Como conductor o socio de flotilla de Uber Eats en México, es importante emitir facturas a los usuarios que lo soliciten por los servicios que prestes a través de la app.
Registro de Datos Fiscales
Uber ha simplificado el proceso de registro, permitiendo ingresar tus datos fiscales mediante un formulario. Si tu registro lo estás realizando en Monterrey, Colima y Yucatán necesitarás entregar tu constancia de situación fiscal.
Importante: Para que tú o los socios conductores de tu flotilla puedan comenzar a conducir no es necesario que cargues tus credenciales fiscales (e.firma y CSD), pero deberás subirlas durante los primeros 30 días a partir de la fecha en que tu o tus vehículos realizan su primer viaje para poder permanecer activo.
Credenciales Fiscales
Las credenciales fiscales son instrumentos que te permiten emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (“CFDIs”); es decir, el sistema del SAT los valida cada vez que se intenta generar un CFDI a tu nombre para confirmar y proteger tus datos. Las credenciales consisten en una e.Firma y un Certificado de Sellos Digitales (“CSD”), y ambos la primera vez que los requieras deben ser tramitados en persona directamente en las oficinas del SAT.
En caso de que todavía no cuentes con tus credenciales fiscales agenda tu cita en el SAT para tramitarlas.
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Factura al Público en General (FPG)
La Factura al Público en General (“FPG”) es un comprobante fiscal relacionado con tu obligación de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (“CFDI’s”). Durante las primeras 24 horas de cada mes, se determina el monto de tus ingresos que no fueron facturados a los usuarios, y se facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales a través de un proveedor de facturación independiente, apoyándote en la emisión de la FPG correspondiente.
Comprobante de Retenciones
Mensualmente, se te enviará al correo que tienes registrado en la app el CFDI de retenciones correspondiente. Este comprobante es emitido semanalmente con el importe total de la tasa de servicio retenida y el IVA correspondiente. Estos comprobantes fiscales son emitidos por Uber desde el extranjero, por lo que únicamente se puede generar un PDF y no un XML.
En Uber nos preocupamos por brindar el mejor servicio a nuestros usuarios. Por eso, reinventamos nuestro sistema de facturación, haciéndolo más rápido, sencillo y accesible.
¿Cómo validar tu e.Firma y Certificado de Sellos Digitales?
Si ya cuentas con tus credenciales, deberás consultar la validez de tu e.Firma y tu CSD ante el SAT.
Impuestos para Conductores y Repartidores de Plataformas
Los impuestos que deberán pagar aquellos que presten sus servicios a través de estas plataformas son, esencialmente, el impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al valor agregado (IVA).
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De acuerdo con el SAT, las plataformas tienen la opción de hacer la retención correspondiente sobre el ingreso bruto que se obtenga durante el mes, en el comprobante de pago que emitan deberá estar especificada la cantidad de la retención y su concepto.
- En el caso del ISR, la retención será de 2.1% y no cambia dependiendo de los ingresos generados.
- El IVA significará 8% a diferencia de 16% que se pagan en la mayoría de bienes y servicios.
Para poder cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes es necesario estar inscrito al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y proporcionar los datos fiscales a las plataformas, de lo contrario la retención será de 20% en concepto de ISR y 16% de IVA.
¿Por qué Uber Eats retendrá mis impuestos?
Por disposición oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) y el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”), Uber deberá retener y pagar por tu cuenta directamente al SAT parte del ISR e IVA que se cause por las entregas que realices por medio de la app de Uber Eats. Entre muchas otras ventajas, disminuirán los impuestos que te corresponden pagar por los viajes que realices y se reducirán tus cargas fiscales/administrativas.
¿Cuánto debo pagar de IVA y cuánto de ISR?
A diferencia de otros contribuyentes que pagan el 16%, tú sólo pagarás el 8% de IVA por las entregas que realices por medio de la app de Uber Eats. El ISR que pagarás será acorde a la tasa única de retención, siendo del 2.1% por los ingresos que generes por la prestación de los servicios independientes de entrega de alimentos o productos (tasa de entrega) y del 1% por los ingresos que generes por la prestación de servicios de promoción.
¿Qué pasa si no proporciono mis datos fiscales?
Es importante mencionar que, de conformidad con lo dispuesto por las leyes aplicables, en caso que no hayas proporcionado tus datos fiscales, Uber Eats estará obligado a realizar una retención de 20% de ISR sobre tus ingresos y del 16% de IVA, en lugar de las tasas antes mencionadas, sin importar el monto de tus ganancias.
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¿Implica esto que obtendré menos ganancias?
No. Esta medida no afectará tus ganancias y tampoco se trata de un nuevo impuesto. Si recibes ingresos además de los generados por los servicios que prestas a través de Uber Eats, deberás presentar tus declaraciones mensuales y anual de impuestos o bimestrales si estás bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (“RIF”).
Si sólo obtienes ingresos por los servicios que prestas a través de Uber Eats cuentas con la opción de que las plataformas tecnológicas te retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT. De esta forma ya no presentarás declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.
Sí. Te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.
En caso de que no obtengas otro tipo de ingresos, tus ingresos del año anterior no excedan 300,000 y optes por considerar las retenciones como pago definitivo, el ISR que pagarás será con las nuevas tasas de retención únicas del 2.1% (tasa de entrega) y del 1% (servicios de promoción) y el IVA que pagarás será del 8%, en vez del 16%. De esta forma, ya no tendrás que presentar las declaraciones mensuales de ISR e IVA.
Tendrás más claridad sobre el cumplimiento de tus obligaciones fiscales cuando recibas tus ganancias.
Si recibes ingresos adicionales a los obtenidos por entregas realizadas a través de la app de Uber Eats, podrás acreditar los impuestos que Uber Eats te haya retenido.
Ahora podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retención que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
Tú y tu familia, tendrán acceso a los servicios de salud y diversas prestaciones sociales que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
¿Puedo cambiar de régimen fiscal?
El régimen fiscal que te es aplicable depende de si eres una persona física o moral y de las actividades económicas que realizas, pero si eres persona física en todos los casos, por los servicios que prestas a través de la aplicación Uber Eats deberás estar registrado en el Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas . Puedes actualizar tus actividades económicas, lo cual podría implicar un cambio en tu régimen fiscal.
¿Qué pasa si no tengo RFC?
Deberás tramitar tu inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT.
¿Subirán los precios de los viajes?
No. Este cambio no implicará cambio alguno en los precios de los viajes ni implica un impuesto nuevo.
¿Por qué yo tengo que pagar el IVA de las entregas?
El Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) se causa por la prestación de servicios de entrega de alimentos preparados o bienes.
Alternativas para estar asegurado
Los conductores y repartidores de plataformas digitales están expuestos a un sin fin de riesgos al pasar todo el día manejando o en una motocicleta, por lo que estar asegurado es fundamental para poder laborar con tranquilidad.
“En el caso de que se quisiera afiliar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la alternativa es inscribirse a la modalidad 10, que está destinada a personas que trabajan o prestan servicios de manera independiente”, externó Jesús Guillermo Mendieta.
Bajo esta modalidad se tendrán que hacer pagos mensuales dependiendo del nivel de ingreso al mes que se quiera registrar en la plataforma, no menor a un salario mínimo ni mayor a 81,427.5 pesos.
Bajo esta modalidad, el trabajador de plataformas estará accediendo a servicio médico, aportaciones para su fondo para el retiro, incapacidades, pensión por invalidez y pérdida de vida. También podrán tener los beneficios del Infonavit, sin embargo, el pago de ellos es adicional.
Otra alternativa que existe es la de los seguros privados, Axa cuenta con una póliza destinada para conductores y repartidores de Uber, donde ofrecen un plan integral de protección para el vehículo, gastos médicos y seguro de vida.
Incorporación voluntaria al régimen obligatorio
Ser un trabajador independiente o no asalariado.
No estar inscrito en el régimen obligatorio de seguridad social.
Puedes realizar el trámite en línea o de forma presencial en la Subdelegación que te corresponda y debes contar con la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente. Original y copia
- Original y copia de comprobante de domicilio.
- Original o copia certificada y copia simple del acta de nacimiento.
- Original y copia del comprobante de pago de la anualidad anticipada.
Esta medida no afectará tus ingresos ya que pagar impuestos siempre ha sido obligación de todos y esto no se trata de un nuevo impuesto.
El SAT diseñó un esquema para personas físicas que se dedican a estas actividades, llamado plataformas tecnológicas para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, pues desde el 1 de junio del 2020 se aprobó que los socios de estas plataformas deben presentar su declaración de impuestos, este régimen fue publicado y entró en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
Declaración Anual de Impuestos
La fecha para realizar la declaración anual de personas físicas fue en el mes de abril y hasta el 2 de mayo, por lo que el tiempo ha terminado, pero... ¿Qué consecuencias tiene no haber presentado mi declaración anual? El Código Fiscal de la Federación (CFF), en el artículo 81, establece como infracciones la ausencia de la declaración anual de personas físicas y no hacer el pago de las obligaciones fiscales.
Recordemos que la plataforma está obligada a integrar el impuesto retenido al afiliado, lo que fue planeado cuidadosamente por el SAT para ayudar a pequeños contribuyentes personas físicas a cumplir con sus obligaciones.
Facturación de Viajes de Uber (Usuarios)
Te recordamos que el primer paso para poder facturar tus viajes es asegurarte de que tu Perfil de impuestos esté completo. Ingresa a riders.uber.com/trips (puedes hacerlo desde tu computadora, teléfono o tableta).
Dirígete a “Perfil de impuestos” del lado izquierdo. Es importante verificar el estado de tu cuenta en riders.uber.com/tax-profiles, en la opción de Perfil de impuestos. Asegúrate de tener la información para facturar completa. Recuerda que los códigos de regalo, invitación, promociones y cupones no podrán ser facturados. Si tu viaje fue liquidado con alguna de las opciones mencionadas anteriormente, no podremos emitir una factura. Si fue liquidado parcialmente con alguno de los anteriores, sólo la parte pagada con tu método de pago registrado podrá ser facturado.
