero Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Antes de que termine el mes de abril, las personas físicas tienen que presentar su declaración anual ante el SAT (Sistema de Administración Tributaria). La declaración se presenta durante todo el mes de abril del año siguiente al que corresponde la información.

Si eres persona física, la declaración anual 2025 se presenta a partir del 1 de abril. Evita problemas y ten todo listo antes del final de abril.

¿Aún no has presentado tu declaración anual y se te acaba el tiempo? Tienes hasta el 30 de abril para realizar tu declaración anual ante el SAT.

En ocasiones, se piensa de forma errónea, que al recibir el pago a través de una nómina, no es necesario declarar impuestos. Sin embargo, no siempre es así.

¿Quiénes deben declarar?

¡No todas las personas están obligadas a hacerla! Si eres un colaborador con un solo patrón y con un ingreso menor a $400,000 pesos anuales NO tienes obligación de realizar tu declaración. Pero, si de lo contrario, superaste este monto de retribuciones, cotizas con dos o más patrones, presentaste alguna liquidación, indemnización, pensión, jubilación o dejaste de prestar un servicio, te toca presentar tu declaración al SAT antes de que termine el mes.

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Si tienes dudas sobre tu declaración anual por sueldos y salarios, contáctanos para recibir asesoría fiscal, antes, durante y después de tu presentar tu declaración anual.

¿Qué es el Régimen de Sueldos y Salarios?

¿Eres asalariado? Uno de los primeros golpes de realidad en la vida adulta es descubrir que los impuestos afectan nuestros ingresos. Un asalariado pertenece al Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios, identificado con la clave 605 en el catálogo del SAT. Ejemplos de asalariados incluyen obreros, secretarias, empleados de mostrador, asistentes y cajeros.

El régimen asalariado, según el SAT, es el régimen fiscal que agrupa a las personas físicas que reciben ingresos por prestar un servicio personal subordinado a un empleador. Es decir, trabajan bajo contrato y reciben un sueldo, del cual se les retiene el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Las empresas que contratan empleados bajo el Régimen 605 deben cumplir con diversas responsabilidades fiscales y administrativas.

¿Cómo realizar la declaración?

Para hacer tu declaración, necesitas tener tu RFC y una contraseña. Para facilitar el proceso a los contribuyentes, el SAT cuenta con herramientas que te hacen más fácil el trabajo.

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Pasos para presentar tu declaración:

  1. Dar clic en "Presentar declaración", te enviará al perfil del contribuyente y deberás seleccionar en la casilla de Ejercicio "2024". Debajo, vendrán seleccionados los ejercicios de forma automática a declarar.
  2. Revisa la información precargada: El sistema mostrará en tus ingresos, deducciones y retenciones correspondientes al ejercicio fiscal 2024.
  3. Incluye tus deducciones personales: Asegúrate de que estén registradas todas las deducciones personales aplicables, como gastos médicos, educativos o donativos.
  4. Si resulta un "Impuesto a favor del ejercicio" puedes seleccionar "Devolución" para recuperar el saldo a favor, "Compensación" en caso de tener saldo en contra o "Sin selección".
  5. En la pestaña "Pago" aparecerá la determinación en caso de que haya saldo a favor o si hay saldo a pagar aparecerá el monto total.

Saldo a favor: ¡Felicidades! Cero pesos: No pagas ni te devuelven nada.

Al preparar tu declaración anual, es importante considerar todas las deducciones permitidas por el SAT.

Herramientas del SAT para facilitar la declaración

  • El Visor de nómina: Con este sistema, puedes ver reflejada la información que el SAT recibió de parte de tu empleador. Si hay errores, puedes avisar y pedir la corrección.
  • El Simulador: Muestra cómo aparecerá tu declaración anual.

Deducciones Personales para Asalariados

Si eres asalariado, puedes deducir gastos personales como colegiaturas, servicios médicos, hospitalarios, seguros de gastos médicos, intereses reales de créditos hipotecarios, donativos, gastos funerarios, transporte escolar obligatorio y aportaciones voluntarias al AFORE. En este régimen puedes deducir gastos médicos, colegiaturas, seguros médicos, donativos, intereses hipotecarios, gastos funerarios y aportaciones voluntarias para el retiro.

En 2025, los asalariados pueden deducir: colegiaturas, servicios médicos, hospitalarios, transporte escolar obligatorio, donativos, intereses hipotecarios, seguros médicos, aportaciones al AFORE y gastos funerarios.

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Si un trabajador decide presentar su declaración anual, existen ciertos gastos que pueden ser deducibles de impuestos:

  • Colegiaturas: Aplica para educación desde preescolar hasta bachillerato, siempre en instituciones privadas con reconocimiento oficial.
  • Transporte escolar obligatorio: Solo es deducible si la institución exige su pago.
  • Gastos funerarios: Se pueden deducir los gastos funerarios de cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos.

El SAT solo te permite deducir ciertos gastos y existe una cantidad tope. No, la gasolina no es un gasto deducible para asalariados.

Información Adicional

A partir de 2022 la información para realizar la Declaración Informativa Múltiple se cargará automáticamente cada que el empleador genere una factura electrónica al pagar un sueldo. Informar al SAT si han depositado sueldos a otras personas.

En caso de tener que pagar impuestos, se te generará una referencia (línea de pago) para realizar deberá ser pagado en las instituciones de crédito autorizadas. Al efectuar el pago, el banco te emitirá un recibo como comprobante.

Deberás haber presentado deducciones personales si quieres solicitar un saldo a favor. Todo esto influye para que el SAT te devuelva un saldo a favor o, si tienes que pagar, al menos te baja lo que debes.

Ahora, si se te pasa el mes y te tocaba presentarla porque estabas obligado, puedes hacerla después, pero ¡aguas! Si el resultado es que debes dinero, esa cantidad va a aumentar por recargos y actualizaciones que el SAT te suma.

Acumulación de ingresos: Si tienes ingresos adicionales de otro régimen fiscal, debes declararlos correctamente.

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