Comparación Definitiva entre Regímenes Obligatorio y Voluntario del IMSS: ¡Descubre sus Diferencias Clave!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece diversas modalidades o programas para brindar servicios de seguridad social a diferentes grupos de asegurados y sus beneficiarios.

Las modalidades de aseguramiento IMSS vigentes, de conformidad con el artículo 6 de la Ley del Seguro Social (LSS), comprende dos tipos de regímenes: Régimen Obligatorio y Régimen Voluntario. Existen dos regímenes por los cuales una persona puede cotizar: Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS.

Régimen Obligatorio

Este es el régimen tradicional del IMSS y cubre a trabajadores asalariados, empleadores y sus familias. Los trabajadores asalariados y empleadores contribuyen con cotizaciones al IMSS para acceder a servicios de atención médica, hospitalaria y prestaciones económicas en caso de enfermedad, maternidad, riesgos de trabajo, invalidez, vejez y muerte.

Quienes cotizan en el obligatorio trabajan para un patrón y éste tiene la obligación de asegurarlos.

Quienes están en el obligatorio además de generar derechos para fines de una pensión (suma de semanas cotizadas) tienen también derecho a recibir atención médica en la clínica que le corresponda.

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Por ejemplo, en el Régimen Obligatorio se encuentra la modalidad "10 - Permanentes y eventuales de la ciudad", que a partir de 2019 incluye el programa piloto de personas trabajadoras del hogar.

El régimen obligatorio del IMSS es conocido también como régimen para trabajadores asalariados.

Régimen Voluntario

El Régimen Voluntario permite a personas que no son asalariadas, como trabajadores independientes, profesionistas, o dueños de pequeñas empresas, cotizar al IMSS de manera voluntaria para acceder a servicios de salud y prestaciones económicas. Esto les brinda protección social, aunque no estén empleados en una empresa que cotice al IMSS.

Quienes cotizan en el régimen voluntario, aunque alguna vez fueron empleados, por algún motivo dejaron de cotizar al IMSS (por cambio de trabajo, porque se independizaron), y ahora pagan por su propia cuenta una cuota mensual para tener ciertos beneficios como la obtención de una pensión una vez que llegue el momento de solicitarla.

Quienes cotizan en el régimen voluntario, solamente siguen sumando semanas cotizadas pero no tienen derecho al servicio médico que otorga el IMSS a menos que paguen otra cuota de manera anual al Instituto para tener ese beneficio.

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El Régimen Voluntario se encuentran los afiliados al:

  • Seguro de Salud para la Familia (SSFAM).
  • Seguro Facultativo (estudiantes).
  • Trabajadores domésticos.
  • Los patrones personas físicas.
  • Los trabajadores independientes.
  • La incorporación voluntaria de trabajadores del campo.

Por ejemplo, en el Régimen Voluntario se encuentra la modalidad "40 - Continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio", que es para quienes dejaron de trabajar en empleos formales y desean mantener sus derechos de seguridad social.

El régimen voluntario del IMSS es conocido también como COVORO (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) o Modalidad 40.

Principales Diferencias entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS

La diferencia principal entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS radica en que quienes cotizan en el obligatorio trabajan para un patrón y éste tiene la obligación de asegurarlos; mientras que quienes cotizan en el régimen voluntario, aunque alguna vez fueron empleados, por algún motivo dejaron de cotizar al IMSS (por cambio de trabajo, porque se independizaron), y ahora pagan por su propia cuenta una cuota mensual para tener ciertos beneficios como la obtención de una pensión una vez que llegue el momento de solicitarla.

Otra diferencia entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS es que quienes están en el obligatorio además de generar derechos para fines de una pensión (suma de semanas cotizadas) tienen también derecho a recibir atención médica en la clínica que le corresponda; y quienes cotizan en el régimen voluntario, solamente siguen sumando semanas cotizadas pero no tienen derecho al servicio médico que otorga el IMSS a menos que paguen otra cuota de manera anual al Instituto para tener ese beneficio.

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Seguros Incluidos en Cada Régimen

El régimen obligatorio y voluntario del IMSS comprenden los siguientes seguros:

Régimen Obligatorio:

  • Riesgos de Trabajo (SRT).
  • Enfermedades y Maternidad (SEM).
  • Invalidez y Vida (SIV).
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV).
  • Guarderías y Prestaciones Sociales (SGPS).

Régimen Voluntario:

  • Invalidez y Vida (SIV).
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV).

Como podemos ver, el régimen obligatorio y voluntario del IMSS tienen diferentes características que dependiendo de cuál sea nuestra situación debemos aprovechar para obtener el mayor beneficio.

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