Cuando una empresa o autónomo tiene que “traer” un producto o un servicio de otro país, tiene la obligación de pagar el IVA a las importaciones, explicando lo qué es, cuál es el porcentaje que se aplica, quién lo paga y cuándo y, por último, cómo se realiza su cálculo.
¿Qué es el IVA a las importaciones?
El IVA a las importaciones es el impuesto que paga la persona o empresa que importa la mercancía, es decir, aquel o aquella que la “trae” a un lugar, desde otro. Importador es la persona que adquiere la mercancía y que la “mueve” del país de origen al de destino.
La persona que se hace cargo del pago del IVA a las importaciones es la que “trae” la mercancía, es decir, el importador. Si estás buscando importar y ya te decidiste a hacerlo, seguramente estás interesado en conocer el por menor de los costos de tu operación y uno de los cálculos que tienes que conocer es el cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Cálculo y aplicación del IVA en Uruguay
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) en Uruguay es del 22% y también se aplica sobre las importaciones. Como podrás darte cuenta es un cálculo muy sencillo pero de los más importantes en nuestro país.
En materia de importaciones, la forma en la que este tributo afecta a tu economía depende de tu situación fiscal:
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- Si sos contribuyente de IVA (tenés RUT y facturas): El IVA de importación es un crédito fiscal. Lo descontás contra el IVA que cobrás en tus ventas.
- Si NO sos contribuyente: El IVA es un costo directo que suma al precio final de tu mercadería.
Ejemplo práctico del impacto real
Para entender el impacto financiero de este impuesto, podemos observar el siguiente caso de estudio sobre una importación de mercadería:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Importación de mercadería | US$ 10,000 |
| Arancel (20%) | US$ 2,000 |
| Base imponible (Mercadería + Arancel) | US$ 12,000 |
| IVA de importación (22% sobre base) | US$ 2,640 |
Como se observa en el cálculo, si sos contribuyente, esos US$ 2,640 los recuperás cuando vendés. Si no lo sos, tu costo sube un 22% adicional.
Consideraciones sobre el ámbito de aplicación
En materia de importaciones sólo estarán gravadas las siguientes operaciones:
- Las importaciones realizadas directamente por contribuyentes.
- Importaciones por terceros: Las importaciones realizadas por intermedio de terceros a nombre de éstos pero por cuenta ajena, sea el comitente, contribuyente o no.
- Importaciones por no contribuyentes: Las importaciones realizadas directamente por personas que no sean contribuyentes cualquiera sea su destino, salvo que se trate de bienes que aquéllos hayan afectado a su uso personal con anterioridad a la importación.
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