Guía Definitiva para Hacer tu Declaración Anual de Personas Físicas 2013 ¡Fácil y Rápido!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¡Ah, la gran duda existencial de todo contribuyente! ¿Cómo hago mi declaración anual? Es como preguntarse si primero va la leche o el cereal… ¡Complicado! Lo primero que debes saber es que cada persona física es un mundo (fiscal, claro). Tus obligaciones dependen de qué cómo ganas el dinero, es decir, de las actividades económicas que realices. Pero no te preocupes, en este artículo te vamos a explicar, de manera fácil de entender y sin tecnicismos aburridos, todo lo que necesitas saber para sobrevivir a la declaración anual.

Considerando que durante este mes las personas físicas deben presentar la declaración anual del ejercicio de 2013, a continuación ofrecemos un instructivo detallado, renglón por renglón, del formato fiscal 13 "Declaración del ejercicio". Además, te diremos qué documentos tener a la mano para que no te dé un ataque de pánico cuando veas la hoja en blanco.

Resumiendo: La Declaración Anual es tu reporte de ingresos y deducciones ante el SAT, y tu gran oportunidad para recuperar impuestos. Se presenta en abril y te permite incluir gastos personales (médicos, colegiaturas) para obtener un saldo a favor. Prepara tus facturas para cumplir a tiempo y maximizar tu posible devolución.

¿Quién Está Obligado a Presentar la Declaración Anual?

De manera general, todas las personas físicas que obtengan ingresos deben presentar la declaración anual ante el SAT, salvo que se trate de ciertos ingresos exentos, o bien, se haya hecho un pago definitivo. También es importante mencionar que si te encuentras en el Régimen de Sueldos y Salarios o de Intereses, podrías tomar la opción de no presentarla. Si eres una persona asalariada, debes saber que no todos tienen acceso a esa facilidad, incluso cuando tu empleador sea el encargado de retener el impuesto. Existen supuestos que te obligan a presentar esta declaración, y son los siguientes:

  • Tuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.
  • Solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
  • Dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

Documentación Necesaria para la Declaración Anual

Lo primero: esta es la documentación que necesitas. Para explicarlo mejor, dividiremos la documentación que deberías tener a la mano dependiendo el régimen fiscal en el que te ubiques.

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  • Régimen de Sueldos y Salarios: Facturas electrónicas emitidas por tus empleadores.
  • Régimen de Intereses: Constancias de retenciones emitidas por las instituciones financieras.
  • Régimen de Enajenación de Bienes: Habitualmente, se trata de personas que han enajenado propiedades inmuebles, por lo que para el llenado de su declaración, necesitan contar con la documentación proporcionada por un notario o corredor público.
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, Arrendamiento, Plataformas Digitales o Simplificado de Confianza: Facturas electrónicas emitidas por el propio contribuyente que realice su declaración, así como los estados de cuenta donde se reflejen los pagos correspondientes.
  • Régimen de Enajenación de Acciones en Bolsa de Valores: Constancias emitidas por las casas de bolsa.

Además, es necesario contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.

Acceso al Portal del SAT y Proceso de Declaración con DeclaraSAT 2013

Para conseguir esta documentación y comenzar el proceso, primero vas a necesitar entrar en el portal del SAT. Para ello, existen dos maneras de acceder al portal de declaraciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La primera es ingresar mediante tu RFC y Contraseña. Debes recordar que el RFC para una persona física se compone de 13 posiciones, mientras que la Contraseña se integra de 8. Es importante tener en cuenta que el SAT no recibe a personas que quieran tramitar su firma electrónica sin previa cita.

Una vez que cuentes con la información para entrar al portal de declaraciones, puedes comenzar a preparar la información relativa a tus ingresos. De esta manera podrás corroborar que la información declarada coincide con tu documentación.

Para el ejercicio fiscal 2013, las personas físicas obtendrán el Programa para presentación de declaraciones anuales de las personas físicas (DeclaraSAT 2013) en la dirección electrónica www.sat.gob.mx. Accede a la aplicación utilizando tu RFC y contraseña personal. Completa la información requerida en la declaración. Una vez hecho esto, firma tu declaración si es necesario y envíala. Obtén el comprobante de recepción de la declaración y, si es aplicable, la referencia de pago.

Deducciones Personales: Tu Oportunidad de Ahorro Fiscal

Otro punto importante para nuestra declaración anual son las deducciones personales. Estos son gastos que la legislación permite aplicar contra nuestros ingresos, y que causan un efecto positivo, pues si tuviéramos un saldo a favor, podría aumentarlo, y si tuviéramos un saldo a cargo, podría disminuirlo. Para aplicar estas deducciones es importante que contemos con una factura electrónica y, en muchos de los casos, haberlas pagado con transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjetas de débito/crédito.

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Consideraciones Específicas del IVA para Ejercicios 2010 a 2013

En materia de IVA, en el artículo 32, fracción VII, de la ley de la materia se especifica que las personas físicas que se encuentren obligadas al pago de este impuesto y las que realicen actos o actividades sujetos a la tasa de 0%, deberán proporcionar la información que del IVA se les solicite en las declaraciones del ISR. Sin embargo, para los ejercicios fiscales de 2010 a 2013, conforme al artículo 2.2 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, los contribuyentes del IVA y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley del IVA (actos gravados a la tasa del 0%), podrán optar por no presentar la información que dispone el artículo 32, fracción VII, de esta ley (información del IVA en la declaración anual del ISR), en las declaraciones del ISR, siempre que cumplan con la obligación de presentar mensualmente la información solicitada en la Declaración informativa de operaciones con terceros, que indica la fracción VIII del artículo 32 de la Ley del IVA.

Fechas Límite y Consecuencias de No Declarar

¿Cuándo se presenta la declaración anual? La fecha clave es abril de cada año. Generalmente, tienes del 1 al 30 de abril para enviarla. Ojo: no esperes al último día, porque los sistemas del SAT suelen colapsar (como cuando se cae la página justo cuando más la necesitas).

¿Hasta cuándo puedes hacerla? La fecha de presentación de la declaración anual de personas físicas es durante todo el mes de abril. Sin embargo, si ha transcurrido ese mes y aún no la presentas, hay dos razones para hacerla fuera de tiempo:

  • Si tienes un saldo a favor, puedes reclamarlo hasta 5 años después.
  • Si tienes un saldo a cargo, cada mes transcurrido acumularás recargos y actualizaciones, es decir, penalizaciones por no pagar a tiempo.

Hay que recordar que las personas que se encuentran obligadas a presentar su declaración anual, y no lo hacen en tiempo y forma, pueden ser acreedoras a una sanción económica (multa). ¿Qué pasa si no presento mi declaración anual? Pues no es por asustarte, pero el SAT no se anda con juegos. Si no presentas tu declaración cuando debías, te pueden caer multas, recargos, e incluso te pueden congelar la posibilidad de hacer trámites fiscales. Además, podrías perder la oportunidad de que te devuelvan saldo a favor (sí, dinero que te corresponde).

Pago de Impuestos y Devolución de Saldo a Favor

Puedes pagar con Línea de Captura en el portal bancario o directamente desde el Portal del SAT. Es importante efectuar el pago de los impuestos mediante transferencia electrónica de fondos, y manifestar bajo protesta de decir verdad que el pago corresponde a la información de la declaración relativa al impuesto y ejercicio, previamente enviada al SAT.

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Si el resultado de tu declaración es un saldo a favor, el SAT podría resolverla a través de un proceso ágil llamado «devolución automática». Desafortunadamente, en muchas ocasiones el propio SAT detecta inconsistencias entre la declaración y la información de sus propias bases de datos, por lo cual rechaza tu devolución. En este caso, el contribuyente deberá exigirla a través de un procedimiento manual, adjuntando la documentación necesaria para que se pueda devolver.

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