Una vez conformada la sociedad, los socios deberán darla de alta dentro del Registro Federal de Contribuyentes. Para ello, el SAT pone a su disposición el trámite para inscribir a una persona moral en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
¿Qué es el RFC de persona moral?
Están obligadas a presentar la solicitud de RFC para empresas todas las personas morales de nueva creación a través de sus representantes legales acudiendo a una oficina del SAT o tramitándola en línea por medio del Portal del SAT.
Requisitos y Documentación Necesaria
Para llevar a cabo el trámite de inscripción, es fundamental contar con la documentación adecuada. A continuación, se detalla la documentación requerida:
- Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda.
- Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
- Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante fedatario público (copia certificada), o bien contrato con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
- Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal.
- Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original).
- Personas morales diferentes del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.
- Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, podrán exhibir el contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar del acta o documento constitutivo.
¿Cómo realizar el trámite?
El trámite se puede realizar de dos maneras:
- Acudiendo a una oficina del SAT.
- Tramitándola en línea por medio del Portal del SAT.
Con los requisitos señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su inscripción en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal "2", ubicada en Paseo de la Reforma Norte, número 10, piso 2, edificio Torre Caballito, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, c.p.
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Regímenes Fiscales
Al realizar el trámite, es importante considerar el régimen fiscal al que pertenece la persona moral:
- Régimen general.
- Régimen con fines no lucrativos.
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