La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un derecho de los contribuyentes en México, siempre y cuando se cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). A continuación, se detalla el proceso y los requisitos necesarios para solicitar la devolución del IVA.
Devolución Automática del IVA
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Presentar la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña.
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
Condiciones para la Devolución del IVA
Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como no localizado.
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Documentación Requerida
La autoridad fiscal podrá requerir documentación adicional para procesar la solicitud de devolución. A continuación, se mencionan algunos de los documentos que podrían ser solicitados:
- Documentos que debes presentar conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayas omitido o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
- Identificación oficial del contribuyente o del representante legal, la cual podrá ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2.
- En caso de representación legal, el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público. Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2.
- Estado de posición financiera del año inmediato anterior al que presentas la solicitud de devolución o del periodo mensual más reciente que se tenga en los casos de ser de reciente creación o por inicio de operaciones.
- Precisar y documentar si la inversión en activo fijo va a ser destinada en su totalidad a actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA, indicando además las estimaciones de saldos a favor que se solicitarían cada mes.
Además, se debe considerar lo siguiente:
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- La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución que se realice en los términos de la regla 2.3.13.
- Previo a la presentación de su primera solicitud de devolución, podrás solicitar a la autoridad fiscal que revise la información y documentación con la que cuente en ese momento.
Requisitos Adicionales
Existen requisitos adicionales que deben cumplirse para ser elegible para la devolución del IVA:
- Adquisiciones: Las adquisiciones realizadas correspondan a bienes nuevos adquiridos o importados de forma definitiva, a partir de enero de 2016 y se utilicen permanentemente en territorio nacional.
- Historial de Devoluciones: Que en los doce meses anteriores al mes en que se presente la solicitud de devolución conforme a la presente regla, no tengas resoluciones por las que se te hayan negado total o parcialmente cantidades solicitadas en devolución por concepto del IVA, en más del 20% del monto acumulado de las cantidades solicitadas en devolución y siempre que dicho monto acumulado no exceda de $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).
- e.firma: Contar con e.firma. Deberás presentar tu solicitud a través del FED conforme a lo señalado en la regla 2.3.4.
Documentación Específica Adicional
Dependiendo de la situación particular, se pueden requerir documentos adicionales:
- En su caso, deberás adjuntar en archivo digitalizado y comprimido en ZIP, los comprobantes fiscales en los que conste el precio de adquisición de diésel o biodiésel y sus mezclas, las cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF.
- Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
- En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada.
Consideraciones Importantes
Para Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos. 00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma Portable, que en términos del Art. Código Fiscal de la Federación, artículo 17-D, 22, 22-D, 37 y 134, fracción I.
Dónde Presentar la Solicitud
Las solicitudes pueden presentarse en:
- Ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), ubicada en Avenida Hidalgo Número 77, Módulo III planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
Situaciones Específicas y Documentación Adicional
En ciertas situaciones específicas, se requiere documentación adicional para completar la solicitud de devolución:
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- Régimen de Propiedad: Para acreditar el Régimen de propiedad de la unidad de producción anexar copia del título de propiedad, escritura pública o póliza, certificado de derechos agrarios o parcelarios o acta de asamblea.
- Régimen de Posesión Legal: Para acreditar el Régimen de posesión legal de la unidad de producción: contratos de arrendamiento, usufructo, aparcería, concesión, entre otros.
- Negación de Solicitudes Anteriores: Que las últimas doce solicitudes de devolución no hayan sido negadas total o parcialmente por la autoridad fiscal, en más del 20% del monto solicitado y siempre que éste no exceda de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.). Cuando se hayan emitido las resoluciones negativas a las solicitudes de devolución, dichas resoluciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas.
Casos Particulares y Criterios Adicionales
Existen criterios adicionales y documentación específica requerida para casos particulares:
- Proyectos de Inversión: La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución de un proyecto de inversión que se realice en los términos de la regla 4.1.6. Previo a la presentación de su primera solicitud de devolución, podrán solicitar a la autoridad fiscal que revise la información y documentación con la que cuente en ese momento.
- Limitaciones en Devoluciones Anteriores: Que en los doce meses anteriores al mes en que se presente la solicitud de devolución conforme a la presente regla, el contribuyente no tenga resoluciones por las que se le hayan negado total o parcialmente cantidades solicitadas en devolución por concepto del IVA, en más del 20% del monto acumulado de las cantidades solicitadas en devolución y siempre que dicho monto acumulado no exceda de $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).
- Revisión Previa: Podrás solicitar a la autoridad fiscal que revise la información y documentación con la que cuentes en ese momento.
Información Adicional Relevante
Es crucial considerar la siguiente información:
- Escrito Libre: Escrito libre firmado por el representante legal del contribuyente mediante el cual exponga claramente motivos o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
- Papeles de Trabajo: Papeles de trabajo en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el artículo 4 de la Ley del IVA.
- Información del Domicilio: Información detallada sobre el domicilio, incluyendo tamaño del inmueble, antigüedad en el domicilio y otros aspectos relevantes.
- Tipo de Propiedad: Especificar si el tipo de propiedad es ejido, particular, comunal, etc.
- Obligaciones Fiscales: Señale si cumple con las obligaciones establecidas en las fracciones I, II y IV del artículo 32 de la Ley del IVA, u optó por quedar liberado de las mismas de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo de dicho artículo.
Plazos de Resolución
Es importante tener en cuenta que:
- Notas: La primera solicitud de devolución que se presente bajo esta modalidad se resolverá en un plazo regular de 40 días hábiles; las subsecuentes en un plazo de 20 días hábiles.
- Los contribuyentes, previo a la presentación de su primera solicitud de devolución, podrán solicitar a la autoridad fiscal que revise la información y documentación con la que cuente en ese momento.
Documentación Específica para Sectores Particulares
Para ciertos sectores, se requiere documentación específica:
- Exploración y Evaluación de Hidrocarburos: Planes de exploración o evaluación, según corresponda, presentados ante la Comisión Nacional de Hidrocarburos y, en su caso, el dictamen emitido por dicha Comisión.
- Licitaciones: En su caso, documento que acredite la inscripción de las empresas para participar en las distintas etapas de la licitación en los términos establecidos en las bases de licitación respectivas.
- Precalificación: En su caso, la constancia de precalificación expedida por la Comisión Nacional de Hidrocarburos en la que se exprese si las empresas cumplieron o no con los requisitos de precalificación establecidos en las bases de licitación de un proyecto de Exploración y Extracción de un Área Contractual.
Inconsistencias y Aclaraciones
En caso de inconsistencias, se debe presentar:
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- Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios con inconsistencias, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente.
- Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
