El sistema tributario es la principal fuente de recursos para financiar el gasto público con el fin de proveer a la sociedad de los bienes y servicios que valora y demanda, este tipo de erogaciones se le conocen como gasto directo. Se ha hablado mucho de aumentar la recaudación.
Gastos Fiscales: Apoyos Indirectos del Gobierno
Los gastos fiscales consisten en apoyos indirectos del Gobierno hacia diversos sectores de la economía otorgados mediante el marco tributario (SHCP, 2012). Estos no implican una erogación de recursos, sino que el beneficio proviene de disminuir, evitar o diferir el pago de impuestos. Existen diversas definiciones sobre lo que debe considerarse un gasto fiscal.
Los gastos fiscales pueden presentar diversas formas, por ejemplo: deducciones, exenciones, tasas reducidas, diferimientos y créditos fiscales. Las deducciones y exenciones son elementos que afectan la forma en que se integra la base gravable del impuesto en cuestión, por otro lado, las tasas reducidas y los créditos fiscales impactan de manera directa sobre el nivel del impuesto a pagar. Los diferimientos también afectan la base gravable y son esquemas a través de los cuales se evita o reduce el pago del impuesto en el presente. Otra manera de clasificar los gastos fiscales es con base en la forma en que se aplica el trato diferencial, es decir, si son de carácter general o sólo aplican para un sector o grupo de contribuyentes. Estos constituyen excepciones al cumplimiento de obligaciones formales que impactan en la integración de la base.
Para fomentar la aplicación de gastos fiscales que favorezcan el desarrollo económico y evitar su expansión, la OCDE, sugiere que sean evaluados ex ante y ex post. Ya que el proceso de implementación es menos riguroso que en el caso del gasto directo, no se realizan evaluaciones de manera periódica. Esto puede generar que se acumulen gastos fiscales a través de los años.
Por ejemplo, dentro de una evaluación periódica del gasto fiscal asociado al IEPS sobre la enajenación de gasolinas y diesel, habría que mencionar que es una medida totalmente regresiva (CIEP, 2011), siendo que el 20% de la población de mayores ingresos absorbe más del 55% del monto total de este apoyo, en tanto que el 20% de la población con menores ingresos obtiene el 3.4% del total (SHCP, 2012). Lo cual propicia que el consumo per cápita de gasolina en México este sólo por debajo de Estados Unidos, Canadá, Venezuela, Arabia Saudita y Los Emiratos Árabes.
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Ejemplos de Gastos Fiscales en México
Dentro de cada uno de estos impuestos se identifican los conceptos por tipo de gasto fiscal, e.g. deducciones, diferimientos, etc. A continuación se presentan los diferentes gastos por impuesto. Es importante mencionar que la suma de los diferentes gastos fiscales no equivale al monto total, ya que el cálculo de uno no tiene en cuenta la implementación de otro.
Como observamos en el cuadro 1, los gastos fiscales para el año 2013 se espera que asciendan al 4.09 por ciento del PIB, es decir 673,545 mdp. El impuesto que representa un mayor gasto fiscal es el IVA, 1.53 por ciento del PIB. Esto se debe principalmente al gasto fiscal que corresponde a tasas reducidas, no obstante, esto no significa que se deban gravar este tipo de bienes (alimentos, medicinas, etc.), es aquí donde una evaluación es necesaria con el fin de constatar si esta medida representa un beneficio para la población objetivo o no. Otros gastos fiscales importantes son los correspondientes al ISR, que si bien en el cuadro se presentan separados por personas físicas y morales, en conjunto, suman 1.72 por ciento del PIB. Dentro del ISR a personas morales encontramos que los principales gastos fiscales correspondientes a deducciones son automóviles, representando el 0.03 por ciento del PIB, es decir 6,376 mdp y donativos, en este caso el gasto fiscal asciende a 1,008 mdp, 0.01 por ciento del PIB. El subsidio al empleo es otro de los gastos fiscales más importantes en términos de monto. Incluso, para aquellos contribuyentes, en que el subsidio es mayor al impuesto a pagar, significa un incremento en su ingreso.
Como bien se mencionó al principio de este boletín, la discusión sobre este tipo de gastos es necesaria en la agenda de una reforma fiscal.
Corrección Fiscal: Una Prerrogativa para los Contribuyentes
¿Qué es la Corrección fiscal? La Corrección fiscal es una prerrogativa otorgada en las leyes mexicanas, concretamente en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC), para arreglar la situación fiscal que previamente se declaró. Como respuesta, la autoridad está obligada a emitir pronunciamiento expreso en el que defina si la modificación fue correcta o no. El procedimiento es el siguiente: los contribuyentes deberán entregar a la autoridad revisora una copia de la declaración de corrección que hayan presentado.
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El Derecho Fiscal en México
Los mexicanos tenemos como obligación contribuir al gasto público. Esta obligación se encuentra contemplada en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: “Artículo 31: Son obligaciones de los Mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
El Derecho Fiscal lo definimos como la rama del Derecho Público que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas entre el Estado, en su carácter de autoridad fiscal y los gobernados en su carácter de contribuyentes. El Derecho Fiscal establece las normas que determinan los tributos.
En el Sistema Fiscal Mexicano resultan aplicables las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los Tratados Internacionales de los que México sea parte; el Código Fiscal de la Federación; la Ley de Coordinación Fiscal; los Códigos Fiscales de las Entidades Federativas y de los municipios; las Leyes de Hacienda de los Estados y de los Municipios; la Ley de Comercio Exterior; la Ley Aduanera; diversas legislaciones en materia de impuestos como la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, entre otras; así como diversos reglamentos, decretos y circulares.
Sujetos Activos y Pasivos en la Relación Tributaria
En la relación tributaria encontramos al sujeto activo y al sujeto pasivo. El sujeto activo es el Estado, quien en ejercicio de su potestad establece y exige el pago de tributos. El sujeto activo son las autoridades fiscales por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Servicio de Administración Tributaria, las Secretarías de Finanzas de los Estados y Municipios, las Delegaciones y Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT).
El Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. La Federación también está obligada a pagar contribuciones pero únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente, los Estados Extranjeros en casos de reciprocidad no están obligados a pagar impuestos.
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Tipos de Contribuciones en México
Los impuestos son las contribuciones establecidas por la ley y que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley y que no sean aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Las aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o las personas que se benefician en forma especial por servicios de seguridad social proporcionadas por el mismo Estado. Contribuciones de mejoras son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas. Derechos son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
Las contribuciones se causan cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales. Los contribuyentes determinan las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa de la ley y deberán ser pagadas en las fechas o dentro de los plazos establecidos por la ley mediante declaraciones que se presentan ante las oficinas autorizadas y a través de los medios que las leyes establezcan.
Importancia de los Medios Electrónicos en Materia Fiscal
Es importante destacar que en México los medios electrónicos han tomado importancia en materia fiscal pues las declaraciones, los pagos, requerimientos de la autoridad entre otras operaciones en la materia se llevan a cabo a través de medios electrónicos.
Derechos de los Contribuyentes ante las Autoridades Fiscales
Por virtud del artículo 8 Constitucional en relación con el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes pueden presentar escritos ante las autoridades fiscales en los cuales les formulen consultas o solicitudes de autorización y para ello deberán atender los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación como nombre, dirección, teléfono, registro federal de contribuyentes, actividades a las que se dedica el interesado, hechos y circunstancias relacionados con el escrito, entre otros. Y la autoridad, por disposición del artículo 37 del Código Fiscal de la Federación tiene la obligación de dar respuesta a estos escritos en un plazo de tres meses, si transcurre ese plazo sin que la autoridad notifique resolución al interesado o contribuyente, se considera que la autoridad resolvió negativamente. Por ejemplo, si un contribuyente solicita la condonación de una multa y la autoridad no resuelve esa solicitud en el plazo de tres meses, se tiene que la autoridad resolvió en forma negativa, esto es, que no autorizó la condonación.
Actos Administrativos en Materia Fiscal
El acto administrativo en materia fiscal es el término empleado para referirse al acto emitido por la autoridad fiscal. Mediante un acto administrativo la autoridad comunica, ordena, resuelve o ejecuta acciones cuando se configuran en la realidad las hipótesis normativas aplicables al caso concreto. De conformidad con el artículo 16 Constitucional, un acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, esto es, la autoridad debe de expresar de manera precisa el precepto legal aplicable al caso, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas que haya tenido en consideración para emitir el acto.
Notificaciones Fiscales: Formalidades y Procedimientos
En materia fiscal, la notificación es el acto por medio del cual la autoridad fiscal da a conocer un acto o resolución a los contribuyentes a efecto de que se encuentren en posibilidad de dar oportuna respuesta a dicho acto o resolución o bien puedan interponer los medios de defensa previstos por la ley. La autoridad puede dar a conocer a los contribuyentes los actos administrativos de forma personal, por correo certificado, de forma electrónica a través del buzón tributario, por correo ordinario o telegrama, por estrados, por edictos o por instructivos. El Código Fiscal establece las formalidades que deben seguirse para llevar a cabo las notificaciones. Si las notificaciones no cumplen con esas formalidades podrán ser impugnadas por los contribuyentes a través de los medios de defensa legal establecidos para tal efecto.
Facultades de Comprobación de la Autoridad Fiscal
En virtud de sus facultades de comprobación la autoridad fiscal podrá practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados; recabar de funcionarios, empleados públicos y fedatarios informes y datos que posean con motivo de sus funciones; practicar u ordenar que se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte, entre otros. Por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las autoridades fiscales de las entidades federativas podrán solicitar en una visita domiciliaria a los contribuyentes que exhiban datos y documentos que acrediten que están presentando sus declaraciones y que han pagado impuestos conforme a la ley.
Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)
El Código Fiscal de la Federación y otros dispositivos fiscales establecen los procedimientos y requisitos de fondo y forma para que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación. En este procedimiento, la autoridad requiere el pago del crédito fiscal al contribuyente, en caso de que el contribuyente no pruebe haber efectuado el pago, la autoridad fiscal podrá practicar el embargo sobre bienes o la negociación del contribuyente que sean suficientes para cubrir el crédito fiscal.
La autoridad fiscal podrá embargar bienes inmuebles, bienes muebles como acciones, bonos, cupones, derechos de autor, marcas, obras artísticas, entre otros. Aquí es importante mencionar que los Códigos Fiscales de la Federación y de las Entidades Federativas y de los municipios disponen qué bienes quedan exceptuados de embargo, algunos de estos son: el lecho cotidiano, los vestidos, los muebles que no sean de lujo del deudor y de sus familiares, el patrimonio de familia, la maquinaria, los instrumentos o mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor, entre otros. Uno de los supuestos para que el embargo quede sin efecto se da cuando el contribuyente cumple con el requerimiento de pago del crédito fiscal a su cargo.
Multas y Delitos Fiscales
Las autoridades fiscales podrán aplicar multas a los contribuyentes por infracciones a las disposiciones fiscales, independientemente de que se exija el pago de las contribuciones respectivas y sus demás accesorios. Ahora bien, en cuanto a los delitos fiscales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de víctima u ofendido en los procedimientos y juicios penales que se lleven a cabo conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, relacionados con los delitos previstos en los Códigos Fiscales.
Medios de Defensa del Contribuyente
El recurso de revocación se interpone contra actos administrativos en materia fiscal y ante la propia autoridad competente en materia fiscal. El Juicio Contencioso Administrativo se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y se regirá por las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por los Tratados Internacionales de los que México sea parte. El Amparo en Materia Fiscal es otra de las instancias con las que cuentan los gobernados para impugnar actos de autoridades fiscales por violación directa de garantías; leyes que por su expedición causen perjuicio al gobernado; y contra actos o resoluciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La Ley de Amparo contempla las normas aplicables en esta instancia.
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