Quienes hacen su declaración anual tienen derecho a recibir la devolución de impuestos en caso de tener saldo a favor. A la hora de realizar la declaración anual, las personas físicas tienen derecho a solicitar junto con su trámite, de manera automática, la devolución del saldo a favor que resulte luego del cálculo de los impuestos correspondientes y los pagos provisionales de impuestos. Sin embargo, existen algunos contribuyentes que, de acuerdo con las leyes fiscales, no cumplen con los requisitos para tramitar la devolución de forma automática.
¿Quiénes deben tramitar la devolución de forma manual?
Las personas físicas, que tienen alguna de estas características, no tienen derecho a tramitar la devolución de saldo a favor de forma automática:
- Cuando la cifra a devolver es superior a los 150,000.00 pesos.
- En el caso de que ya hayan presentado la declaración anual, pero no eligieron la opción de devolución automática.
- Cuando hayan obtenido bienes en co-propiedad, sociedad conyugal o sucesión, durante el ejercicio fiscal correspondiente.
- Tengan cancelado el Certificado de Sello Digital concedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
- Los comprobantes fiscales presentados en la declaración fueron expedidos por contribuyentes calificados como incumplidos por el SAT.
- Solicitan devoluciones de años que no corresponden al mismo ejercicio fiscal de la declaración.
Pasos para realizar el trámite de forma manual
Si te encuentras en esta categoría, no te preocupes. Recuerda que deberás tener a la mano la información y documentación necesaria de la declaración correspondiente, previamente digitalizada en formato comprimido. Adicionalmente, deberás tener digitalizada la carátula de un estado de cuenta bancario reciente, donde aparezca tu nombre, como titular de la cuenta, la cuenta CLABE y el RFC.
1. Ingreso a la plataforma
Ingresa al portal del SAT: www.sat.gob.mx, donde deberás dar click en la pestaña: Devoluciones y compensaciones. En el menú desplegable tendrás que elegir la opción Solicita tu devolución. Te aparecerá un formulario de acceso donde deberás ingresar tu clave de RFC, tu contraseña o e.firma.
2. Captura de información y validación
Una vez dentro, te pedirá validar los datos del contribuyente. En este paso te pedirá seleccionar dentro de diversas opciones: Origen de la devolución, tipo de trámite, suborigen del saldo e información adicional. Será necesario detallar los datos del impuesto, tipo de periodo y ejercicio correspondiente.
Lea también: IVA 21% Excel
3. Información bancaria y documentos adjuntos
En este apartado deberás validar tu cuenta CLABE bancaria y banco. Adicionalmente, tendrás que cargar un documento digital de la carátula del estado de cuenta del banco para acreditar que eres el titular de la cuenta. Es aquí donde tendrás que ingresar los documentos de soporte de ingresos y/o deducciones solicitados por el SAT para su revisión, mismos que deben estar comprimidos en formato .zip.
4. Envío y seguimiento
Finalmente, deberás dar click en Enviar y la plataforma te pedirá firmar el trámite con tu e.firma. Recuerda descargar y guardar el Acuse del trámite para darle seguimiento. De acuerdo con la autoridad fiscal, el SAT toma un plazo de 40 días hábiles aproximadamente para emitir una resolución a la solicitud de devolución del saldo a favor.
Tabla de requisitos básicos para la solicitud
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Identificación | RFC y e.firma vigentes. |
| Documentación | Declaración anual presentada y estados de cuenta. |
| Formato | Archivos digitalizados preferentemente en formato .zip. |
| Plazo de respuesta | Aproximadamente 40 días hábiles. |
Si tu devolución automática fue rechazada, el procedimiento es similar: debes ingresar al portal, seleccionar el origen como "saldo a favor" y en "tipo de trámite" escoger "115 ISR Personas físicas". Es fundamental adjuntar la documentación necesaria para solventar el motivo del rechazo total o parcial que el SAT indicó.
Lea también: Guía IVA reducido
Lea también: ¿Cómo localizar tus XML del SAT?
