En España, tanto las empresas como los autónomos actúan como agentes de cobro. Esto significa que facturan a sus clientes productos o servicios sujetos al impuesto al valor agregado (IVA), recaudan el importe del impuesto correspondiente y lo abonan a la Agencia Tributaria (AEAT). Para ello, los profesionales de negocios deben completar formularios fiscales como el formulario 303, que se utiliza para procesar las declaraciones trimestrales de IVA. Si bien el proceso de cobro del IVA es relativamente sencillo, puede haber situaciones en las que los pagos a la AEAT no se realicen a tiempo.
En estos casos, la AEAT tiene la autoridad para imponer sanciones. Las sanciones en materia de IVA son medidas que adopta la AEAT cuando identifica irregularidades relacionadas con las obligaciones de IVA de una empresa. Estas sanciones pueden incluir multas, que pueden variar en función de factores como la gravedad y intencionalidad de las actuaciones del recaudador del IVA.
La AEAT impone sanciones relacionadas con el IVA principalmente para cobrar el importe adeudado y evitar posibles pérdidas gubernamentales.
Tipos de Sanciones Relacionadas con el IVA
Las sanciones relacionadas con el IVA en España se dividen en tres categorías:
- Recargos: Una multa que es un porcentaje del monto adeudado. Este porcentaje puede aumentar en función del tiempo que el contribuyente se haya demorado en hacer frente a su IVA vencido.
- Sanciones económicas: Una multa fija o proporcional.
- Fija: El importe que se debe pagar es constante; no fluctúa en función de la infracción.
- Proporcional: El importe que se debe pagar varía en función del importe del IVA adeudado a la AEAT. Cuanto mayor sea el monto adeudado, mayor será la posible multa.
- Responsabilidad penal: Una sanción que conlleva consecuencias penales porque el acto está clasificado como delito.
Sanciones por Infracción en las Declaraciones del IVA
Las sanciones impuestas por la AEAT varían significativamente en función de la infracción, su gravedad y si se trata de una reincidencia. Las sanciones también varían en función de si la devolución tardía del IVA es positiva o negativa (es decir, la empresa le debe a la AEAT o la AEAT le debe a la empresa).
Lea también: Cálculo de Impuestos
Si el resultado de la devolución tardía del IVA es cero o negativo
Los profesionales de negocios a veces piensan que están exentos de presentar una declaración de IVA si no han realizado ninguna venta durante el trimestre. Sin embargo, la ley del IVA establece que, a efectos informativos, debe presentarse una declaración en la que se indique que no se ha producido ninguna actividad económica durante el período impositivo.
Además, ten en cuenta que si una empresa adquirió bienes o servicios para una actividad profesional a pesar de no haber registrado ventas, puede pedir una compensación o una devolución del IVA. Si el resultado de la devolución es cero o negativo, es decir, que la empresa pagó más IVA del recaudado y la AEAT ahora debe compensarlo o devolverlo, la empresa seguirá estando sujeta a una sanción si su presentación se produjo fuera de plazo.
El tipo de sanción dependerá de si la declaración se realiza antes o después de que la AEAT envíe un requerimiento de pago.
- Antes de recibir un requerimiento de pago: multa económica fija de €100
- Tras recibir un requerimiento de pago: multa económica fija de €200
Si el resultado de la declaración tardía del IVA es positivo
Independientemente del motivo por el que se produzca un retraso en la declaración del IVA (error u olvido de un plazo, problemas de salud, fondos insuficientes, etc.), se aplicará un recargo o penalización al importe adeudado.
Antes de recibir un requerimiento de pago
Si un recaudador de IVA presenta una declaración de IVA tardía con resultado positivo antes de recibir un requerimiento de pago, se aplicará un recargo porcentual sobre el importe adeudado. El porcentaje corresponde a cuánto tiempo después de un plazo se declara el IVA.
Lea también: Guía Paso a Paso del ISR por Venta Inmobiliaria
- Entre 1 día y 3 meses: 5 %
- Entre 3 meses + 1 día y 6 meses: 10 %
- Entre 6 meses + 1 día y 12 meses: 15 %
- Más de 12 meses + 1 día: 20 % + intereses de demora del 4.0625 %
Para liquidar estos recargos, los agentes recaudadores del IVA pueden acudir presencialmente a una oficina de la AEAT o completar el formulario específico para este trámite por Internet. Como alternativa, las empresas pueden completar el formulario 303 como de costumbre para la declaración trimestral del IVA.
Tras introducir todos los datos, en "Importe de los ingresos", aparecerá el importe adeudado, que reflejará el total, incluyendo el recargo correspondiente aplicado.
Después de recibir un requerimiento de pago
Si la AEAT ha enviado una liquidación tributaria, impondrá una sanción económica en función de la gravedad de la situación. Las multas oscilan entre un mínimo del 50 % para las infracciones leves y un máximo del 150 % para aquellas que se consideran muy graves.
Gravedad de las Infracciones
Cuando se produce una infracción, se debe evaluar la gravedad de la situación para determinar la sanción aplicable. Si el propietario de un negocio recibe una notificación de la AEAT, la sanción variará en función del tipo de infracción.
Menor
Para ser considerada menor, el importe máximo del IVA adeudado por infracción es de €3,000, independientemente de si se ocultó a la AEAT de forma intencional o no intencional. Si el importe del IVA vencido de la infracción supera los €3,000.01, la infracción también se considerará menor, siempre y cuando no se haya ocultado la información.
Lea también: Visión Detallada del ISR en México
En ambos casos, la sanción es del 50 % del importe del IVA no pagado.
Grave
La infracción se considera grave si el importe del IVA vencido es de al menos €3,000.01 y se ocultó información a la AEAT. Si el monto es menor, aún se considera grave si el contribuyente ha cometido una o más de las acciones a continuación.
- Del importe total vencido, el 50% o menos corresponde al IVA repercutido, que es el IVA que se cobra a los clientes a través de las facturas emitidas.
- Del total del importe vencido, entre el 10.01 % y el 50 % no se ha abonado a la AEAT por errores en la confección de los libros de registro de IVA.
- El contribuyente utiliza facturas u otros documentos contables que son incorrectos pero no se consideran fraudulentos, y no representan más del 10 % del monto total adeudado. Es decir, los documentos no se usaron para engañar deliberadamente a la AEAT.
En el caso de una infracción grave, la sanción es una multa proporcional que oscila entre el 50 % y el 100 % del importe del IVA adeudado. El porcentaje varía según la frecuencia con la que el contribuyente ha cometido infracciones y la pérdida económica para el gobierno.
Muy grave
Si una empresa oculta el IVA cobrado a los clientes, y dicho importe es superior al 50 % del IVA repercutido declarado, o si se utilizan medios fraudulentos en los términos definidos por la Ley 58/2003, se calificará como infracción muy grave.
Cómo Evitar Sanciones Relacionadas con el IVA
Si bien estas sanciones pueden ser bastante altas, están diseñadas para ser disuasorias y no son difíciles de evitar. Estos son algunos consejos para garantizar que las empresas cumplan siempre con sus obligaciones en materia de IVA.
- Declara el IVA a tiempo: Presenta el formulario de impuestos necesario para declarar el IVA antes de la fecha de vencimiento, incluso si la empresa no ha realizado ninguna actividad comercial. Esto implica utilizar los formularios necesarios para la presentación cuando el agente recaudador del IVA obtiene el certificado de condición de persona sujeta al IVA, incluidos los siguientes: Formularios 036, 037, 035, 347, 349 y 390. Ten en cuenta que el formulario 390 no es necesario si la información se presenta a través del Suministro inmediato de información (SII).
- Infórmate sobre las tasas de IVA de España: Infórmate sobre las diferentes tasas de IVA en España y utiliza los porcentajes correctos en las facturas de la empresa.
- Acuérdate de utilizar el modelo 347: Ten en cuenta que, si bien las empresas no tienen que pagar impuestos por las transacciones que no están sujetas al IVA, tienen que declararlas mediante el formulario 347.
- Ingresa la información correcta: Asegúrate de que la información de todas las facturas se ingrese con precisión, o dichas facturas se considerarán no válidas.
- Cobra los importes correctos de IVA: Asegúrate de que se apliquen los importes correctos de IVA en todas las transacciones.
- Mantente al día sobre cualquier cambio normativo: La AEAT podrá introducir en cualquier momento cambios que puedan alterar por completo la forma de autoliquidar los impuestos, como las medidas que se implementaron el 1 de julio de 2021 en relación con el IVA para ecommerce. El desconocimiento de los últimos cambios no exime a los agentes recaudadores del IVA de cumplirlos.
IVA en el Comercio Electrónico
Vender productos o comercializar servicios a través de Internet ofrece numerosas ventajas respecto a hacerlo exclusivamente desde una ubicación física. Así pues, no sorprende que cada vez haya más negocios que deciden dar el paso hacia el comercio electrónico o e-commerce: según los datos del INE, más del 31 % de las empresas con diez o más empleados vendió en línea a lo largo de 2022.
Si tú también quieres lanzar un e-commerce, deberás conocer las particularidades del IVA para el comercio electrónico porque, como cualquier empresa que opere en España, deberás recaudar el IVA y transferir la cantidad correspondiente a Hacienda. En el caso del e-commerce, todos los comercios electrónicos españoles y las empresas extranjeras que hayan vendido productos en España deberían mantenerse al día sobre las particularidades del IVA en el comercio electrónico.
En líneas generales, debes saber que, tras recaudar el IVA, tendrás que declarar ese importe y devolverlo a Hacienda. Para ello, cada producto que vendas o servicio que ofrezcas ha de incluir obligatoriamente el impuesto, salvo que puedas acogerte a alguna de las excepciones de las transacciones no sujetas a IVA.
El porcentaje de IVA en el comercio electrónico varía en función de la categoría a la que pertenezcan los bienes de consumo gravados. El tipo impositivo general es del 21 %, pero existen diferentes tipos de IVA en España en 2024. Los productos y servicios que se incluyen bajo cada tipo impositivo cambiaron ligeramente tras la última actualización de la Ley del IVA, así que te recomendamos que consultes el listado completo.
Cambios en el IVA en el Comercio Electrónico (2021)
El 1 de julio de 2021, se introdujeron nuevas normas del IVA en el comercio electrónico, pensadas en gran medida para reducir el fraude, un problema fiscal que se da habitualmente en las transacciones online -especialmente en las ventas transfronterizas-. El otro gran objetivo de la UE es simplificar el proceso de tributación en las transacciones intracomunitarias (es decir, entre distintos países de la Unión Europea). Aquí tienes un breve resumen de los tres cambios principales que se han introducido en este sentido:
- Creación de la ventanilla única del IVA: también conocida como VAT OSS (por la siglas en inglés de «One-Stop Shop»), es un sistema electrónico que agiliza y simplifica muchas de las obligaciones fiscales de una tienda online. Anteriormente, solo estaba destinada a servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, pero, tras los últimos cambios legislativos, la ventanilla única abarca cualquier otro tipo de servicio. Si se trata de un intercambio comercial de carácter transfronterizo, podrás declarar el IVA desde este portal online.
- Cambios a la exención de IVA: si bien anteriormente las importaciones de productos por valor de menos de 22 € estaban exentas de IVA, desde la actualización de julio de 2021, hay que tributar el porcentaje correspondiente independientemente del importe del producto. Aunque este cambio afecta a cualquier e-commerce, los más perjudicados son los negocios de dropshipping (en los que un comercio minorista no compra los bienes que vende ni gestiona inventarios, sino que se limita a hacer llegar los pedidos del cliente final al proveedor que los distribuye), porque suelen vender productos cuyo valor es inferior a 22 €.
- Mismo umbral para los países de la UE: todo comercio electrónico que supere el umbral de 10.000 € en facturación a clientes de otro Estado de la Unión Europea deberá generar las facturas con el IVA del país de destino. Anteriormente, el umbral lo definía cada país, pero la nueva ley ha simplificado el proceso introduciendo un único límite para todos los países de la UE. Si no se supera el umbral de 10.000 €, el e-commerce puede tributar en su propio país.
Normativa Sobre el IVA en Comercios Electrónicos
Las reglas de localización del IVA determinan si los comercios electrónicos han de emitir facturas con o sin este impuesto indirecto en función del país de residencia del cliente, tal como indica la Ley 37/1992.
Si vendes tus productos u ofreces servicios desde España, deberás valorar cuál de los siguientes escenarios refleja tu situación:
- Vendes bienes de consumo a través de un comercio electrónico cuya sede fiscal está en España y el importe de los productos o servicios lo pagan clientes que residen en el territorio peninsular o en las Islas Baleares. Si se cumplen ambas condiciones, cualquier factura deberá emitirse con el correspondiente IVA.
- Vendes bienes de consumo que se exportarán de España a otro país o al territorio español que no se incluye en el apartado anterior. Este caso presenta distintas variantes:
- Cliente particular que vive en la Unión Europea. Hay que facturar el IVA asociado al bien de consumo en cuestión.
- Cliente profesional (autónomo o empresa) que vive en la Unión Europea. No hay que tramitar la facturación del IVA al ser una transacción intracomunitaria. Será el cliente profesional el encargado de abonar el impuesto en el país donde reside; la empresa deberá especificar su número del IVA europeo (también conocido como «VAT ID»). Si el cliente no proporciona un número del IVA europeo válido, sí tendrás que generar una factura con el IVA que se aplique en tu país (igual que en el caso anterior con clientes particulares).
- Cliente particular o profesional que vive en alguno de los siguientes territorios de España: Ceuta, Melilla o las Islas Canarias. Aunque los bienes de consumo gravados se compren dentro del territorio español, las transacciones se consideran exportaciones. Así pues, las facturas no incluirán el IVA, sino que se aplicará el impuesto equivalente de estos territorios, es decir, el IGIC en las Islas Canarias o el IPSI en Ceuta y Melilla.
- Clientes que viven fuera de la Unión Europea. Estas ventas de bienes de consumo están exentas de IVA. Aunque el IVA en las exportaciones no se pague, esto no significa que la persona que compra el producto o contrata el servicio se libre de pagar impuestos. En concreto, debe abonar el gravamen que especifica el país desde el que tramita el pago.
Cómo Gestionar el IVA en un Comercio Electrónico
- Calcular el IVA:
- Determina la base imponible de la venta, es decir, el importe sin el IVA aplicado.
- Haz el cálculo del IVA. La fórmula es la siguiente: Base imponible × (porcentaje de IVA ÷ 100).
- Calcula el importe total. Suma la cifra obtenida en el paso anterior a la base imponible.
- Liquidar el IVA:
Tramitar la liquidación del IVA, es decir, devolverle al Estado la cantidad recaudada.
Facturar a Clientes en el Extranjero
En el nuevo entorno de negocios global, en el cual tu empresa se puede encontrar más cerca que nunca de trabajar con clientes en el extranjero, es de suma importancia el poder dominar el esquema de facturación apropiado para dichas transacciones.
Si necesitas emitir una factura (CFDI) a un cliente en el extranjero, es necesario que contemples diferentes situaciones para no confundir los requisitos de los comprobantes del país del propio cliente con las disposiciones fiscales de México (SAT).
Puntos a tomar en cuenta al facturar a clientes en el extranjero:
- No todos los servicios al extranjero se facturan a la tasa del 0%, la ley fiscal tiene muy definidos los servicios que entran dentro de este supuesto, específicamente en la Ley del Impuesto al Valor Agregado:
- Asistencia técnica, servicios técnicos relacionados con ésta e informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.
- Operaciones de maquila y submaquila para exportación en los términos de la legislación aduanera y del Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.
- Publicidad.
- Comisiones y mediaciones.
- Seguros y reaseguros, así como afianzamientos y reafianzamientos.
- Operaciones de financiamiento.
- Filmación o grabación, siempre que cumplan con los requisitos que al efecto se señalen en el reglamento de esta Ley.
- Servicio de atención en centros telefónicos de llamadas originadas en el extranjero, que sea contratado y pagado por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
- Servicios de tecnologías de la información.
Recuerda asegurarte de que dichos servicios sean contratados y pagados por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país, mediante cheque o transferencias de fondos directamente a la cuenta del prestador de servicios.
- Es importante verificar que el código del producto con el que realizas tu CFDI coincida con la operación que estás realizando, ya que si utilizas un código incorrecto, el SAT pudiera asumir que estás realizando operaciones que agraven a la tasa del 16% de IVA.
