¡Descubre Cómo Ahorrar en Seguros e Impuestos con Esta Guía Detallada!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Entender la estructura de costos de los seguros y su relación con los impuestos es fundamental para cualquier asegurado. El término “deducible” se refiere a la cantidad que en cada siniestro deberá ser pagado por quien está asegurado, mientras que la prima es el pago que hace un asegurado a la aseguradora para obtener la cobertura de su seguro. En el contrato de seguro, específicamente, la aseguradora tiene la obligación de emitir factura por la prima.

La relación entre el IVA, las reparaciones y los siniestros

La relación entre la aseguradora y el asegurado debe considerar las obligaciones del IVA para efectos de su comprensión. En el caso de la reparación de un vehículo, el taller es quien resulta obligado a la emisión de la factura y cargo del IVA. De esta cuenta, la aseguradora cobra la suma que corresponde al deducible y paga al taller la totalidad de la reparación. Si el deducible se cobra al asegurado “con IVA incluido”, el comprobante de ese IVA correspondería al asegurado y debe ser cargado al asegurado en una factura.

La relación entre la aseguradora y el asegurado, en cuanto al monto del deducible, no es una relación de “prestación de servicios” sino de compartir el costo de una reparación. Es importante notar que, si el asegurado paga el deducible “más IVA” sin recibir una factura por esa suma, el porcentaje de deducible no corresponde realmente con el porcentaje pactado, lo que puede ser un problema adicional.

Consideraciones sobre pérdida total y resarcimiento

En los casos de pérdida total, la aseguradora hace el pago de la suma asegurada al asegurado y recibe el monto del deducible respectivo. Al no existir reparación alguna, ni tercero involucrado, no se debería generar IVA en esta operación al ser puramente resarcitoria. El resarcimiento del daño es obligatorio y la única obligación de la aseguradora es comprobar el pago realizado y entregarle un finiquito.

Impacto fiscal en el sector asegurador

La Ley de Ingresos de la Federación incorpora modificaciones que afectan de forma directa al sector asegurador. A partir de nuevas normativas, las compañías deben pagar el IVA sobre los siniestros en los ramos de autos y gastos médicos mayores sin poder acreditarlo fiscalmente. Este cambio, resultado de litigios previos con las autoridades fiscales, implica que en un entorno de inflación médica creciente y mayores costos operativos, las aseguradoras podrían trasladar la nueva carga tributaria a los precios, impactando a millones de pólizas activas.

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Conceptos clave en los seguros de salud

El seguro de salud está diseñado para compartir costos mediante dos tipos de conceptos:

  • Copago: Una cantidad fija que usted paga por una consulta médica o una receta cubierta.
  • Coaseguro: Un porcentaje de los costos que usted paga por los servicios cubiertos.

La fase de deducible empieza al principio del año del plan de seguro. La fase de coaseguro comienza una vez que ha pagado lo suficiente para alcanzar su deducible, momento en el cual la compañía de seguros comparte los costos con usted. Finalmente, la fase de desembolso máximo comienza cuando el total de sus copagos y facturas alcanza el límite establecido por su plan.

Conceptos tributarios generales

Cada país es soberano a la hora de decidir qué impuestos establecer. Para comprender mejor la carga fiscal, es vital distinguir los siguientes términos:

  • Sujeto Pasivo: La persona física o jurídica sobre la que recae la obligación de pago.
  • Hecho Imponible: Suceso que da lugar al nacimiento del deber de tributar.
  • Base imponible: Cuantificación económica del hecho imponible.
  • Impuestos directos: Gravan a las personas por la obtención de una renta o posesión de patrimonio.
  • Impuestos indirectos: Someten a tributación manifestaciones indirectas de la capacidad económica.

El IVA es un impuesto que supone una carga fiscal para aquellos que consuman algún producto o servicio y lo pagas en casi todo lo que compras a diario. Sin embargo, no están exentos de algunas tasas especiales, aunque es posible que estos últimos cobros dependan de la naturaleza misma del seguro que se contrata y no sea un estándar que afecta a todos los productos.

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