Guía Definitiva para Solicitar la Devolución del ISR al SAT y Recuperar tu Dinero Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

La temporada para hacer la declaración de impuestos está por finalizar y muchos contribuyentes mexicanos están a la espera del depósito de los impuestos que pagaron de más. Si tienes un saldo a favor en tu declaración anual, es tu derecho recuperarlo. Aquí te explicamos cómo solicitar la devolución del ISR al SAT.

Pagar impuestos es obligatorio, pero recuperar lo que te toca también es tu derecho.

¿Qué es la Devolución Automática y Cuándo Aplica?

Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:

  • Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
  • Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña.
  • Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.

¿Cómo Solicitar la Devolución del Saldo a Favor?

Una vez que se revise que cuadren todos los ingresos del año, los impuestos que se declararon -ya sea por cuenta propia o por el patrón- y las deducciones que aplican en cada caso, el sistema arrojará un apartado en el que el usuario podrá seleccionar si desea que se le devuelva el saldo a favor o se le compense.

Con la compensación se podrá pagar el ISR que se adeude en el siguiente ejercicio fiscal. Para solicitar la devolución se añade la CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración. La devolución se depositará en el banco que otorgue el contribuyente.

Lea también: IVA 21% Excel

Plazos para la Devolución

El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el plazo para que la autoridad fiscal realice la devolución es de 40 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que se presentó la declaración con la solicitud de devolución.

Muchos contribuyentes mexicanos están a la espera del depósito de los impuestos que pagaron de más; en redes sociales han expresado su desesperación e inconformidad por la tardanza en recibir el dinero en sus cuentas bancarias y el alboroto ha sido tanto que la presidenta Claudia Sheinbaum dijo hoy en su conferencia matutina que la institución devolverá el saldo a favor en el plazo fijado, por lo que los mexicanos que hayan declarado no tienen por qué temer.

“Son los tiempos de ley, no hay ningún problema en la devolución de aquellos que les corresponde”, zanjó la mandataria.

Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución.

Cómo Consultar el Estatus de la Devolución

Para ver el proceso de la devolución, el contribuyente debe entrar al portal del SAT, www.sat.gob.mx/, dar clic en el menú de la parte superior Trámites y servicios, deslizar hacia abajo y seleccionar la opción Más trámites y servicios. Después debe entrar en la parte de Constancias, devoluciones y notificaciones y elegir el apartado Estado de tu devolución.

Lea también: Guía IVA reducido

El usuario debe tener a la mano su RFC y contraseña, ya que la página lo redirigirá al buzón tributario, donde se indicará el estado de la devolución. Una vez dentro, seleccionará la pestaña que dice devolución automática del ISR del ejercicio 2024 y el sistema arrojará si se ha negado y la razón por la que se negó, si está en proceso de validación o se ha aceptado.

El estatus puede consultarse ingresando al Buzón Tributario en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el registro federal de contribuyentes (RFC) y la contraseña o firma electrónica avanzada (e.firma).

Inconsistencias en la Cuenta CLABE

Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.

Las declaraciones con saldo a favor que sean autorizadas no deben tener inconsistencias en la cuenta bancaria Clabe. Si capturaste tu número de cuenta bancaria Clabe. Puedes consultar el resultado de tu Declaración Anual 2016 en la opción Consultas: Declaraciones y trámites: Devolución automática, del menú Trámites de este Portal, ingresa con el RFC y contraseña, e.firma o e.firma portable.

Devolución Manual SAT

Si tu devolución automática no pasó, la devolución manual SAT es la opción que te queda. Tramitar la devolución manual SAT puede sonar complicado, pero con los pasos correctos, paciencia y un cafecito en la mano, puedes lograrlo.

Lea también: ¿Cómo localizar tus XML del SAT?

Solicitar tu devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED), disponible en la sección Trámites de este Portal: Trámites: Devoluciones y compensaciones: Solicitud de devolución, para lo cual requieres contar con contraseña y e.firma o e.firma portable para su envío.

Consideraciones Importantes

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:

  • El contribuyente se tenga como o localizado.
  • El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.

El monto del saldo autorizado automáticamente puede ser total, o parcial cuando existan diferencias en la información de las operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.

Si marcas la opción de Compensación en tu Declaración Anual.

tags: #como #solicitar #la #devolución #del #ISR