Guía Definitiva para la Declaración de Transparencia de Donatarias Autorizadas – ¡Todo lo que Necesitas Saber!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Declaración Informativa de Transparencia para las Donatarias Autorizadas es un requisito fundamental de rendición de cuentas establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En esencia, es una obligación fundamental para otorgar visibilidad y claridad sobre las actividades desarrolladas por las donatarias autorizadas en México. Su objetivo principal es garantizar la transparencia en el manejo y destino de los donativos que reciben las donatarias, fortaleciendo la confianza del público donante y asegurando que los recursos se utilicen para los fines para los cuales fueron otorgados.

Marco Legal y Quién Debe Presentarla

La declaración de transparencia se presenta durante el mes de mayo inmediatamente posterior al ejercicio correspondiente, esto en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 82.° (fracción VI) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), así como las disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) en las reglas 3.10.11, 3.10.23, 3.10.24 y el anexo 1-A, ficha de trámite 19/ISR. Esta declaración se caracteriza por ser la única que presentan sólo las donatarias autorizadas, es decir, no todas las instituciones sin fines de lucro mencionadas en el artículo 79.° de la misma ley, donde se relacionan todas las entidades de esta categoría.

Plazo de Presentación

Esta declaración debe presentarse en el período del 1 al 31 de mayo, sin importar que en el ejercicio por el cual se presenta la declaración no hayan obtenido ingresos o realizado erogaciones y que a la fecha de su presentación ya no cuenten con la referida autorización.

Importancia y Objetivos de la Transparencia

A diferencia de otras declaraciones fiscales, cuyo propósito es que el SAT disponga de información para la fiscalización y el control de los contribuyentes, en este caso, todo lo declarado será publicado en el portal de la dependencia con el objetivo de otorgar transparencia, confiabilidad y publicidad a las actividades de estas entidades para el público en general y, principalmente, para sus donantes y colaboradores. El grado de detalle con el que se debe proporcionar es alto a fin de garantizar la transparencia en las operaciones de la institución. Lo anterior permite que cualquier posible donante pueda consultar la información de la entidad a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta declaración permite que cualquier tercero interesado pueda consultar la información detallada a través del portal del SAT y el aplicativo dispuesto para tal fin.

La correcta presentación de la declaración de transparencia no sólo cumple con una obligación legal, sino que también es una herramienta crucial para garantizar la transparencia, la confianza y la rendición de cuentas de las donatarias autorizadas ante el público y sus donantes.

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Contenido Detallado de la Declaración de Transparencia

A detalle, la Declaración de Transparencia implica la obligación para las donatarias autorizadas de informar públicamente diversos aspectos de su operación y el uso de los donativos recibidos. Esta información debe ser accesible al público en general a través de medios electrónicos, principalmente su página de internet y el Portal del SAT. El contenido de la declaración no se limita a información contable y fiscal; los requerimientos van más allá, pues se solicita también información sobre actividades, sectores beneficiarios y los municipios donde se desarrollan las actividades.

Los elementos clave que deben incluirse en la Declaración son:

1. Identificación de la Donataria Autorizada

  • Denominación o razón social.
  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Domicilio fiscal.
  • Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de su autorización como donataria.
  • Clave de su actividad preponderante conforme al Catálogo de Actividades Económicas del SAT.

2. Información sobre sus Actividades

  • Descripción detallada de las actividades que realiza para el cumplimiento de su objeto social autorizado.
  • Áreas geográficas de atención o beneficiarios de sus programas.
  • Informes de actividades anuales o periódicos que permitan conocer los logros y el impacto de su labor.

3. Información sobre Donativos Recibidos

  • Monto total de los donativos recibidos en efectivo y en especie durante el ejercicio fiscal correspondiente, desglosado por tipo de donante (personas físicas, personas morales, entidades gubernamentales, etc.).
  • Identificación de los donantes cuyo donativo individual o acumulado en el ejercicio fiscal sea superior a un determinado umbral (actualmente, $10,000 pesos para personas físicas y morales). Se debe indicar el nombre, RFC y monto del donativo.
  • Información sobre los convenios de colaboración o coinversión que hayan celebrado con otras organizaciones o entidades para la realización de sus actividades.

4. Información sobre el Uso y Destino de los Donativos

  • Detalle de los gastos realizados con los donativos recibidos, clasificados por rubros (gastos de administración, gastos operativos, gastos de programas, etc.).
  • Información sobre los proyectos o programas específicos a los que se destinaron los donativos, incluyendo sus objetivos, metas y resultados alcanzados.
  • En caso de haber otorgado donativos a otras donatarias autorizadas, se debe informar el nombre, RFC y monto del donativo.
  • Control de donativos en especie: incluir un papel de trabajo detallado sobre cómo se operaron los donativos en especie, indicando si se obtuvo alguna cuota de recuperación, si los bienes fueron donados a otra donataria autorizada, si se utilizaron en la operación de la organización, o bien, si fueron entregados a los beneficiarios.

5. Información sobre su Administración y Gobierno

  • Nombre y cargo de los integrantes de su órgano de gobierno (Consejo Directivo, Patronato, etc.).
  • Información sobre la remuneración total anual percibida por los integrantes del órgano de gobierno y los directivos o empleados clave.
  • En su caso, información sobre la existencia de conflictos de interés y cómo se gestionan.

6. Información Financiera

  • Estados financieros básicos (estado de situación financiera, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo) dictaminados por un contador público registrado, en los casos en que estén obligadas a ello o cuando así lo decidan.

Consideraciones Clave para la Presentación

Para presentar correctamente esta declaración, es necesario trabajar (a lo largo de todo el ejercicio fiscal) recopilando y organizando la documentación probatoria correspondiente a cada uno de los proyectos. La información que las entidades declarantes proporcionen en sus declaraciones informativas debe ser coherente y estar sustentada en su información contable, incluyendo los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos.

Es importante destacar que, en la RMF 2025, se publicó una nueva regla (3.10.1.12) que establece que la información presentada en la declaración de transparencia debe coincidir con la manifestada en la declaración anual, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y la contabilidad de la organización. Esta coincidencia es crucial, pues diversas donatarias autorizadas han recibido requerimientos del SAT debido a diferencias entre lo reportado en la declaración de transparencia y lo timbrado en el portal.

Pasos para Presentar la Declaración

Para presentar la Declaración de Transparencia, se deben seguir los siguientes pasos:

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  1. Ingresa a sat.gob.mx y selecciona la opción Trámites y Servicios.
  2. Posteriormente selecciona Más trámites y servicios.
  3. En la opción de Contribuyentes autorizados, elige Donatarias Autorizadas.
  4. Los pasos siguientes se detallan en las guías de usuario disponibles en el portal.

Efectos del Incumplimiento

Una de las características más importantes de esta obligación es que existe una regla específica en la RMF que establece consecuencias en caso de no presentar la declaración de transparencia. El incumplimiento de la obligación de presentar la Declaración de Transparencia, o la presentación de información incompleta o incorrecta, puede acarrear sanciones por parte del SAT, incluyendo la revocación de la autorización como donataria.

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