Descubre Todo Sobre Actividades Económicas y Regímenes Fiscales para Personas Físicas ¡No Te Lo Pierdas!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En la actualidad, todos los seres humanos somos personas físicas. Una persona física es un contribuyente que tiene actividad económica, abarcando a aquellas personas que prestan sus servicios profesionales, desempeñan actividades comerciales o son asalariados, entre otros.

Visto esto, antes de crear y poner en marcha una empresa o proyecto, es importante definir si como contribuyente se llevarán a cabo las actividades económicas como persona física o moral. Ahora, veamos qué regímenes son aplicables a las personas físicas en materia de impuestos.

Hablando en el marco legal, es muy fácil distinguir cuando se trata de una persona física o persona jurídica. Una persona física adquiere el derecho desde el nacimiento, pero la mayoría de las obligaciones se adquieren cuando se convierte en mayor de edad, teniendo el derecho de pedir créditos o el derecho a votar. Puede utilizar su nombre para acciones y responde con sus bienes ante cualquier deuda.

Regímenes Fiscales de las Personas Físicas

Vale acotar que los regímenes en que se clasifican a las personas físicas o naturales de acuerdo a sus actividades e ingresos son: salarios y prestación de servicios, actividades profesionales y empresariales, régimen de incorporación fiscal, arrendamiento, enajenación o adquisición de bienes y demás ingresos. A través de la estimación de ingresos que se busca obtener mediante la actividad económica, existen diferentes administraciones fiscales que se llevarán a cabo y que conllevan a ciertas obligaciones fiscales. A continuación, exploraremos algunas de las principales:

1. Asalariados

Este régimen se aplica a aquellas personas que perciben un sueldo por prestar sus servicios a las órdenes de un empleador y que, por tanto, tienen acceso a ciertas prestaciones sociales como aguinaldos, seguridad social, e indemnizaciones, entre otras.

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2. Servicios profesionales (honorarios)

Se da cuando se ofrecen servicios de manera independiente a empresas, instituciones gubernamentales u otras personas físicas. Destacan puestos como contadores, abogados, médicos, traductores, escritores y aquellos sujetos que no dependen directamente de un empleador.

3. Actividades empresariales

Una persona física con actividad empresarial es aquella que vende productos u ofrece servicios para los que no necesita un título profesional. Este grupo incluye a quienes cuentan con un negocio propio y realizan actividades relacionadas con el transporte, la restauración y hostelería, o locales comerciales, entre otros.

4. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

Las personas que están bajo este régimen son las que venden o prestan sus servicios sin necesidad de tener un título profesional. También aplica para las personas que obtienen sus sueldos o salarios por intereses. Los contribuyentes bajo este esquema deben emitir Comprobantes Fiscales Digitales a sus clientes cuando se venda un bien o servicio y se debe solicitar un CFDI por los gastos y compras relacionadas. Asimismo, tienen la obligación de llevar la contabilidad y declarar mensual y anualmente ante el SAT, presentándolo de manera digital.

Obligaciones Generales de las Personas Físicas

Como cualquier otra persona, la persona física tiene responsabilidades y obligaciones que debe de cumplir ante la ley. Es fundamental inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), manteniendo siempre en orden su información, pues es de gran importancia informar ante cualquier cambio o actualización de datos.

Debe expedir CFDI, prestaciones de pagos provisionales, salarios, etc. para poder deducir el gasto correspondiente. Además, es necesario dar de alta los establecimientos comerciales en donde opera y llevar a cabo la contabilidad. Se recomienda tener asesoría profesional para que queden registrados los ingresos y egresos que se realicen en orden, ya que deberán ser mostradas las Declaraciones Mensuales (IVA, ISR, Declaración anual e informativa).

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En algunos casos, es importante registrar un nombre comercial y contar con una cuenta bancaria para poder llevar un control por si hay una revisión de la autoridad y para que todo esté en orden. Se debe hacer un estado de posición financiera y realizar un inventario, ya que forma parte de un registro económico de la empresa.

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