¿Tienes dudas sobre la declaración de impuestos? En este artículo te compartimos una serie de claves para que entiendas lo más importante sobre cómo funciona y cómo hacer una declaración de impuestos mensual, que es una de las obligaciones fiscales más importantes, tanto de personas físicas como personas morales.
¿Qué son los Pagos Provisionales del ISR?
Los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) son anticipos que las personas morales deben realizar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a cuenta del impuesto que se generará en el ejercicio fiscal en curso. En pocas palabras, son adelantos del impuesto que debes cubrir a lo largo del año fiscal.
También conocida como declaración provisional, ya que es la forma en que de se presenta la información sobre los ingresos, gastos, utilidades y pérdidas en un mes, así como los impuestos federales:
- Impuesto Sobre la Renta (ISR)
- Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)
- Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Retenciones de Impuestos realizadas a terceros
El objetivo de los pagos provisionales de ISR es facilitar la recaudación para el SAT y ayudar al contribuyente a disminuir el impacto del pago anual, mediante adelantos y ajustes de la diferencia al cierre del año fiscal. Estos pagos no son impuestos adicionales, sino anticipos que se restan al momento de presentar la declaración anual.
Fundamento Legal y Obligación
Aunque el Código Fiscal de la Federación regula aspectos generales como plazos y actualizaciones, es la LISR la que determina el procedimiento específico para calcular estos anticipos.
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¿Quiénes deben presentar los pagos provisionales del ISR?
Las personas morales que tributan en el Régimen General de la Ley del ISR están obligadas a presentar los pagos provisionales del ISR. Recuerda que una de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales es hacer las declaraciones correspondientes ante el SAT.
Frecuencia de Presentación
Los pagos provisionales del ISR deben presentarse de forma mensual y, en algunos casos, de manera bimestral. De acuerdo con lo que establece el Sistema de Administración Tributaria (SAT) esta declaración debe realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.
Tratamiento Contable de los Pagos Provisionales del ISR
Regresando al tema, la respuesta es SI, si es un gasto, ¡pero! los pagos provisionales no se catalogarían en este rubro, pues en realidad no gastas un ISR provisional ya que puedes acreditarlo en los pagos subsecuentes y en la declaración anual, de aquí es donde toma la naturaleza de activo, pues en cierta manera tienes el derecho de pedirle al SAT que te haga válido lo que ya pagaste.
Y debo decir que el registro mediante esta forma no me dificulta el registro del pasivo de ISR anual ni mucho menos el pago, al contrario, la encuentro muy adoc a nuestro sistema fiscal tan complejo. El impuesto causado representa para la entidad un PASIVO normalmente a plazo menor a un año.
El registro del pago de enero es correcto, aunque yo consideraría el acreditamiento del ISR retenido dentro del pasivo puesto que el pago a enterar ya contiene la disminución de la retención.
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Provisión Mensual del ISR Causado
En las empresas donde yo he trabajado se reporta mensualmente a los jefes y por supuesto que se crea la provisión de Isr Causado y de Isr Diferido mensualmente. ¿Que te impide hacer el calculo mensual para crear la provisión estimada de isr causado?, es decir, ya existe excel, hay sistemas .....
Si reportas cada mes ¿apoco por ejemplo la provisión de impuesto sobre nominas la calculas hasta el final de año? ¿la provisión de rentas de oficinas? ¿la provisión de imss? Si yo entrego estado de resultados mensuales sin este rubro de isr causado y al final de año les salgo con que debemos pagar una cifra considerable de impuestos muy superior a los pagos provisionales créeme, me darán pamba cabrona y me dirán ¿y porque nos avisas hasta ahorita?
Sin embargo, es importante considerar que las empresas en México generalmente no realizan este tipo de cierres de manera mensual, sino ANUAL. Además, al entregar el Estado de Resultados Mensual se recuerda que el Isr Causado se calcula a final de año y tampoco incluye la depreciación histórica porque ese calculo también se hace anual.
Cálculo del Pago Provisional del ISR
El cálculo del pago provisional del ISR se realiza mediante la aplicación de una tasa sobre la utilidad fiscal estimada.
Cómo Realizar la Declaración Mensual (Cédula Provisional) ante el SAT
Es crucial realizar el pago provisional del ISR de manera oportuna y dentro de los plazos establecidos por el SAT.
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Para Personas Físicas
Si tienes dudas sobre cómo hacer tu declaración mensual ante el SAT, a continuación te presentamos una breve guía sobre cómo hacer este trámite paso a paso:
- Lo primero que debes tomar en cuenta es que para poder ingresar a la plataforma y presentar tus declaraciones es necesario que además de tu clave de RFC, tengas tu contraseña o e.firma.
- También debes tener a la mano tu información sobre los ingresos acumulables, compras y gastos del periodo, deducciones personales y total de deducciones.
- Se trata de un procedimiento que se realiza en línea, a través del portal del SAT: www.sat.go.mx, donde tendrás que elegir el apartado "Declaraciones" y seleccionar la opción "Ver más". Dentro del menú desplegable, deberás dar clic entre alguno de estos, según sea tu caso, si perteneces al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) o al Régimen General.
- Las opciones son: "Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen simplificado de confianza" o "Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas físicas".
- Una vez que elijas la opción correspondiente, deberás dar clic en el botón "INICIAR". El menú te pedirá ingresar con tu contraseña o e.firma.
- Cuando estés dentro del sistema, deberás elegir la opción "Presentar tu declaración", te desplegará un formulario, donde deberás llenar la declaración.
- Te pedirá elegir, dentro de diversas opciones: Tipo de declaración normal, el mes correspondiente en el campo denominado "Periodo"; en la periodicidad "Mensual", el año en el campo de "Ejercicio" y posteriormente deberás seleccionar las obligaciones que se declaran.
- La plataforma te cargará las obligaciones predeterminadas, de acuerdo con el Régimen en el que estás inscrito: Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Impuesto Sobre la Renta (ISR), entre otros. Es necesario dar clic en "Continuar".
- Posteriormente, te pedirá llenar la "Determinación del Impuesto", de cada una de las obligaciones, con información sobre: Ingresos, Ingresos exentos, compras y gastos del periodo, estímulos deducibles, actividades gravadas, exentas; IVA cobrado e IVA acreditable, entre otros, de acuerdo con el tipo de impuesto del que se trata, para calcular los montos correspondientes a impuestos, que deben pagarse.
- Finalmente, deberás revisar las declaraciones correspondientes para verificar los datos y cantidades en la vista previa de la declaración. Dar clic en enviar declaración y descargar los acuses generados.
Recuerda que, en caso de pertenecer al Resico, tendrás un cálculo precargado, de acuerdo con las facturas emitidas y recibidas.
Para Personas Morales
Ahora veamos cómo hacer una declaración mensual ante el SAT para personas morales, que también se realiza en el Servicio de Declaraciones de Pagos, que es la aplicación electrónica del SAT para presentar los pagos provisionales o definitivos del ISR, IVA o IEPS, donde se incluyen las retenciones, ya sea en declaraciones normales, complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal:
- Deberás ingresar a la plataforma desde la sección "Empresas" en el portal del SAT y elegir en la opción de "declaraciones": "Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales" o "Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen simplificado de confianza", según sea el caso.
- Una vez que te lleve a la opción elegida y dar clic en el botón "INICIAR", deberás ingresar con la clave de RFC y contraseña o e.firma.
- De igual manera, deberás seleccionar los impuestos correspondientes que deseas declarar, de acuerdo con la actividad económica que realiza tu empresa.
- Conforme elijas cada impuesto, la plataforma te solicitará la información correspondiente, que deberás llenar con base en los datos contenidos en tu registro contable.
- Finalmente, deberás llenar la declaración.
- Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura para realizar los pagos.
De igual manera que en el caso de las personas físicas, recuerda que para el caso de las personas morales, bajo el régimen de Resico, el cálculo de los impuestos está precargado y es mucho más sencillo.
La Importancia de Cumplir con las Obligaciones Fiscales
Recuerda que una de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales es hacer las declaraciones correspondientes ante el SAT. Por el contrario, cuando se paga fuera del plazo alguna obligación fiscal, las autoridades pueden llegar a imponer alguna multa o recargo. Como ves, es mejor declarar y pagar tus impuestos en el tiempo establecido.
Herramientas para Facilitar la Declaración y Contabilización
Existen diversas herramientas que pueden facilitar la operación contable de tu negocio y la elaboración de las declaraciones. Por ejemplo, Facturama, facilita la operación contable de tu negocio, puedes generar las facturas que necesites sin complicaciones. Ofrece un visor de facturas de ingresos que permite a las personas morales consultar el importe total de las facturas emitidas por mes, un dato crucial para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Estas herramientas tienen como objetivo:
- Facilitar la obtención de información para el cálculo.
- Agilizar la elaboración de las declaraciones.
- Garantizar el cumplimiento oportuno.
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