La devolución del saldo a favor es sin duda el momento favorito de cualquier contribuyente. Esto sucede cuando pagaste más de lo que debías en el momento de realizar el cálculo de tus impuestos. Se trata de la posibilidad de obtener de regreso los montos o una parte de estos, que se hayan pagado de forma indebida, así como también el saldo a favor que haya resultado de la declaración de impuestos en el ejercicio fiscal que fue declarado. A veces se pueden desconocer los detalles y requisitos de la devolución de impuestos y creer que es algo que solo aplica para las personas morales o empresas, pero lo anterior no es así. Personas físicas o personas morales pueden seguir el proceso para solicitar la devolución de impuestos. En conformidad a la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, recuperar el saldo a favor que resulte de sus declaraciones de impuestos es un derecho de todas las personas físicas y morales.
¿Cuántos Años Atrás Puedes Solicitar tu Saldo a Favor?
Una de las preguntas más relevantes para los contribuyentes es sobre el plazo para ejercer este derecho. Es posible recuperar los saldos a favor de los últimos cinco años. Este periodo se cuenta desde la fecha en que se determinó el saldo a favor. Si por alguna razón no has solicitado el saldo a favor de años anteriores, aún puedes hacerlo. Por ley, tienes hasta 5 años para solicitar la devolución.
Para ilustrar este plazo, consideremos el siguiente ejemplo: Supongamos que en abril de 2023 presentaste tu declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 y descubriste que tienes un saldo a favor de $5,000. Este saldo a favor se determinó en abril de 2023. De acuerdo con las reglas del SAT, tienes hasta cinco años para solicitar la devolución de ese saldo a favor. Esto significa que podrás pedir la devolución de esos $5,000 hasta abril de 2028. Si lo solicitas dentro de este periodo, el SAT te devolverá el dinero, siguiendo el procedimiento correspondiente para los «años anteriores». Pasado ese plazo, pierdes el derecho a recuperar ese dinero. Por eso te recomendamos solicitar lo antes posible tu saldo a favor y no le dejes al SAT el dinero de tus impuestos.
La Declaración Anual: Un Punto Clave para tu Saldo a Favor
En México, la declaración anual es un proceso mediante el cual los contribuyentes informan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre sus ingresos, gastos, activos y pasivos, durante un ejercicio fiscal determinado. Esta declaración es necesaria para calcular el impuesto que se debe pagar al gobierno. El objetivo de la declaración es registrar los ingresos, deducciones, efectuar el cálculo de los impuestos anuales, pagar o solicitar saldo a favor y asegurar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. La declaración se presenta en el mes de abril del siguiente ejercicio fiscal.
¿En la declaración anual cuándo sale un saldo a favor? Cuando los contribuyentes realizan el cálculo de impuestos y presentan la declaración anual se pueden dar cuenta si pagaron más de lo que estaban obligados, es ahí cuando se genera un saldo a favor.
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Aunque todas las personas físicas pueden hacerla, en algunos casos es obligatoria, esto incluye a:
- Personas con un ingreso mayor a 400 mil pesos anuales
- En caso de que se haya trabajado para dos patrones diferentes durante el mismo ejercicio fiscal
- Para aquellos que hayan solicitado a sus patrones no presentar su declaración anual
- Para personas que hayan prestado servicios a entidades que no realizan la retención de impuestos, como embajadas y organismos internacionales. Por ejemplo: misiones diplomáticas o consulares, oficinas de la ONU, UNESCO, OMS, etc.
- Individuos con ingresos acumulables, como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.
- Personas que obtuvieron ingresos por jubilación, liquidación, pensión o indemnización laboral
Diferencias entre Devolución Automática y Solicitud Manual (FED)
Es fundamental entender los diferentes mecanismos para solicitar tu devolución de impuestos. La fecha oficial para presentar la declaración anual es todo abril. Sin embargo, el SAT permite recuperar el saldo automáticamente hasta el 31 de julio. Pasada esta fecha, la devolución se considera parte de los «años anteriores» y debe solicitarse manualmente a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED), utilizando obligatoriamente la firma electrónica. La principal diferencia entre la declaración anual y los años anteriores radica en el método de solicitud de la devolución.
La devolución automática se solicita al presentar la declaración anual dentro del plazo oficial (abril para personas físicas) y el SAT la procesa más rápido. Si la pides después del 31 de julio, se considera de «años anteriores»: el trámite es manual, más lento, requiere tu firma electrónica y tiene un plazo de resolución de 10 a 40 días hábiles. Por ello, siempre se recomienda presentar la declaración anual a tiempo para recibir el saldo a favor de manera automática y más rápida.
A continuación, se presenta una tabla comparativa para comprender mejor las diferencias entre ambos tipos de devolución:
| Característica | Devolución Automática (Declaración Anual) | Devolución de Años Anteriores (FED) |
|---|---|---|
| Plazo de Presentación | Abril del siguiente ejercicio fiscal | Hasta 5 años desde la determinación del saldo |
| Método de Solicitud | Automática (con la declaración anual) | Manual (Formato Electrónico de Devoluciones - FED) |
| Herramienta Requerida | Contraseña (hasta $50,000 con CLABE precargada), e.firma para montos mayores o CLABE no precargada | e.firma obligatoria |
| Plazo de Resolución | Más rápido (antes del 31 de julio) | 10 a 40 días hábiles |
Proceso para Solicitar la Devolución de Impuestos de Años Anteriores
Si necesitas solicitar devoluciones de años anteriores, es un proceso que requiere atención a los detalles. Así puedes solicitar las devoluciones de años anteriores. Es importante señalar que para hacerlo es requisito indispensable haber presentado la declaración anual correspondiente, así como el pago de impuestos de los años que vas a pedir la devolución. Antes de realizar cualquier paso, presenta la declaración anual del ejercicio pendiente, si no la has presentado. Si después de varios días no recibes tu devolución automática o el sistema no la autoriza, puedes presentar una solicitud manual mediante el Formato Electrónico de Devoluciones.
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Estos son los pasos que debes seguir para pedir el saldo a favor al SAT:
- Ingresa al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma
- Localiza la sección de Trámites
- Elige la pestaña Devoluciones y compensaciones
- Da clic en solicitud de devolución.
- Podrás ver una solicitud de llenado precargada
- Verifica que los datos sean correctos y dale aceptar
- Posteriormente, completa la información que se te solicita
- Sube los archivos con los documentos del trámite en formato .zip (los archivos no deben pesar más de 4 MB)
- Firma y envía el trámite
- Guarda o imprime tu acuse de recibo
Para hacer este trámite debes contar con e.firma vigente y tener presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT). Además, debes tener el archivo generado con el programa electrónico F3241 del SAT. Si vas a realizar el trámite en línea debes tener los siguientes documentos a la mano: e-firma o RFC y contraseña. Ten a mano tu estado de cuenta bancario, correspondiente a la cuenta a la que quieres que te depositen tu saldo a favor, el cual no debe exceder los dos meses de antigüedad, además debe contener tu RFC y el número de clabe.
Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
Tiempos de Resolución y Cómo Dar Seguimiento a tu Solicitud
Una vez presentada tu solicitud, es natural preguntarse cuánto tiempo tarda el SAT en hacer la devolución del saldo a favor. Las autoridades tributarias hacen la devolución en un plazo de 10 a 40 días hábiles como máximo a partir de la fecha en que se presentó la solicitud. De acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, las devoluciones deben efectuarse dentro de los 40 días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal.
Sin embargo, puedes dar seguimiento al trámite de devolución de la siguiente manera:
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- Ingresa al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma
- Ubica el botón INICIAR y da clic
- Llena el formulario con los datos solicitados
- Haz tu consulta
- Consulta e imprime la situación de tu solicitud de devolución
Factores que Pueden Afectar tu Devolución
Es importante estar preparado para posibles escenarios que podrían afectar el proceso de devolución. Antes de pedir tu devolución, revisa bien todos los lineamientos que pide el SAT para hacer devoluciones. Así, el monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos. Aunque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha definido un criterio que pueda usarse como referencia sobre los motivos por los cuales una devolución automática puede no proceder, la Ley del ISR y su reglamento establecen ciertos requisitos y condiciones que deben cumplirse para acceder a este derecho.
Si usted es una persona física y presentó su declaración anual en tiempo y forma, pero aún no ha recibido su devolución, es momento de hacer una revisión detallada. ¿Qué debe revisar?
- Inconsistencias en la información presentada: Verifique que los datos de ingresos, deducciones y retenciones coincidan con los reportados por terceros (empleadores, bancos, etc.). Cualquier discrepancia puede detener el proceso.
- Cuenta CLABE registrada: Asegúrese de que la cuenta bancaria registrada esté activa, a su nombre y correctamente capturada en el portal del SAT.
- Observaciones del SAT: Ingrese a su Buzón Tributario para revisar si el SAT ha emitido alguna observación o requerimiento adicional.
- Formato Electrónico de Devoluciones (FED): Si la devolución automática no procede, puede presentar el FED para solicitarla de manera manual. Este formato le permite adjuntar documentación adicional que respalde su solicitud.
Ten presente que como parte del proceso, se pueden pedir aclaraciones acerca de la devolución que fue solicitada. Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución. El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.
