Descubre Todo sobre la Periodicidad en Declaraciones Fiscales: Tipos, Regímenes y Cómo Cumplir Sin Errorespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Presentar las declaraciones fiscales en tiempo y forma permite a los contribuyentes desarrollar su actividad sin contratiempos y, en consecuencia, ser empresas más eficientes, productivas y aprovechar mejor sus recursos. De ahí que, cumplir con las obligaciones fiscales sea una prioridad, además de que las multas y sanciones por no hacerlo podrían comprometer el equilibrio financiero de las organizaciones.

Las declaraciones fiscales son informes que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de informar sobre su actividad y los impuestos que correspondan. Esta obligación se adquiere en el momento en que se comienza a percibir ingresos por concepto de cualquier actividad. Este documento oficial debe considerar los siguientes aspectos: ingresos o ganancias generadas, gastos o egresos, sueldos, utilidades e inversiones, de los que se desprenderá una cantidad a pagar. Las declaraciones son tan específicas como la actividad económica y el tipo de contribuyente, de manera que hay una amplia variedad de ellas.

Tipos Generales de Declaraciones Fiscales

Con esto en mente, te presentaremos en qué consisten y cuáles son los tipos de declaraciones fiscales que se pueden presentar:

  • Declaraciones Normales: Son aquellas que se presentan por primera vez en el periodo.
  • Declaraciones Complementarias: Sirven para corregir una omisión o error en las declaraciones normales. Se presentan con la finalidad de corregir errores u omisiones en una declaración normal.
  • Declaraciones Extemporáneas: Son las que se presentan fuera de un plazo establecido.
  • Declaración de Corrección Fiscal: Es una declaración que se pone en marcha luego de realizarse una comprobación por medio de revisiones de gabinete o visitas domiciliarias. Este tipo de declaración puede presentarse por conceptos como: Renta de bienes inmuebles, Herencias o legados, Préstamos, premios o donativos, Adquisición de bienes, Enajenación de bienes, Prestación de servicios profesionales, Inversión en el extranjero, Actividad empresarial, Percepción de salarios bajo condiciones especiales o Penas convencionales.

Clasificación por Periodicidad

Las declaraciones también se clasifican en función del tipo de impuesto y la fecha en que deben presentarse:

Declaración Anual de ISR

Es la que comprende todas las actividades del último ejercicio fiscal, evaluando la situación fiscal general y tramitando las devoluciones que apliquen. Se conoce a la declaración anual de ISR como “la definitiva” al ser la que concentra la información de todos los ingresos y gastos generados durante el año fiscal y en la que se calculan las devoluciones que correspondan por gastos deducibles de impuestos.

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Al preparar esta declaración deben tomarse en cuenta los elementos que enlistamos a continuación:

  • Pagos provisionales: Son los pagos mensuales que funcionan como “abonos” para reducir la carga fiscal al término del año.
  • Retenciones: Las personas morales están obligadas a retener el ISR a sus trabajadores e informar al SAT, por lo que, un requisito para presentar la declaración anual es haber realizado a tiempo dichas retenciones.
  • ISSIF: Es muy importante que las empresas conozcan si tienen la obligación de presentar un informe sobre su situación fiscal. Este último es un requisito cuando los ingresos de la organización superan los 1,855 millones de pesos.

En el caso de las empresas, marzo es decisivo al ser el último de los tres meses que el SAT les concede para que emitan la declaración anual de impuestos. Para ser más precisos, de acuerdo con el Código Fiscal, el último día para presentar la declaración anual de impuestos de personas morales y pagar las obligaciones que correspondan es el 31 de marzo de cada año, plazo que se extiende al siguiente día hábil (1 de abril de 2024).

Declaración Mensual de ISR

Es el famoso Pago Provisional, con el que se declaran provisionalmente los ingresos, gastos y la utilidad o pérdida desde el inicio del año fiscal (1 de enero) a la fecha de la declaración, con el fin de ir pagando los impuestos de forma paulatina y no se junte todo para la declaración anual. También se conoce como “pago provisional” y su propósito es declarar provisionalmente los gastos, ingresos, utilidades y pérdidas desde el comienzo del año fiscal, con el propósito de pagar de manera paulatina los impuestos y no acumular una gran cantidad al término del año fiscal.

Declaración Bimestral

A diferencia de las mensuales, ésta es definitiva para evitar la declaración anual. La ventaja de elegir esta periodicidad es que cancela la obligación de presentar la declaración anual.

Declaración Mensual de IVA

Se trata del Pago Definitivo e informa los movimientos realizados con dicho impuesto. Es un pago definitivo que aporta información sobre los movimientos realizados con este impuesto. Para ello, el IVA acreditable y el IVA retenido se restan al IVA causado.

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Declaración Informativa Múltiple (DIM)

La fecha límite para presentarla es el 15 de febrero. Su función es informar sobre el pago de sueldos y salarios, honorarios, dividendos y rentas a personas físicas. Son documentos que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y complementan tus declaraciones fiscales regulares. No implican necesariamente un pago, pero sí el reporte obligatorio de ciertos movimientos, por ejemplo, operaciones específicas realizadas durante el año o el mes.

Regímenes Fiscales y sus Obligaciones de Declaración

Pertenecer a un cierto régimen fiscal depende de la actividad a la que te dedicas y que te lleva al pago de los impuestos derivados. Las declaraciones se clasifican de manera acorde con el régimen en el que esté inscrito el contribuyente en función de su actividad económica. Es importante destacar que la obligación de presentar declaraciones mensuales puede variar según el tipo de actividad económica, el régimen fiscal elegido y las opciones de pago provisional seleccionadas por el contribuyente.

Regímenes y sus obligaciones mensuales:

  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):

    Los contribuyentes que se encuentren en este régimen deben presentar una declaración mensual denominada «Declaración Bimestral del Régimen de Incorporación Fiscal». Esta declaración se presenta bimestralmente, pero se considera como una declaración mensual.
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales:

    Los contribuyentes que se encuentran en este régimen y optaron por presentar pagos provisionales mensuales deben presentar una declaración mensual de pagos provisionales.
  • Régimen de Arrendamiento:

    Los contribuyentes que obtienen ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles están obligados a presentar una declaración mensual de ingresos por arrendamiento.
  • Régimen de Incorporación de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales (RIF con actividad empresarial y profesional):

    Los contribuyentes que se encuentran en este régimen y optaron por presentar pagos provisionales mensuales deben presentar una declaración mensual de pagos provisionales.
  • Régimen General de Ley:

    Este régimen aplica a las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales que rebasen ciertos límites de ingresos.
  • Régimen de Sueldos y Salarios:

    Aplica a los empleados que reciben ingresos por sueldos y salarios.
  • Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos):

    Este régimen está dirigido a personas físicas con ingresos limitados.

Es importante destacar que existen regímenes fiscales en México, cada uno con sus propias características y obligaciones específicas. En congruencia con lo anterior, el SAT puede invitar a presentar declaraciones por conceptos como los siguientes: Contraprestaciones o donativos recibidos por más de 100,000 pesos, Derecho extraordinario sobre minería, Declaración de retorno de inversiones y Entidades extranjeras sujetas a regímenes fiscales preferenciales. Por último, puedes consultar los tipos de declaraciones fiscales en el listado disponible en el Portal del SAT.

Cómo Presentar las Declaraciones Mensuales de Impuestos

La presentación de las declaraciones mensuales de impuestos en México se realiza a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en línea.

Pasos para la Presentación:

  1. Obtén tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu contraseña del SAT: Para poder realizar las declaraciones, necesitas estar registrado como contribuyente y contar con tu RFC y contraseña del SAT.
  2. Selecciona el tipo de declaración: Dependiendo del tipo de impuesto que desees declarar, elige la opción correspondiente.
  3. Llena la información requerida: Completa los campos solicitados con la información correspondiente a tus ingresos, gastos, retenciones, deducciones, entre otros datos relevantes para la declaración.
  4. Calcula los impuestos a pagar: El sistema del SAT realizará automáticamente los cálculos de los impuestos a pagar o a compensar, según corresponda.
  5. Envía la declaración: Revisa cuidadosamente la información ingresada y, una vez estés seguro de que es correcta, envía la declaración al SAT.
  6. Realiza el pago (si aplica): Si la declaración genera un saldo a pagar, deberás realizar el pago correspondiente. El SAT ofrece distintas opciones de pago, como transferencia bancaria, pago en ventanilla, entre otras.

Recuerda y toma en cuenta que estos pasos son una guía general y es importante consultar la normativa fiscal vigente y estar al tanto de los requisitos específicos para cada tipo de impuesto y situación particular.

Lea también: ¿Qué son los Procedimientos de Auditoría?

Consecuencias del Incumplimiento Fiscal

Es importante destacar que el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales es fundamental para evitar sanciones y problemas legales. Si un contribuyente no realiza las declaraciones mensuales de impuestos en México o las presenta de forma incorrecta, puede enfrentar diversas consecuencias y sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

  • Multas: El SAT puede imponer multas por falta de presentación o presentación extemporánea de las declaraciones. Estas multas pueden variar según el tipo de impuesto y el tiempo de incumplimiento. En el caso de la sanción por extemporaneidad, es del 5% por cada mes o fracción de mes de extemporaneidad si el contribuyente declara voluntariamente.
  • Recargo y actualizaciones: Si existe un saldo a pagar y no se realiza el pago correspondiente en los plazos establecidos, el contribuyente puede enfrentar recargos y actualizaciones sobre el monto adeudado, así como el valor a pagar o el saldo a favor que corresponda, más las sanciones que resulten aplicables.
  • Procedimientos de fiscalización: El incumplimiento de las obligaciones fiscales puede aumentar el riesgo de ser seleccionado para una revisión o auditoría por parte del SAT.

Salud fiscal, salud operativa. En Salud Fiscal, sabemos del impacto que tiene el desconocimiento e incumplimiento de sus obligaciones tributarias. Cumplir correctamente con estas declaraciones no solo evita multas, sino que también garantiza el buen estado fiscal de tu empresa.

Declaraciones Complementarias y Corrección de Errores de Periodicidad

La declaración complementaria es aquella actualización de datos fiscales que tiene como objetivo subsanar errores u omisiones de una declaración fiscal presentada previamente.

Tipos de Declaraciones Complementarias:

  • Modificación de obligaciones.
  • Dejar sin efecto una obligación.
  • Obligación no presentada: Este tipo de declaración se presenta cuando no se ha enviado ninguna declaración previamente por el mismo periodo y obligación.
  • Se presenta cuando el contribuyente quiere corregir su situación fiscal tras haber sido notificado por el SAT, ya sea por una auditoría, revisión electrónica u otro procedimiento.

Proceso para Presentar una Declaración Complementaria:

  1. Ingresa a la página www.sat.gob.mx y entra al apartado “Presenta tu declaración”.
  2. Elige el régimen al que perteneces y selecciona la opción “Declaración complementaria”.
  3. Selecciona el ejercicio fiscal, mes o bimestre correspondiente, y el impuesto u obligación que deseas corregir. Aquí el SAT busca vincular tu nueva declaración con la ya presentada previamente, utilizando un folio de seguimiento interno.
  4. En este paso solo modificarás los campos necesarios: ingresos, deducciones, retenciones, acreditamientos, etc.
  5. Antes de enviar, asegúrate de que todos los cambios estén correctamente reflejados.
  6. Utiliza tu e.firma para validar la operación.

Si al momento de presentar tu declaración complementaria te sientes inseguro o prefieres evitar errores que puedan derivar en multas, en Facturama podemos ayudarte. Nuestro sistema está diseñado para facilitar tus operaciones fiscales siempre con asesoría clara y herramientas que te guían paso a paso. No te compliques más de lo necesario. Con Facturama, la plataforma de facturación online más práctica, puedes generar los tipos de facturas que necesites. Facturama, la plataforma de facturación más fácil del mercado, mejora tu proceso de facturación mediante la facturación automatizada.

Errores en la Periodicidad de las Declaraciones de IVA:

El artículo 600 del estatuto tributario establece dos periodos de IVA: bimestral y cuatrimestral. El contribuyente puede equivocarse presentando una declaración bimestral cuando era cuatrimestral o una cuatrimestral siendo su obligación presentarla bimestral. Si un contribuyente presenta una declaración cuatrimestral en lugar de bimestral, debe corregirla y presentar la declaración del periodo faltante, lo que puede acarrear sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Consideremos un ejemplo: El responsable debe presentar el IVA por el periodo enero-febrero, pero la presenta por el periodo enero-marzo. Supongamos que el contribuyente decide convertir la declaración cuatrimestral en bimestral para el periodo enero-febrero. En el ejemplo, la extemporaneidad aplica para la declaración del periodo marzo-abril, que corre desde mayo. Se debe presentar la declaración del periodo marzo-abril, que vencía en mayo, así que la sanción por extemporaneidad se liquida desde mayo hasta cuando sea presentada. Si convierte la cuatrimestral en el bimestre de enero-febrero: El IVA de este primer bimestre se pagó en mayo, pero debió pagarse en marzo. Si convierte la cuatrimestral en el bimestre de marzo-abril: El IVA del primer bimestre (ene-feb) se pagó en mayo (cuando presentó la cuatrimestral), pero su fecha límite legal era en marzo. En este caso, y respecto a la sanción por extemporaneidad, conviene que la declaración cuatrimestral se convierta en bimestral del primer periodo porque permite ahorrar 2 meses de extemporaneidad. Da igual qué bimestre elija para transformar la declaración cuatrimestral.

En otro escenario, el responsable del IVA tiene periodicidad cuatrimestral y declara bimestralmente. El contribuyente debía presentar la declaración por el cuatrimestre enero - abril, pero presentó dos declaraciones: enero - febrero y marzo - abril. En este escenario no se liquida la sanción por extemporaneidad porque no existe extemporaneidad, toda vez que ningún período se dejó de declarar, sino que, por el contrario, se declaró de más. Si se corrige la declaración de enero - febrero, que tenía un IVA por pagar de $10.000.000, para convertirla en cuatrimestral e incluir el IVA del otro bimestre, su IVA a pagar será de $20.000.000. Como segundo paso, se deberá corregir la otra declaración bimestral para incluir la misma información reportada en la corrección presentada en el primer paso.

Otro elemento a considerar es el término para corregir: si es para reducir el saldo a favor, el término es de apenas un año.

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