Descubre Cómo Calcular el ISR en México Fácil y Rápido: Guía Completa Paso a Pasopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. Tanto las personas físicas como las personas morales están obligadas a realizar el pago ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y se trata de un tributo que grava sus ingresos.

¿Qué es el ISR?

El ISR es la contribución que se debe pagar por la utilidad de los ingresos obtenidos, siendo los más comunes aquellos recibidos por sueldos y salarios, actividades empresariales y profesionales o arrendamiento. Este impuesto se basa en el principio de capacidad contributiva, es decir, quienes ganan más deben pagar un porcentaje más alto y quienes ganan menos pagan un porcentaje más bajo.

¿Cómo Funciona el ISR?

Todo ingreso ganado genera una renta, la cual afecta directamente el bolsillo del trabajador. En el caso del patrón, éste tiene la obligación de recolectar el impuesto de los trabajadores y enviarlo directamente al SAT.

Fórmula Básica del ISR

Para calcular la utilidad, se aplica la siguiente fórmula:

INGRESOS - GASTOS DEDUCIBLES = UTILIDAD

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Por ejemplo, si en un mes ganas $50,000 y tienes $10,000 en deducciones autorizadas, tu utilidad sería de $40,000.

¿Quiénes Están Obligados a Pagar el ISR?

Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Esta carga fiscal era aplicada a mexicanos y extranjeros que obtuvieran ingresos en México. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.

¿Cómo se Calcula el ISR?

El ISR se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal.

Para obtener el ISR que deberá retenerse a los trabajadores, se deberá seguir la mecánica que se menciona a continuación:

  1. Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR.
  2. Determinación del subsidio para el empleo.
  3. Determinación del ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar.

Determinación del Impuesto Según la Tarifa del Artículo 96 de la LISR

  • Ingresos obtenidos en el mes por salarios (gravados)
  • (-) Impuesto local a los ingresos por salarios que, en su caso, haya retenido el empleador en el mes siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%
  • (=) Base gravable
  • (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR
  • (=) Excedente del límite inferior
  • (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior
  • (=) Impuesto marginal
  • (+) Cuota fija
  • (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR

Determinación del Subsidio Para el Empleo

  • Base gravable
  • (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013
  • Subsidio para el empleo

Determinación del ISR por Retener o Subsidio Para el Empleo Por Entregar

  • Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR
  • (-) Subsidio para el empleo
  • (=) ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar

Es importante destacar que en los casos en que el impuesto a cargo del contribuyente que se obtenga de la aplicación de la tarifa del artículo 96 de la LISR sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido de conformidad con la tabla correspondiente, el retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga.

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Para una mayor comprensión de lo anterior, a continuación se presenta el caso práctico siguiente:

Caso Práctico

Se desea determinar el ISR por retener a un trabajador en febrero de 2015.

Datos

  • Ingresos obtenidos en febrero de 2015: $15,000.00
  • Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador: $0.00

Desarrollo

  1. Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR.
    • Ingresos obtenidos en febrero de 2015: $15,000.00
    • (-) Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador: 0.00
    • (=) Base gravable: 15,000.00
    • (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR: 10,298.36
    • (=) Excedente del límite inferior: 4,701.64
    • (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior 21.36%:
    • (=) Impuesto marginal: 1,004.27
    • (+) Cuota fija: 1,090.61
    • (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR: $2,094.88
  2. Determinación del subsidio para el empleo.
    • Base gravable: $15,000.00
    • (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013 1:
    • (=) Subsidio para el empleo: $0.00
  3. Determinación del ISR por retener en febrero de 2015.
    • Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR: $2,094.88
    • (-) Subsidio para el empleo: 0.00
    • (=) ISR por retener en febrero de 2015: $2,094.88

Opciones de Retención del ISR

Existen diversas opciones para retener el ISR, dependiendo de las circunstancias del pago:

  • Opción de retener el ISR a destajistas: Considerar los días trabajados y aplicar la tarifa diaria del artículo 96 de la LISR.
  • Opción de retener el ISR cuando se efectúan pagos semanales, decenales o quincenales: Aplicar la tarifa del artículo 96 de la LISR calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda.
  • Otra opción de retener el ISR a trabajadores según el RISR: Determinar el monto total a pagar en el año, dividirlo entre 12 y aplicar el procedimiento del artículo 96 de la LISR.
  • Cálculo de la retención del ISR cuando el trabajador obtiene percepciones correspondientes a varios meses: Dividir la remuneración entre los días correspondientes y multiplicar por 30.4.
  • Opción de efectuar retenciones del ISR en periodos comprendidos en dos meses de calendario: Aplicar la tarifa vigente al inicio del periodo.

Ingresos Exentos de ISR

En México, ciertos tipos de ingresos están exentos de ISR, lo que significa que no están sujetos al pago de este impuesto.

  • Los ingresos percibidos por concepto de seguridad social, como las pensiones y jubilaciones pagadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), están exentos de ISR.
  • El aguinaldo está exento de ISR hasta un límite de 30 veces la UMA.

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