Recientemente, la autoridad fiscal (SAT) publicó un nuevo formato para la presentación de la declaración mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este formato se caracteriza principalmente por contar con cantidades prellenadas, basadas en la información de los CFDI de ingresos y los CFDI de tipo pago, para las declaraciones correspondientes a 2025 y años posteriores.
Esta medida se fundamenta en la Regla Miscelánea 2.8.3.1 para 2025, que establece que tanto las personas físicas como morales deberán presentar sus pagos provisionales y definitivos de ISR, IVA e IEPS, así como el entero de las retenciones, por medio del portal del SAT. Para ello, deberán capturar los datos habilitados por el programa, y una vez completada la captura o validación de la información prellenada, podrán presentar la declaración.
Actos o Actividades Gravadas
En este sentido, podemos observar que el formato es similar al que se ha utilizado previamente para las personas morales del régimen general y de RESICO. En este formato, para la determinación de los actos o actividades del contribuyente, se consideran los comprobantes emitidos de ingreso con el método de pago PUE, independientemente de la forma de pago utilizada.
Respecto a los comprobantes emitidos de tipo pago, se requiere que la fecha de pago sea del periodo correspondiente, sin importar el método o la forma de pago.
Otra característica importante en la determinación de los ingresos es que no se toman en cuenta los descuentos, rebajas o bonificaciones realizadas por el contribuyente mediante la emisión de CFDI de egresos (notas de crédito) para calcular el IVA a cargo. Esto significa que si el contribuyente emite una nota de crédito que reduzca el importe de un CFDI de ingresos, la autoridad no lo considerará en el prellenado.
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Actos o Actividades Pagadas
Por otro lado, en cuanto a la base de los actos o actividades pagadas, la autoridad adopta un enfoque más selectivo para determinar el importe prellenado. En el caso de los CFDI de ingresos recibidos, solo considera aquellos con método de pago PUE, cuyo uso esté relacionado con la adquisición de mercancías o gastos generales, y cuya forma de pago sea bancarizada.
También se incluyen los CFDI con complemento de recepción de pagos que cumplan con estas características, además de que la fecha de pago debe coincidir con el periodo que se va a declarar.
Al igual que en el caso de los ingresos, la autoridad aplica un enfoque que favorece al gobierno en la determinación de las bases impositivas. En este caso, se considera el menor importe posible de la base de impuestos a favor, ya que no se incluyen aquellos comprobantes que, aunque cumplan con los requisitos fiscales, podrían ser considerados en la declaración en algún momento.
Entre los comprobantes fiscales que la autoridad no toma en cuenta se encuentran aquellos pagos realizados en efectivo, con vales de despensa o mediante la aplicación de anticipos, así como los que tengan como uso “Inversiones” o estén destinados a deducciones personales. Como mencionamos anteriormente, es muy importante que los contribuyentes elaboren un papel de trabajo que integre los CFDI que cumplan con los requisitos fiscales y que hayan sido efectivamente pagados, aunque no coincidan con lo que la autoridad incluye en el prellenado de la declaración.
Si bien se ha señalado que las declaraciones prellenadas del SAT podrían ser ilegales o inconstitucionales, es importante destacar que estos datos son opcionales. El contribuyente tiene la posibilidad de modificarlos en función de su propia determinación, respaldada por los papeles de trabajo internos que integren las cantidades a declarar. De esta manera, el importe incluido por la autoridad no podría considerarse ilegal, sino simplemente como una propuesta.
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Otro tema relevante en la declaración de IVA es el importe de las retenciones efectuadas por terceros que pueden acreditarse contra el impuesto a cargo. Este importe no está precargado en el formato, aunque sí se detalla en los CFDI que la autoridad incluye en la sección de consulta de datos. De esta forma, la autoridad mantiene la coherencia de incluir únicamente en su prellenado las cantidades que resulten en una mayor base de impuestos.
La declaración de impuestos mensual es el documento más importante para cualquier persona de negocios. Para aquellos que tienen actividades o fuentes de ingresos mensuales en su empresa -como los impuestos del IVA entre otros- aún deben presentar un conjunto adicional de documentos cada mes a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
Si no tiene cuidado con sus finanzas, el efecto bola de nieve no le dejará margen de error. Si quiere estar preparado para el SAT, es importante que antes de realizar cualquier declaración. Le recomendamos que tenga a mano toda la información sobre los impuestos sobre la renta retenidos, pagos de nómina y los pagos provisionales, así como otras deducciones diversas que podrían afectar a la cantidad de dinero que se saca de la nómina cada mes.
La página web del SAT le mostrará la información precargada, aceptando o rechazando la declaración y generando un formulario de pago por un importe correspondiente a sus entradas presentadas. Es importante validar la información con los documentos que cuentas, ya que en ocasiones, pudiera haber discrepancias en la información.
Para cumplir con la legislación fiscal, las empresas deben presentar su declaración anual antes del 31 de marzo de 2022. Si no lo hacen entonces habrá sanciones Como la base de este proceso incluye todas las ganancias obtenidas durante un año fiscal por la venta de productos o servicios.
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tipo de impuesto directo sobre el dinero recibido por las transacciones realizadas. En otras palabras, se aplica a todos los beneficios procedentes de las ventas o servicios prestados.
Cuando estás a punto de presentar tus impuestos, tener todo listo desde antes de la fecha tiene muchas ventajas. El Sistema de Administración Tributaria (SAT) fija en los meses de marzo y abril, el límite de fecha de declaración de impuestos para realizar y enviar el ejercicio anual. Revisa tus datos antes de enviar la información. Si no estás de acuerdo con lo registrado, da clic en “no acepto propuesta”. Antes de enviar, revisa los datos para evitar errores en la declaración de impuestos, al hacerlo el sistema te notificará con una confirmación.
Antes que nada, debes saber que las retenciones aparecen de manera común cuando se dan transacciones entre empresas con personas físicas. Para el trámite en línea necesitas tu RFC y e-firma para subir los documentos. El sistema otorgará los acuses de recibo de la declaración, una recomendación es imprimirla para tenerla como comprobante.
En BBVA puedes realizar el pago de tus impuestos de forma rápida y sencilla. Conoce paso a paso cómo hacer la declaración de impuestos.
En este artículo nos enfocamos en las declaraciones que todos los médicos, veterinarios y cirujanos dentistas que pertenecen a RESICO tienen que realizar mes con mes para poder pagar sus impuestos correspondientes a los ingresos obtenidos durante el mes que justo terminó.
Si obtienes ingresos por productos o servicios que no están EXENTOS de IVA deberás tener en cuenta otros pasos y cálculos que no están detallados en este artículo. Te recomendamos acercarte a tu contador o contadora de confianza para obtener asesoramiento profesional.
¿Qué es RESICO?
Es un régimen fiscal. Si bien no podrás utilizarlas para deducir tu ISR, tener tus facturas en orden te ayuda a mantener una contabilidad sana que te puede respaldar ante cualquier aclaración que pueda solicitar el SAT.
Desde el principio
Una vez hayas cumplido con todos los requisitos para poder presentar tu declaración, el primer paso es acceder al portal correcto de los tantos que tiene el SAT. De forma predeterminada se muestra el acceso por contraseña, donde tendrás que colocar tu RFC y la contraseña.
Si gustas acceder con tú e.firma puedes dar clic en el botón “e.firma” que está a un lado del botón “Enviar”. Aquí tendrás que tener los archivos .cer y .key, así como la contraseña de tu e.firma para poder acceder. Este paso es ligeramente más rápido y fácil, ya que no necesitas llenar un captcha (las letritas y números raros) y es más probable que funcione si el SAT está lento.
¿A qué venimos?
Ya que obtuvimos acceso al portal de “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, podemos consultar declaraciones pasadas y, lo más importante, presentar declaraciones mensuales.
Presentar tu declaración mensual es un proceso sencillo, pero un poco largo porque debes validar, clasificar y confirmar ingresos y gastos. Hay varios campos que no son relevantes para tu actividad económica (servicios médicos profesionales) que igual tendrás que responder; descuida, los identificaremos y explicaremos para que no te quede duda.
Una declaración mensual es un formulario con varias secciones y pestañas que iremos completando paso a paso. La primera vez puede parecer desafiante, pero con la práctica se vuelve de lo más normal.
Para comenzar tu declaración mensual realiza lo siguiente:
- Da clic en “Presentar declaración”.
- Verifica que el Ejercicio esté en 2025 (debería aparecer así por defecto).
- Selecciona la Periodicidad “Mensual”.
- En Periodo elige el mes que acaba de terminar.
- En Tipo de declaración selecciona “Normal”.
- Aparecerán las obligaciones a declarar: deben estar marcadas “ISR simplificado de confianza. Personas físicas” e “IVA simplificado de confianza”.
- Si ves otras como “ISR retenciones por salarios” sin marcar, es normal.
- Si no ves “ISR simplificado de confianza. Personas físicas”, puede ser un error del SAT o quizá no estés en este régimen. El SAT cargará las facturas que tenga registradas por y para ti.
- Se mostrará un aviso con los datos y la fecha de corte considerada; da clic en “Cerrar”.
- Verás las instrucciones y las dos secciones que debemos contestar de forma independiente: IVA e ISR.
IVA simplificado de confianza
Empecemos con la sección más fácil para quienes brindamos servicios médicos profesionales: “IVA simplificado de confianza”.
Nuestros servicios están exentos de IVA. Beneficio: no pagamos este impuesto; desventaja: no podemos deducirlo. Antes de revisar campos verás dos pestañas: “Determinación” y “Pago”.
Determinación
Debemos completar todo en Determinación antes de pasar a Pago.
Aquí validamos que los ingresos estén bien definidos y categorizados, y determinamos qué parte del IVA facturado en el mes está a nuestro favor.
En el ejemplo la mayoría de los campos están en 0 excepto “actividades exentas”. Si no es tu caso, quizá tu facturación no se esté haciendo correctamente.
IVA acreditable del periodo
Verás un campo en rojo “IVA acreditable del periodo”. Se muestra así cuando recibes una factura con IVA del 16 %, el más común.
Da clic en “Capturar” (a la derecha).
Calcula, de todos los gastos, cuáles son indispensables para tu práctica médica; esa parte es tu IVA a favor. Un contador puede orientarte.
Si no tienes ni planeas obtener ingresos fuera de la práctica médica, puedes dejar 0 en “IVA acreditable por actividades gravadas a tasa 16 % u 8 % y tasa 0 %”.
Puedes dar clic en la cantidad para ver el detalle que consideró el SAT.
Ingresa el valor correcto y da clic en “Cerrar”.
Ahora verás una palomita junto a “Determinación”. Si te faltan campos por capturar, es posible que tengas actividades fuera del alcance de este artículo; consulta a tu contador.
Pago
Da clic en la pestaña “Pago”. Si marcaste IVA a favor o dejaste 0, con solo visualizarla quedará marcada con palomita. Terminamos la sección de IVA.
Haz clic en “Administrar declaración” para volver a la selección de secciones.
¿Qué tal? No fue tan complicado, ¿verdad? 🙂
ISR simplificado de confianza. Personas físicas
El ISR es un poco más tedioso que el IVA, con algunas preguntas adicionales, pero sigue siendo sencillo. Para comenzar, da clic en la sección “ISR simplificado de confianza. Personas físicas”.
En esta sección verás tres pestañas: Ingresos, Determinación y Pago.
Ingresos
¿Los ingresos fueron obtenidos a través de copropiedad?
Si trabajas de forma independiente y los ingresos son 100 % tuyos, selecciona “No”.
Si tienes dudas, consúltalo con tu contador.
Descuentos, devoluciones y bonificaciones
Lo normal es que este valor sea 0. El campo aparece en rojo, así que debes capturar información:
- Clic en “Capturar”.
- En “Descuentos, devoluciones y bonificaciones de integrantes por copropiedad” escribe 0.
- Clic en “Cerrar”.
Ingresos a disminuir
Si tu facturación está correcta, también irá en 0:
- Clic en “Capturar”.
- Clic en “Agregar”.
- Concepto: “Sin ingresos a disminuir”.
- Importe: 0.
- Clic en “Guardar”.
- Clic en “Cerrar”.
Ingresos adicionales
Mismo proceso; debe quedar en 0:
