Guía Completa y Definitiva sobre la Declaración Informativa Múltiple (DIM): Todo lo que Necesitas Saberpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Imagina presentar al SAT un solo reporte que consolida retenciones, pagos al extranjero, operaciones con partes relacionadas y fideicomisos de todo el año. Eso es la Declaración Informativa Múltiple (DIM): la herramienta de transparencia fiscal que simplifica trámites, pero que exige precisión para evitar sanciones.

La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es aquella que realizan ciertos contribuyentes mexicanos, personas físicas o morales, para cumplir con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Es un informe anual que agrupa varias obligaciones informativas: ISR, IVA, IEPS, salarios, pagos a extranjeros, fideicomisos, y transacciones con partes vinculadas. Su objetivo es centralizar datos para facilitar el cruce de información por parte del SAT y mejorar la fiscalización.

Esta declaración informa sobre las operaciones relevantes durante el periodo a declarar. No es una declaración de impuestos a pagar, pero sí es requisito indispensable para mantener tu situación fiscal al día y evitar multas o revisiones. Son documentos que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y complementan tus declaraciones fiscales regulares. No implican necesariamente un pago, pero sí el reporte obligatorio de ciertos movimientos, por ejemplo, operaciones específicas realizadas durante el año o el mes.

Las modificaciones realizadas por la autoridad fiscal para la presentación de declaraciones han orillado a que cada año se tengan que revisar los lineamientos vigentes. Esta declaración informa, por entidad federativa, los bienes producidos, vendidos o importados respecto a su consumo; así como de los servicios que prestaste sobre alcoholes, cerveza, gasolina y tabacos en conformidad al artículo 19 Fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Informativa Múltiple?

La obligación de presentar la DIM recae sobre diversas entidades y personas, dependiendo de las operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal.

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Personas Morales

Están obligadas si durante el ejercicio realizaron al menos alguna de las siguientes acciones:

  • Retenciones de ISR, IVA o IEPS.
  • Pagos de nómina o asimilados.
  • Distribución de dividendos o arrendamientos.
  • Pagos a residentes en el extranjero.
  • Operaciones por fideicomisos o con partes relacionadas.

Personas Físicas con actividad empresarial

También deben presentarla si:

  • Retuvieron ISR o IVA.
  • Pagaron salarios o servicios asimilados.
  • Realizaron pagos a personas o entidades del extranjero.

Fideicomitentes y Fideicomisarios

Aplican cuando sus operaciones bajo fideicomiso incluyan pagos o retenciones que deban reportarse mediante el anexo correspondiente. Aquí un ejemplo para ponerlo más claro: imaginemos que una empresa mexicana contrata servicios de asesoría de una empresa en el extranjero y, además, tiene empleados a los que les retiene ISR.

Fechas y Medios de Presentación de la DIM

Plazos de Presentación

La fecha límite general es el 15 de febrero de cada año para reportar el ejercicio fiscal anterior (por ejemplo, operaciones de 2024 se informan antes del 15 de febrero de 2025). Es importante destacar que el Anexo 9 (operaciones con partes relacionadas) se puede presentar hasta el 15 de mayo si se cuentan con estudios de precios de transferencia. 📌 Las fechas y requisitos pueden cambiar cada año fiscal.

Medios de Presentación

La Declaración Informativa Múltiple (DIM) puede presentarse a través de distintos medios, dependiendo del volumen de registros que se deban reportar.

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  • Por internet: Para capturas de hasta 40,000 registros, la información se envía a través del Portal del SAT.
  • Presencial: Si tu declaración contiene más de 40,000 registros, debes generar el archivo .dec, guardarlo en USB o CD y acudir personalmente a una oficina del SAT para su presentación presencial.

Anexos de la Declaración Informativa Múltiple (DIM)

En la Declaración Informativa Múltiple (DIM), los anexos han tenido cambios importantes en los últimos años debido a la implementación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Los Anexos 1, 3, 5, 6, 7 y 8 ya no se presentan, pues la información se obtiene vía CFDI. Sin embargo, algunos anexos continúan siendo obligatorios en la DIM debido a la complejidad de la información que manejan, especialmente en operaciones internacionales o con fideicomisos. Es importante estar al tanto de las actualizaciones del software DIM. Por ejemplo, esta versión (7.0.0 b.) contiene los campos para la presentación de la información de Multi-IEPS, para lo cual debes actualizar debidamente los catálogos correspondientes con el Catálogo de claves de marcas de tabacos labrados.

Actualmente, la DIM incluye los siguientes anexos principales:

Anexo Contenido
2 Pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS
4 Retenciones y pagos a residentes en el extranjero
9 Operaciones con partes relacionadas (requiere estudio de precios de transferencia)
10 Operaciones realizadas a través de fideicomisos

Proceso para el Llenado y Envío de la DIM

Descarga e Instalación del Software DIM

Para hacer este trámite, primero es necesario descargar el software “Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos” o DIMM, que está disponible en el sitio web del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Visita el portal del SAT y descarga la aplicación DIM. Instala el archivo .exe en tu equipo y sigue las indicaciones del asistente de instalación, así como del manual de usuario para el llenado de la declaración.

Pasos para Llenar la DIM

  1. Al abrir el software, ingresa tus credenciales (RFC, e.firma o contraseña).
  2. Selecciona el ejercicio fiscal correcto.
  3. Captura tus datos fiscales y elige los anexos aplicables. La plataforma te mostrará los anexos disponibles; selecciona únicamente los que aplican a tu situación.
  4. Importa o captura la información: Opcionalmente puedes usar una carga masiva mediante archivo .txt o .xml. También puedes capturar manualmente si tienes pocos registros. Luego, se deben capturar los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los anexos.
  5. Revisa línea por línea con la herramienta de validación.
  6. Genera el archivo .dec.

Envío de la Declaración

Envía el archivo por internet (si es menor a 40,000 registros) o acude al SAT si es mayor. Recibirás un acuse de recibo digital por correo electrónico o directamente en la plataforma.

Correcciones y Sanciones por Incumplimiento de la DIM

¿Qué hacer si cometo errores o necesito corregir la DIM?

Si detectas errores o faltantes tras el envío, puedes presentar una declaración complementaria mediante el mismo sistema DIM. Es importante que tengas en cuenta que, según el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF), no podrás realizar más de tres declaraciones complementarias por ejercicio fiscal. Si la declaración fue rechazada, identifica la causa de rechazo: ingresa al portal del SAT y revisa la notificación que acompaña el rechazo de la declaración.

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Presentación Extemporánea y Multas

Si presentas después del plazo, la declaración sigue siendo válida siempre y cuando incluyas los anexos requeridos. Sin embargo, esto puede acarrear sanciones. ¿Qué multas implica no presentar la DIM o presentarla mal?

  • Omisión total: Desde 86,050 hasta 172,100 pesos mexicanos.
  • Errores o presentación tardía: Multas adicionales entre 5,500 y 36,740 pesos mexicanos por tipo de error o incumplimiento en forma y medio, según el inciso aplicable.

Beneficios del Uso de un Sistema Contable para la DIM

Cumplir correctamente con estas declaraciones no solo evita multas, sino que también garantiza el buen estado fiscal de tu empresa. ¿Qué beneficios trae el uso de un sistema contable para llenar la DIM?

  • Consolida automáticamente movimientos fiscales (salarios, retenciones, pagos a terceros).
  • Genera los archivos en formato compatible (.txt, .xml).
  • Reduce tiempos y errores, evitando sanciones.
  • Mantiene actualizado tu sistema fiscal conforme al cambio de anexos y plazos.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿La DIM reemplaza a la DIOT y otras declaraciones informativas?

No. La DIM es un reporte consolidado anual. La DIOT es mensual y específica para IVA, por lo que ambas son complementarias, no sustitutas. Como dato adicional, recordemos que también existen declaraciones informativas, denominadas “DIOT”, Declaración Informativa de Operaciones con Terceros; sin embargo, éstas se realizan de forma mensual mediante un listado de los RFC e IVAs de cada proveedor que se tenga. La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es clave si manejas IVA en tus compras.

¿Puedo presentar sólo algunos anexos?

Sí. Si no tienes operaciones con partes relacionadas o fideicomisos, puedes presentar únicamente los anexos 2 y 4, por ejemplo. El sistema lo permite.

¿Qué debo hacer si excedo 40,000 registros?

Debes generar el archivo .dec, guardarlo en USB o CD y acudir a una oficina del SAT para su presentación presencial.

¿La e.firma es obligatoria?

No, puedes usar tu e.firma o contraseña para firmar y enviar la DIM vía portal del SAT.

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