¡Descubre Cómo Gestionar tus Obligaciones Fiscales al Vender en Mercado Libre y Evita Multas!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Vender en Mercado Libre es una de las mejores formas de emprender, pero para que tu negocio crezca sin frenos, es vital entender tus responsabilidades con el SAT. Desde junio del 2020 entró en vigor el esquema por el cual las plataformas digitales que prestan servicios de intermediación están obligadas a retener tanto el Impuesto sobre la Renta (ISR) como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las personas físicas que enajenan bienes.

Como vendedor, te encuentras en el régimen de Plataformas Tecnológicas y es fundamental comprender cómo funcionan estas retenciones para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales.

Impuestos retenidos por Mercado Libre

Si tienes tu RFC cargado en la plataforma, las retenciones son fijas y automáticas por cada venta. Es importante destacar que los marketplace pueden llegar a retener hasta 36% del total de cada venta si no se cuenta con la documentación fiscal adecuada.

Tasas de retención con RFC

Cuando el usuario proporciona su RFC, Mercado Libre aplica las siguientes tasas:

  • ISR (Impuesto sobre la Renta): Se te retiene el 1.0% sobre el precio de venta del producto.
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado): Mercado Libre retiene el 8% (la mitad del IVA total). El otro 8% te lo depositan a ti.

Nota: Si vendes sin RFC, Mercado Libre te retendrá el 36% total (20% de ISR y 16% de IVA), lo cual afecta directamente tu margen de ganancia.

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Obligación de declarar ante el SAT

Incluso si tus impuestos se retienen al momento de la venta, tienes la obligación de presentar declaraciones antes del día 17 de cada mes. Mercado Libre envía reportes mensuales al SAT con cada peso que generas; por ello, si no presentas tus declaraciones, el SAT notará la discrepancia y podría suspender tus sellos digitales, lo que te impediría seguir vendiendo.

Tipos de declaraciones mensuales

  • Declaración de IVA: Debes reportar el IVA total de tus ventas y pagar el 8% que Mercado Libre no te retuvo. Si tienes facturas de tus proveedores, puedes usarlas para reducir este pago si estás en pagos provisionales.
  • Declaración de ISR:
    • Pagos Provisionales: Calculas tu utilidad restando el costo de tus productos y gastos a tus ventas totales.
    • Pagos Definitivos (ingresos <$300k anuales): La retención del 1% es tu pago final, pero debes presentar la declaración mensual para que el SAT tenga registro de tus ingresos brutos.

Deducciones permitidas

Si decides declarar mensualmente bajo el esquema de Pagos Provisionales para recuperar impuestos, puedes facturar los siguientes conceptos:

  • Mercancía: La compra de los productos que vendes (indispensable para calcular tu utilidad).
  • Operación: Empaques (cajas, cinta, etiquetas), comisiones de Mercado Libre y publicidad dentro de la plataforma.
  • Logística: Gasolina para ir a despachar paquetes o servicios de mensajería externa.

Consideraciones importantes sobre el esquema de pago

Luis Velasco, experto en cumplimiento, planeación contable y financiera de Siigo Aspel, detalló que en caso de que los vendedores acepten la retención realizada por las plataformas, ésta se considera como el pago definitivo por lo que no debe realizar la declaración anual. Para acceder a este esquema tributario, los usuarios deben de presentar ante la autoridad fiscal un aviso que indique que optará por el esquema de retenciones por parte de las plataformas, como pago definitivo, para ello es necesario darse de alta bajo el Régimen de Actividad Empresarial con ingresos por Plataformas.

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