Descubre Cómo Aumentar el Capital Contable en Sociedades Mercantiles y Potencia tu Negociopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Una sociedad mercantil puede encontrarse en la necesidad de aumentar su capital social por diversas razones estratégicas y operativas. En primer lugar, el aumento del capital social puede ser crucial para financiar proyectos de expansión, adquisiciones o inversiones significativas que permitan a la empresa crecer y mantener su competitividad en el mercado. Además, un aumento en el capital social puede fortalecer la posición financiera de la empresa, lo que a su vez puede aumentar la confianza de los inversores y mejorar su capacidad para obtener financiamiento adicional a través de préstamos o emisiones de acciones. También, en situaciones de dificultades financieras, aumentar el capital social puede ser una forma de mejorar la solvencia y la capacidad de la empresa para cumplir con sus obligaciones financieras. Por lo tanto, el aumento del capital social se convierte en una herramienta estratégica que puede proporcionar a una sociedad mercantil los recursos necesarios para prosperar y afrontar los desafíos que se presenten en su camino.

Algunas de ellas, pueden ser asumidas por el propio empresario a fin de resolver algunas afectaciones de la crisis para mejorar las condiciones de financiamiento y de disposición de liquidez, necesarias para la inversión y el pago de pasivos, tales como impuestos, servicios o salarios. Algunas fuentes de financiamiento requieren de ofrecer garantías, sin embargo, en el contexto de una crisis generalizada, las dificultades para obtener una garantía suelen ser amplías. Una alternativa a esa complicación podría estar en el incremento en el capital social, en la parte fija o variable de la empresa, que precisamente, asegure y garantice el financiamiento, pues el monto del capital social de una sociedad mercantil es un factor que se evalúa para definir la solvencia de la empresa.

Tipos de Capital y su Incremento

Para ello es menester primero, analizar el tipo de sociedad mercantil en la que se haya formalizado la empresa, a efecto de ubicar si se encuentra en la modalidad de capital variable como ocurre con la gran mayoría de ellas, como la sociedad anónima, la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad en comandita simple o por acciones, entre otras. El capital fijo es la aportación inicial en una sociedad y por ende es el capital imposible de retirar; mientras que el capital variable es el que es objeto de fluctuación, a la baja, hasta llegar al mínimo, o al alza, desde luego, sin ningún límite, salvo que se hubiese marcado un tope máximo en el contrato social, pues entonces debe respetarse ese límite fijado como máximo en dicho contrato.

Debe recordarse que, a merced de enmiendas legislativas, se han eliminado los mínimos de capital como requisito para la constitución de la sociedad anónima o de la sociedad de responsabilidad limitada; en tanto que para las demás formas reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) no era necesario el límite inferior aludido, a excepción de las sociedades que necesitan un capital establecido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o por la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas, entre otras. Todo lo cual importaba que el capital fijo no pudiera ser inferior a lo previsto en la legislación: con esta reforma, ahora ya no es necesario respetar el mínimo de capital fijo que antes marcaba la LGSM, sino sólo el mínimo que cada sociedad se fije a sí misma. El incremento del capital como solución a la obtención de garantía para el financiamiento, podrá darse, entonces, en el capital fijo o en el variable, según se decida con base en lo más pertinente para la sociedad mercantil en cuestión.

Métodos para Incrementar el Capital Social

Para hacerlo, la primera opción está en la capitalización de utilidades. De no existir utilidades o no ser viable, la alternativa puede radicar en la valuación integral de la empresa, lo que incluye la infraestructura, los bienes inmuebles, los bienes muebles: maquinaria y equipo, equipo de transporte, herramientas, mobiliario, inventarios, etc., así como bienes intangibles: marcas, recursos humanos capacitados, dominios, entre otros. Cuando se ha logrado la valuación, el valor determinado de tales bienes se capitaliza e incrementa el capital social.

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Aspectos Legales y Regulatorios

La Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada el 4 de agosto de 1934 cuya última reforma fue en 2018, indica en el Art. 87 que la “Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones”. Hay un capítulo dedicado a la liquidación de sociedades, para lo cual primero se tienen que disolver. Una de las causas de disolución es la perdida de dos terceras partes de su capital social.

La NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros, menciona que el capital contable: “es el valor residual [Énfasis: si quedara algo] de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos”. Surge por aportaciones de los propietarios -el capital social-, por transacciones y otros eventos. “Desde el punto de vista legal, el capital contable representa para los propietarios de una entidad lucrativa su derecho sobre los activos netos y se ejerce mediante su reembolso o el decreto de dividendos”. De acuerdo con su origen, el capital contable se clasifica en capital contribuido y en capital ganado.

Las reservas de capital se crean mediante una asignación de utilidades acumuladas para un fin específico. También se menciona que “En caso de que los propietarios absorban pérdidas de la entidad, entregando efectivo o bienes, o asumiendo pasivos, los importes correspondientes deben considerarse como una reducción de las pérdidas acumuladas”. En caso de que así lo hicieran, pero no tendrían la obligación. No se pudiera ir en contra del patrimonio personal de los socios.

Asambleas de Accionistas y Decisiones sobre el Capital

“Artículo 178.- La Asamblea General de Accionistas es el Organo Supremo de la Sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación, por el Administrador o por el Consejo de Administración. En los estatutos se podrá prever que las resoluciones tomadas fuera de asamblea, por unanimidad de los accionistas que representen la totalidad de las acciones con derecho a voto o de la categoría especial de acciones de que se trate, en su caso, tendrán, para todos los efectos legales, la misma validez que si hubieren sido adoptadas reunidos en asamblea general o especial, respectivamente, siempre que se confirmen por escrito.

Dicho artículo establece que la Asamblea General de Accionistas es la máxima autoridad dentro de la sociedad, y tiene la facultad de aprobar y confirmar todas las operaciones y actos de la entidad, con la obligación de ser ejecutadas por el representante designado por dicha entidad. “Artículo 179.- Las Asambleas Generales de Accionistas son ordinarias y extraordinarias.

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“Artículo 182.- Son asambleas extraordinarias, las que se reúnan para tratar cualquiera de los siguientes asuntos:

  1. Prórroga de la duración de la sociedad;
  2. Disolución anticipada de la sociedad;
  3. Aumento o reducción del capital social;
  4. Cambio de objeto de la sociedad;
  5. Cambio de nacionalidad de la sociedad;
  6. Transformación de la sociedad;
  7. Fusión con otra sociedad;
  8. Emisión de acciones privilegiadas;
  9. Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce;
  10. Emisión de bonos;
  11. Cualquiera otra modificación del contrato social, y
  12. Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial.

De la lectura de los artículos anteriores, específicamente derivado del artículo 182, fracción III, pudiéramos asegurar que el aumento deberá realizarse a través de una asamblea extraordinaria. Al analizar dicho capitulo encontramos diversos preceptos legales que establecen que las sociedades que estén constituidas como sociedades de capital variable, bajo el principio de especialidad normativa, se rigen por las disposiciones del capitulo en cuestión y posteriormente por las del tipo de sociedad especial bajo el cual se hayan constituido.

“Artículo 216.- El contrato constitutivo de toda sociedad de capital variable, deberá contener, además de las estipulaciones que correspondan a la naturaleza de la sociedad, las condiciones que se fijen para el aumento y la disminución del capital social. En las sociedades por acciones el contrato social o la Asamblea General Extraordinaria fijarán los aumentos del capital y la forma y términos en que deban hacerse las correspondientes emisiones de acciones.

La respuesta corta es no. Aunque la sociedad de capital variable pueda realizar el aumento de capital social en su parte variable por medio de una asamblea ordinaria, será siempre necesario registrar dicho aumento en el libro de variaciones de capital. En conclusión, si nuestra sociedad mercantil se encuentra constituida como una sociedad de capital variable, podremos realizar los aumentos en la parte variable del capital mediante una asamblea ordinaria, para lo cual deberemos atender también a la forma y términos estipulados dentro de los estatutos de la propia sociedad.

“SOCIEDADES DE CAPITAL VARIABLE. Si bien es cierto que el artículo 182, fracción III, de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que en las asambleas extraordinarias se tratarán, entre otras cosas, el aumento o reducción del capital social, también lo es que, de acuerdo con el diverso 213 de esa legislación, relativo a las sociedades de capital variable, éste puede aumentarse o disminuirse sin más formalidades que las establecidas en el capítulo VIII del propio ordenamiento. Por tanto, en este último supuesto, basta la anotación de la modificación correspondiente en el libro de registros de variaciones de capital social de la empresa, conforme a los principios de autonomía de las partes y libertad contractual, así como al derecho humano de libertad de asociación, es decir, es innecesario que se celebren asambleas extraordinarias y, consecuentemente, que las actas que de ellas deriven se protocolicen ante fedatario público o el Registro Público de Comercio, pues ello contravendría el indicado capítulo VIII, así como la autonomía de la sociedad para su autorregulación.

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En Vega, Guerrero y Asociados creemos que la materia de gobierno corporativo es imprescindible en cualquier empresa; por lo que el asesoramiento referente a los aumentos o disminuciones del capital social es una necesidad cotidiana para las operaciones de cualquier sociedad mercantil. En las sociedades por acciones el contrato social o la Asamblea General Extraordinaria fijarán los aumentos del capital y la forma y términos en que deban hacerse las correspondientes emisiones de acciones.

Artículo 217En la sociedad anónima, en la de responsabilidad limitada y en la comandita por acciones, se indicará un capital mínimo que no podrá ser inferior al que fijen los artículos 62 y 89. Queda prohibido a las sociedades por acciones, anunciar el capital cuyo aumento esté autorizado sin anunciar al mismo tiempo el capital mínimo. (ARTÍCULO DEROGADO D.O.F.

Un mecanismo de financiamiento a las entidades comúnmente utilizado es aquél que los accionistas realizan de manera directa a la entidad, acordando aportar dinero o bienes para futuros aumentos de capital. Las reservas, junto con el capital social en acciones y otros instrumentos de patrimonio propio, forman la sección de patrimonio de los accionistas del balance general o estado de situación de una entidad.

El Marco Conceptual de las Normas de Información Financiera Internacionales (IFRS, por sus siglas en inglés) y de las Normas de Información Financieras Mexicanas (NIFs) establecen que el patrimonio es la participación residual en los activos de la entidad, después de deducir todos sus pasivos.

El Debe y el Haber en la Contabilidad

Los términos “debe” y “haber” constituyen el fundamento de la contabilidad financiera. Para el ciudadano de a pie, son términos relacionados con el comercio y los negocios, aunque también aparezcan en su vida cotidiana: ¿tiene un descubierto en el banco, esto es, la cuenta está en “debe”? ¿Tiene (“haber”) dinero en la cuenta?

El empresario ha de hacer un ejercicio más complejo, puesto que estos dos conceptos son el núcleo de la clásica contabilidad de partida doble y aquí tienen un significado más bien formal: “haber” no significa exactamente que se “tenga” algo. Vamos a aclararlo a continuación.

Contabilidad de Partida Doble

“Debe” y “haber” son dos conceptos que proceden de la contabilidad de partida doble, que es la contabilidad financiera tal y como se conoce a día de hoy y que se recoge en los principios de contabilidad generalmente aceptados. En la contabilidad de partida doble, cada operación se registra dos veces, en el debe de una cuenta y en el haber de otra. Esta anotación doble se denomina registro o asiento contable porque da cuenta de la entrada y salida de patrimonio de una empresa.

¿Por qué se ha de registrar dos veces? Porque en contabilidad se considera que “no hay deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor”, es decir, en una empresa, si un elemento patrimonial aumenta, es porque otro disminuye (p. ej., compro mercancías, efectúo un pago por ellas). Es por ello que toda operación financiera tiene un efecto doble en el patrimonio y se apunta como entrada en una cuenta contable y como salida de otra.

Definición de Cuenta Contable

La cuenta contable es el instrumento que permite identificar, clasificar y registrar un elemento o hecho económico realizado por una empresa. Suele utilizarse la clásica representación en forma de T, porque permite reflejar los distintos elementos de una operación financiera.

¿Qué son el debe y el haber en contabilidad?

En la actividad propia del negocio, cada día se producen transacciones que han de quedar registradas en el libro diario y que implican al menos a dos cuentas, creando los llamados asientos contables. Los asientos contables están formados por una anotación en el debe y otra en el haber, en función de la cuenta de que se trate, debiendo quedar igualados en base al postulado mencionado antes (lo que por un lado aumenta, disminuye por otro). Esta anotación “doble” es la que da nombre a la contabilidad de partida doble.

Este principio de contabilidad tiene su origen en la primera mitad del siglo XV en el contexto comercial del norte de Italia y ha perdurado sin muchos cambios hasta nuestros días. Al respecto del origen de la terminología, una explicación apunta que debe y haber podrían haberse derivado paulatinamente de la denominación italiana de ambas columnas como “debe dare” (debe dar) y “debe avere” (debe tener).

¿Qué se anota en el debe y el haber?

Si bien ambos términos tienen un origen etimológico que se remonta a la Edad Media, hoy su significado es puramente formal: el debe se escribe a la izquierda de la cuenta y el haber, a la derecha. Los ingresos y los débitos se apuntan en el debe de una cuenta, reflejando un cargo a la cuenta. Los gastos y los créditos se anotan en el haber, reflejando un abono en la cuenta.

El debe y el haber reflejan los movimientos en cada cuenta dependiendo de si son de activo o de pasivo:

  • Las cuentas de activo (bienes y derechos de la empresa) incrementan su valor con anotaciones en el debe y disminuyen su valor con anotaciones en el haber.
  • Al contrario, las cuentas de pasivo (obligaciones con terceros) y de patrimonio aumentan su valor con anotaciones en el haber y disminuyen su valor con anotaciones en el debe.

Una vez sepas si la cuenta es de activo o de pasivo, sabrás si has de cargarla o abonarla en función de si crece o disminuye.

Cargar y abonar las cuentas contables

Las cuentas contables representan procesos económicos y permiten medir cómo aumenta o disminuye el patrimonio de la empresa. Para distinguir ambos hechos, las cuentas se dividen en dos partes, como explicamos arriba, la del debe en la parte izquierda y la del haber en la derecha. Una cuenta puede incrementar o reducir su saldo según la operación. Se dice que se carga una cuenta cuando se registra una operación en el debe y que se abona cuando se registra en el haber.

Nota Otra forma de entender el debe y el haber: en el debe se registran el aumento de las inversiones y la reducción de las finanzas y, en el haber, las reducciones de las inversiones y el aumento de la financiación. Una cuenta se carga cuando aumenta el activo y cuando disminuye el pasivo y el capital.

Partiendo de un importe en metálico en caja de 2000 €, una tienda efectúa un pago de 500 € a proveedores y después un cobro de 750 € de clientes. Esta operación afecta a dos cuentas (pagos a proveedores y cobros de clientes) y la suma de los importes de las cuentas cargadas ha de coincidir con la suma de los importes de las cuentas abonadas en el libro mayor. Para saber qué saldo tenemos en la cuenta de Caja solo hay que restar el total en el haber al total en el debe. Como vemos en la tabla, la cuenta de Caja tiene un saldo deudor de 2250 €: esto es lo que hay de efectivo en caja para hacer frente a otros pagos.

Saldo de una cuenta

En contabilidad, el saldo es la diferencia entre el debe y el haber y puede ser de tres tipos:

  • Deudor, cuando el importe en el debe es mayor que en el haber.
  • Acreedor, cuando el importe del haber es mayor que en el debe.
  • Cero, cuando ambas sumas son iguales. Se dice entonces que la cuenta está “saldada” o cerrada.

Por definición, las cuentas de activos, que representan bienes y derechos, han de tener saldo deudor. No se pueden tener cantidades negativas de bienes y derechos. Si, por ejemplo, tenemos un saldo acreedor en la cuenta de activo de Bancos, será porque hay un descubierto bancario (hemos pagado más con esta cuenta de lo que hemos ingresado). La diferencia se obtiene restando el haber al debe.

La lógica de las cuentas de pasivo es exactamente la contraria. Lo normal es que los importes en el haber sean superiores al debe porque las cuentas de pasivo aumentan en el haber, es decir, que la cuenta ha de tener saldo acreedor. La diferencia se obtiene restando el debe al haber.

El balance de sumas y saldos

El balance de sumas y saldos o de comprobación se realiza antes de cerrar el ejercicio para que los saldos reflejen la realidad (si no, reflejarían cero) y se utiliza para confirmar que las operaciones se han registrado correctamente. Para reflejar que la contabilidad del ejercicio está cuadrada, las sumas totales del debe y el haber y de los saldos han de dar como resultado el mismo importe.

Concepto Debe Haber
Importe inicial en caja 2000 €
Pago a proveedores 500 €
Cobro de clientes 750 €
Totales 2750 € 500 €
Saldo deudor 2250 €

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