El aguinaldo es una prestación laboral clave en México, pero también tiene implicaciones fiscales importantes tanto para trabajadores como para empleadores. En este artículo, exploraremos cómo se considera el aguinaldo en el cálculo del ISR, incluyendo los conceptos de exención y gravamen.
¿Qué es el Aguinaldo?
El aguinaldo es una prestación obligatoria que deben recibir todas las personas trabajadoras asalariadas en México, incluyendo quienes tienen contratos por tiempo determinado o indefinido. La Ley Federal del Trabajo establece un mínimo de 15 días de salario, pero algunas empresas otorgan más como prestación superior. El aguinaldo debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
Inicialmente el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que voluntariamente el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiesta navideñas. Ante el beneficio que representaba dicha prestación, se consignó en la Ley Federal del Trabajo de 1970,en el artículo 87; el cual a letra señala: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Cálculo del Aguinaldo
Se calcula de forma proporcional a los días trabajados durante el año. Para el cálculo de aguinaldo y nómina, el factor de día predeterminado es de 30 días. Por ejemplo, si trabajaste 6 meses, te corresponde la mitad del aguinaldo anual.
En salarios variables, se usa el promedio de los ingresos diarios de los últimos 30 días trabajados.
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Desde 2019, es obligatorio que empleadores paguen aguinaldo a las personas trabajadoras del hogar, bajo las mismas condiciones que cualquier otro trabajador.
El Aguinaldo y el ISR
El aguinaldo no siempre es libre de impuestos. El ISR es el Impuesto sobre la Renta, un impuesto que se aplica a los ingresos obtenidos por una persona física o moral. El ISR es un impuesto federal que se aplica a todas las personas físicas y jurídicas que obtengan ingresos en territorio mexicano, incluyendo a los trabajadores asalariados, empresarios, profesionales independientes, artistas, entre otros.
Exención del ISR en el Aguinaldo
Sí. El aguinaldo está exento de ISR hasta el equivalente a 30 días de salario mínimo. La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 fracción XIV se indica que las gratificaciones que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general. La exención al aguinaldo debe considerarse de forma total. XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados.
Gravamen del ISR en el Aguinaldo
Si el aguinaldo excede el equivalente a 30 días de salario mínimo, la diferencia sí paga impuestos. Para calcular el ISR sobre el aguinaldo, se aplica la tasa de impuesto correspondiente al monto excedente, según la tabla de tarifas establecida en el Artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
El cálculo del ISR se realiza considerando primero el monto exento, y luego aplicando las tarifas vigentes del ISR al excedente.
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Ejemplo de Cálculo del ISR del Aguinaldo
A continuación, se muestra un ejemplo del cálculo de ISR del Aguinaldo en 2022 de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 de la LISR:
- Obtener Aguinaldo gravado para ISR
- Aguinaldo correspondiente: $4,106.40
- Exento anual de Aguinaldo (30 UMA): $2,886.60
- Aguinaldo gravado para ISR: $1,219.80
- Obtener Ingresos totales del mes para aplicar el procedimiento del artículo 96 LISR
- Aguinaldo gravado para ISR: $1,219.80
- Sueldo mensual gravado: $8,000.00
- Ingresos totales: $9,219.80
- Límite inferior: $5,470.93
- Excedente: $3,748.87
- % aplicable: 10.88 %
- Impuesto marginal: $407.88
- Cuota fija: $321.26
- Impuesto a cargo (ISR) por ingresos totales: $729.14
- Obtener impuesto a cargo por sueldo mensual gravado
- Sueldo mensual gravado: $8,000.00
- Límite inferior: $5,470.93
- Excedente: $2,529.07
- % aplicable: 10.88 %
- Impuesto marginal: $275.16
- Cuota fija: $321.26
- Impuesto a cargo (ISR) por sueldo mensual gravado: $596.42
Obligaciones y Sanciones
Es crucial para los empleadores garantizar que los cálculos del aguinaldo y sus implicaciones fiscales sean precisos. Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002. Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Capítulo o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces , que va desde $18,622.00 hasta $372.450.00 de acuerdo a la unidad de medida y valor de la UMA.
Si eres empleador, nominista o contador, recuerda que el aguinaldo es un derecho laboral fundamental con importantes implicaciones fiscales para tu empresa.
Herramientas Útiles
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