En el ámbito del derecho procesal, la declaración de parte y su respectivo interrogatorio constituyen herramientas fundamentales para el esclarecimiento de los hechos. Los interrogatorios en un proceso judicial civil forman parte de la estrategia de los abogados para demostrar que el testimonio de su defendido es verdadero junto con las pruebas adjuntas a las declaraciones del interrogatorio. Además, cada parte podrá solicitar del tribunal el interrogatorio de las demás sobre hechos y circunstancias que guarden relación con el objeto del juicio.
El momento procesal para solicitar y anexar el interrogatorio
Para determinar cuándo se anexa o se solicita esta prueba, es necesario acudir a las normativas del procedimiento civil. En lo que concierne al interrogatorio de parte, el artículo 198 del CGP establece que el juez, de oficio o a solicitud de parte, puede ordenar la citación de las partes para que se les interrogue sobre los hechos relacionados con el proceso.
Es muy importante destacar que el interrogatorio de parte no tiene como finalidad que la parte interesada solicite su propia citación para presentar de forma verbal una sustentación de su demanda ni una ratificación de esta. Su oportunidad para afirmar todo aquello que le constara en su favor fue en la etapa introductoria del proceso, esto es, en la demanda y/o en la reforma de la misma. Por lo tanto, el pliego de preguntas o la solicitud del interrogatorio de la contraparte debe presentarse en los momentos de ofrecimiento de pruebas determinados por la ley procesal aplicable.
Estrategia legal: ¿Cuándo es conveniente solicitarlo?
Si eres abogado principiante y quieres saber cuándo es el mejor momento para pedir el interrogatorio de la parte contraria y cuándo no en un procedimiento judicial civil, debes analizar detenidamente cada escenario. No todas las circunstancias de un procedimiento son favorables para pedir un interrogatorio de la parte contraria. Hay que tener en cuenta que, en un procedimiento judicial civil, únicamente están obligados a decir la verdad los testigos citados para esclarecer los hechos y los peritos expertos en materias requeridos en el procedimiento. Esto hay que tenerlo muy presente para elaborar la estrategia de defensa o ataque de un abogado y que un interrogatorio solicitado no le juegue en contra de su defendido.
En situaciones límite, como cuando una de las partes tiene desventaja en su testimonio y no tiene más argumentos que aportar, puede ser una de las situaciones en las que se puede solicitar un interrogatorio de la otra parte. Además, el abogado solicitante del interrogatorio debe analizar a la otra parte para ver si puede perjudicarle exponer su testimonio ante el juez. Para ello, es conveniente tener en cuenta el género de la otra parte, su edad, sus fortalezas y vulnerabilidades.
Lea también: Guía para Acreditar IVA Retenido
Reglas para la formulación del interrogatorio
El artículo 287 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares señala que tanto el interrogatorio formulado para el desahogo de la prueba de declaración voluntaria de parte propia y de parte contraria deberá ajustarse a las siguientes reglas:
- I. Las preguntas se formularán de manera oral, libre y directa sin incorporar valoraciones ni calificaciones, de manera que puedan ser comprendidas con facilidad por quien ha de declarar;
- II. Estar dirigido a demostrar hechos controvertidos que sean objeto de la litis;
- III. Estar formulado en términos sencillos, claros y precisos;
- IV. Referir sobre hechos percibidos o con conocimiento de la parte respectiva, y no a conceptos subjetivos u opiniones;
- V. Podrán formularse respecto de hechos complejos;
- VI. Las preguntas no podrán ser insidiosas, entendiéndose por tales las que se dirijan a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, con objeto de obtener una confesión contraria a la verdad;
- VII. Las preguntas no serán repetitivas;
- VIII. No se permitirán preguntas sobre cuestiones de derecho o desconocidas técnicamente por la parte respectiva, y
- IX. Podrán formularse preguntas abiertas, caso en el cual la persona responderá ampliamente; o cerradas, supuesto en el cual deberá responder primero categóricamente, afirmando o negando, sin perjuicio de realizar las aclaraciones pertinentes.
Asimismo, las objeciones que realizará la contraparte del oferente se presentarán cuando las preguntas sean ambiguas, poco claras, conclusivas, impertinentes, irrelevantes, argumentativas, o que tiendan a ofender al testigo, o que pretendan coaccionarlos, entre otras.
Desarrollo de la diligencia en el juicio
Cuando se lleva a cabo un interrogatorio, inicia interrogando la parte que haya solicitado dicho interrogatorio y preguntará al interrogado de manera que éste pueda contestar directamente tras formularse la pregunta. Las demás partes también podrán interrogar, primero aquéllos que ocupen la misma posición procesal. En todo caso, el juez decidirá sobre la admisibilidad de las preguntas en el mismo acto en que se lleve a cabo el interrogatorio, rechazando las preguntas que sean impertinentes y encargándose de la ordenación del interrogatorio.
Durante el desahogo de la prueba se deben seguir las siguientes dinámicas:
- La parte interrogada deberá contestar a todas las preguntas que se le formulen y observaciones que el tribunal admita y realice por ser convenientes para el esclarecimiento de los hechos.
- Una vez respondidas las preguntas formuladas por el abogado de quien solicitó la prueba, los abogados de las demás partes y el de aquella que declarare podrán, por este orden, formular al declarante nuevas preguntas.
- Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el representante de la persona jurídica, tendrá que responder según sus conocimientos y el origen de ellos y habrá de identificar a la persona que sí hubiera intervenido en aquellos hechos.
Tipos de interrogatorios en el juicio oral
Para los juicios orales, existen varios tipos de interrogatorios. Cada uno de ellos cumple un propósito y sigue reglas específicas para garantizar el proceso. Entre ellos se encuentran:
Lea también: Contabilidad en México: Un recorrido histórico
- Interrogatorio directo: El abogado presenta su propio testigo, buscando obtener un relato claro, coherente y detallado que respalde la teoría del caso.
- Contrainterrogatorio: Es la oportunidad que tiene el abogado de la parte contraria para cuestionar al testigo presentado por la parte inicial, buscando desacreditar el testimonio o exponer contradicciones.
- Interrogatorio indirecto: Se utiliza para profundizar en detalles o abordar puntos que quedaron vagos en la declaración inicial.
- Interrogatorio redirecto: Permite aclarar aspectos confusos o refutar posibles ataques que surgieron en el contrainterrogatorio.
- Re-contrainterrogatorio: Etapa posterior en la que el abogado litigante desea contrarrestar lo expuesto en el interrogatorio indirecto o el redirecto.
Ejemplo de preguntas para la declaración de parte
Con motivo de la prueba de declaración de parte ofrecida dentro de un juicio ordinario civil, las preguntas del pliego o del interrogatorio formulado pueden estructurarse bajo el siguiente esquema práctico:
- Que es cierto que conoce el predio denominado ubicado en la dirección correspondiente.
- Que diga el declarante el tiempo que permaneció en el interior de su domicilio que se ubica en el mismo predio que refiere en su escrito de demanda.
- Que diga el declarante la hora en que visitó el domicilio acompañado como lo dice en su escrito de demanda.
- Que diga el declarante el nombre de la persona o personas que le acompañaron a visitar la casa construida en el inmueble que se menciona en el escrito de demanda.
- Que diga el declarante quién o quiénes revisaron las habitaciones que menciona en su escrito de demanda materia de la presente litis.
Lea también: Evolución del SAT
