En los últimos años, plataformas como Uber han transformado la forma en que las personas se desplazan y generan ingresos en México. Sin embargo, muchos conductores se enfrentan a dudas sobre sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Si trabajas en Uber, Rappi, DiDi u otra plataforma digital en México, perteneces al régimen de plataformas tecnológicas y debes presentar declaración mensual ante el SAT antes del día 17 de cada mes.
Primeros pasos: Registro ante el SAT
El primer paso para cualquier conductor de Uber en México es registrarse ante el SAT como contribuyente. Esto implica obtener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y proporcionar información personal y fiscal. El RFC se tramita en línea en el portal del SAT (sat.gob.mx) eligiendo el régimen "Ingresos a través de plataformas tecnológicas", completando los datos personales y descargando la Constancia de Situación Fiscal. Después, se debe registrar el RFC dentro de la app de la plataforma.
Requisitos para el portal de facturación
Para completar tu registro en el portal de facturación y poder emitir facturas, deberás realizar lo siguiente:
- Aceptar los acuerdos legales.
- Cargar una identificación oficial con CURP visible (IFE o INE).
- Configurar tu perfil de impuestos, ingresando tus datos fiscales (Nombre Legal, RFC, Régimen Tributario).
- Cargar tus Credenciales Fiscales: e.Firma y Certificado de Sellos Digitales (CSD).
Las credenciales fiscales son instrumentos que te permiten emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDIs); es decir, el sistema del SAT los valida cada vez que se intenta generar un CFDI a tu nombre para confirmar y proteger tus datos.
Retenciones de impuestos: ISR e IVA
Uber realiza retenciones de impuestos sobre los ingresos de los conductores en México. Esto significa que una parte de los ingresos generados se destina al pago de impuestos, como el Impuesto Sobre la Renta (ISR). En 2026, la plataforma retiene un porcentaje sobre el ingreso bruto de cada viaje o entrega.
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Tabla de retenciones (2026)
| Impuesto | Con RFC registrado | Sin RFC registrado |
|---|---|---|
| ISR | 2.5% | 2.5% |
| IVA | 8% | 16% |
Declaraciones: ¿Pagos definitivos o provisionales?
Es vital aclarar un mito: las retenciones no sustituyen tus declaraciones. Todos los socios de Uber deben declarar antes del día 17 de cada mes.
Pagos definitivos: Si ganas menos de $300,000 al año ($25,000/mes promedio) exclusivamente por plataformas, las retenciones que te hace la app son tu impuesto final. No presentas declaración anual.
Pagos provisionales: Si ganas más de $300,000 o tienes otros ingresos, las retenciones son "a cuenta" y al final del año calculas tu ISR real. Bajo este esquema, puedes deducir gastos relacionados con tu actividad, lo que puede ayudar a reducir la carga fiscal (como gasolina, mantenimiento, seguro y celular).
Facturación y cumplimiento legal
Recuerda que todos los contribuyentes tienen la obligación de expedir CFDI por actos o actividades que realicen. Deberás emitir mensualmente un CFDI de operaciones con el público en general, por cada uno de los viajes que generen un monto superior a cien pesos, por los cuales no se solicite CFDI o no se cuente con el RFC del solicitante.
Uber envía reportes mensuales al SAT con el detalle de tus ganancias. Si tú no presentas tus declaraciones informativas o de pago, el SAT notará la falta de coincidencia y tu opinión de cumplimiento será negativa. Si estás buscando asesoría fiscal y contable personalizada, Uber ha hecho alianzas con compañías independientes especializadas en contabilidad como Aliva Consulting, Heru o Contabilízate, que te ofrecen precios preferenciales y te apoyan antes, durante y después de tu proceso como socio conductor.
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