El Registro Patronal, como su nombre lo indica, consiste en el registro que deben hacer las personas físicas o morales que estén dadas de alta como patrón. Ya que los 3 primeros dígitos del Registro Patronal están sujetos al municipio en el que se ubica, se asume que un patrón puede tener tantos registros como sucursales tenga a lo largo del país. Es posible aperturar otro registro si tienen diferente domicilio; serían primas de riesgo independientes si es que realizan diferentes actividades.
Comunicación con IDSE y envío de movimientos
A partir de esta versión, CONTPAQi® Nóminas tiene a tu disposición el nuevo módulo de Conexión en línea con IDSE, el cual permite la comunicación con IDSE para el envío de movimientos al IMSS por medio de la plataforma. Al realizar el envío de movimientos, el sistema procesa la información y espera la respuesta institucional. Es fundamental considerar los siguientes tipos de notificaciones emitidas por el IMSS al procesar los movimientos:
- Notificación de recepción: Confirma que se ha recibido la petición para procesar los movimientos enviados.
- Notificación de aceptación: Confirma que se ha aceptado la petición para procesar los movimientos enviados.
- Notificación de rechazo: Confirma que se ha rechazado la petición para procesar los movimientos enviados.
Consideraciones sobre movimientos y rechazos
Al realizar el envío de movimientos extemporáneos, estos serán rechazados por el IMSS en ese mismo momento; si solo se envían movimientos extemporáneos no habrá acuses por parte del IMSS. Se deberá revisar que los datos de los movimientos por enviar no tengan observaciones en la columna Causa Rechazo, ya que al tener observaciones serán movimientos con errores y éstos no los procesará el IMSS.
Para mayor claridad sobre los estados de los movimientos, presentamos la siguiente tabla descriptiva basada en los procesos del instituto:
| Estatus de la Notificación | Descripción del Proceso |
|---|---|
| Recibido | Confirmación de llegada de la petición al sistema del IMSS. |
| Aceptado | El movimiento cumple con los requisitos y se procesa correctamente. |
| Rechazado | El movimiento presenta errores o es extemporáneo (sin acuse). |
Gestión de altas y bajas en el Seguro Social
El proceso de inscripción es esencial para mantener la relación laboral bajo el marco legal. El aviso de alta es el documento que presenta la empresa por los trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o eventuales, que se incorporan a laborar. Por su parte, el aviso de baja es el documento que la empresa debe presentar al Instituto por la disolución de su relación laboral con el trabajador.
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Existen plazos específicos para cumplir con estas obligaciones:
- Altas por salarios variables: Se deben presentar dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
- Altas por salarios mixtos: Cuando se modifica el elemento fijo, deberá presentarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación.
- Bajas: El aviso debe presentarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha en que se dé el supuesto.
Una vez que el proceso de alta ha sido culminado, el Instituto Mexicano del Seguro Social proporcionara un registro llamado “Registro Patronal”, el cual servirá como número de registro para el pago de Cuotas Obrero Patronales así como de afiliar a los trabajadores a dicho registro. Independientemente del estatus que cada movimiento tenga, una vez que se asignaron los parámetros de búsqueda, se pueden gestionar los registros de los movimientos de alta, reingreso y modificaciones de salario.
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