Descubre Cuántos Impuestos Debe Pagar Una Empresa en España ¡No Pagues de Más!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En España, las empresas están sujetas a diversas obligaciones fiscales que varían según su forma jurídica, tamaño y actividad. Es crucial que tanto empresarios como contables se mantengan informados sobre las regulaciones fiscales actualizadas para gestionar eficazmente sus responsabilidades tributarias.

Impuesto de Sociedades (IS)

El Impuesto de Sociedades (IS) en España es una cuota tributaria que se aplica a las sociedades mercantiles y entidades jurídicas ubicadas en España. Las reglas de tributación definen una carga fiscal que varía en función de la actividad principal del negocio.

¿Quién debe declarar el Impuesto de Sociedades?

Todas las empresas registradas en España deben declarar el IS, incluyendo:

  • Sociedades mercantiles (SL, SA, UTE).
  • Sociedades civiles (como fondos de inversión, fondos de pensiones y cooperativas).
  • Sociedades agrarias y agrupaciones de interés económico (AIE).
  • Asociaciones y fundaciones (incluidas las organizaciones sin ánimo de lucro y centros educativos).

Esto incluye a las sociedades mercantiles que no hayan obtenido beneficios en el último período fiscal o estén en proceso de venta o liquidación. Sin embargo, no todas las empresas deben pagar la misma cuota tributaria, ya que existen distintos tipos de gravamen y deducciones para algunas sociedades.

Las únicas entidades exentas del IS son las Comunidades Autónomas, los organismos públicos y las entidades locales y del Estado.

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¿Cuándo declarar el Impuesto de Sociedades?

Los contribuyentes deben presentar una declaración independiente por cada cierre de período impositivo. Comúnmente, el período impositivo termina con el año natural el 31 de diciembre y no debe exceder 12 meses.

Normalmente, las declaraciones anuales deben presentarse en un plazo de 25 días naturales a partir de los seis meses siguientes al final del período impositivo. Por ejemplo, si el período impositivo de una empresa coincide con el año natural, la empresa debe presentar su declaración antes del 25 de julio.

El cierre de un período impositivo puede no coincidir con la conclusión del año natural en situaciones particulares, como:

  • Cancelación de entidad: La declaración debe presentarse dentro de 25 días naturales después de seis meses de la cancelación en el Registro Mercantil.
  • Cambio de residencia de la entidad de España al extranjero.
  • Modificación de estatuto o régimen jurídico.

Tipos de gravamen del Impuesto de Sociedades

El tipo de gravamen general del IS es del 25%. Sin embargo, existen algunas excepciones:

  • Las empresas que no superen el millón de euros en beneficio fiscal tendrán un tipo reducido del 23%.
  • Las entidades nuevas pueden tener una carga tributaria reducida del 15% durante el primer período impositivo.
  • Las entidades cooperativas protegidas a nivel fiscal tendrán una carga tributaria del 20%.
  • Las fundaciones sin ánimo de lucro tributan a un tipo de gravamen reducido del 10%.
  • Las entidades en la zona especial de Canarias cuentan con solo un 4% de impuesto.
  • Los fondos de inversión y regulación tributan al 1%.
  • Los fondos de pensiones con el 0%.

Cómo afecta a las empresas el Impuesto de Sociedades

Cualquier cambio significativo a la empresa afectará a la denominación que reciba de caras a la Agencia Tributaria. Por ejemplo, la AEAT puede considerar -o dejar de considerar- a una empresa como «de nueva creación», «cooperativa» o «sin ánimo de lucro» en función de los cambios que se hagan a su estructura.

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Una ventaja es que las empresas pueden deducir gastos para reducir su base imponible. La base imponible es el beneficio fiscal que haya tenido la empresa en el período impositivo o año natural previo. Entre los gastos deducibles más comunes, encontramos los relacionados con la producción y entrega del producto, el mantenimiento de la empresa o sitio de e-commerce, el personal y el marketing.

El incumplimiento de las obligaciones fiscales puede generar multas o sanciones hacia la empresa. Estos gastos no planificados pueden afectar tanto a la situación actual como al crecimiento de la empresa, por lo que resulta excepcionalmente importante tener claros y actualizados los procesos fiscales y contables de la empresa, y declarar su tipo de gravamen anualmente.

Novedades del Impuesto de Sociedades

La novedad más relevante del impuesto de sociedades es la reducción de tipo impositivo para los propietarios de pequeñas empresas: el tipo impositivo general (es decir, para las empresas que tengan una base imponible inferior a 1 millón de euros) se ha reducido del 25 % al 23 %.

Otra novedad en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) involucra la inversión en vehículos eléctricos nuevos. La empresa ahora podrá amortizar la compra de vehículos eléctricos nuevos el doble de rápido de lo habitual.

Por último, la cuota tributaria mínima será del 10 % de la base imponible para las nuevas entidades gravadas al 15 %. Estas entidades no pagarán cuota líquida mínima:

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  • Entidades sin ánimo de lucro que tributan al 10 %.
  • Sociedades de Inversión Colectiva que tributan al 1%.
  • Fondos de pensiones que tributan al 0 %.
  • Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI).

Cotizaciones para autónomos en España

Si eres autónomo y trabajas en España, tendrás que pagar el impuesto sobre el trabajo autónomo. Se trata de una cotización mensual a la Seguridad Social que, a partir de 2023, varía en función de tus ganancias.

Los empleados tradicionales no pagan este impuesto de manera directa porque su empleador hace las cotizaciones a la Seguridad Social en su nombre. Para tener cobertura para contingencias y prestaciones profesionales comunes en caso de cese laboral, los trabajadores autónomos realizan esta cotización directamente a la Seguridad Social de España.

Al igual que los empleados tradicionales, la cantidad que los trabajadores autónomos pagan en impuestos varía en función de factores diferentes.

Cómo calcular las cotizaciones fiscales para autónomos en 2024

El 1 de enero de 2023, se puso en marcha el nuevo sistema de cotización para autónomos en España. Este nuevo sistema se está implementando de forma paulatina, y la cotización de los autónomos está aumentando ligeramente cada año, excepto para aquellos cuya facturación sea igual o inferior a €1.700, para los cuales podrá disminuir.

En 2024, tal y como se explica en el Real Decreto-Ley 13/2022, se implementaron varios cambios.

En la siguiente tabla, encontrarás los tramos de cotización de 2024 para los trabajadores autónomos. Puede ser un poco complicado asimilarlo todo a la vez: aquí te explicamos cómo leer cada columna:

  • Tramos: se refieren a las ganancias reales que los trabajadores autónomos obtienen de sus actividades comerciales.
  • Base mínima de cotización: la base de cotización es la cifra que se utiliza para calcular la cantidad de dinero que debe pagar un autónomo en España.
  • Base máxima de cotización: esta representa la mayor cantidad de impuestos que un trabajador autónomo puede pagar según sus ganancias reales.
  • Cotización mínima: se trata de la cantidad mínima que los autónomos pueden elegir pagar cada mes a la Seguridad Social.
  • Cotización máxima: si se elige la base máxima de cotización, la cotización (es decir, la cantidad que se debe pagar mensualmente a la Seguridad Social) también será la más alta.

Aunque solo hemos hablado de los tipos mínimos y máximos, los trabajadores autónomos en España pueden elegir cualquier base de cotización dentro de estos dos límites. Para realizar los cálculos necesarios, recomendamos utilizar la calculadora oficial de cuotas para autónomos.

En 2025, el sistema de cotización en función de las ganancias reales cambiará una vez más, por lo que es importante tener esto en cuenta al declarar tus impuestos cada año.

Cómo calcular las ganancias reales si eres autónomo

Las cifras de la columna «Tramos» de la tabla anterior representan las ganancias reales de los trabajadores autónomos. Para determinar la cotización que deberás pagar a la Seguridad Social, debes estimar las ganancias que esperas obtener de tu negocio.

En primer lugar, los ganancias reales son la cantidad de dinero que gana un trabajador autónomo después de restar los gastos deducibles, que son los gastos en los que incurre un trabajador autónomo durante su actividad comercial.

Determinar qué gastos se consideran deducibles es sencillo: si el gasto es necesario para el desarrollo de tu actividad profesional, simplemente puedes restar esa cantidad de tus ganancias totales. Además, la Seguridad Social reconoce que puede ser un reto para los autónomos rastrear y justificar todos los gastos comerciales.

Por este motivo, los trabajadores autónomos pueden deducir el 5 % de sus ganancias netas (hasta un máximo de €2.000) además de las deducciones justificadas descritas anteriormente.

La fórmula para calcular las ganancias reales de un trabajador autónomo es la siguiente:

Rendimiento neto de un trabajador autónomo en España en 2024 = (ganancias netas - gastos deducibles) - (0,05 x ganancias netas)

Si tus ganancias reales superan la cantidad previamente informada a la Seguridad Social, deberás realizar un pago adicional (después de celebrar el hecho de que tu negocio está superando las expectativas, por supuesto). Esta cifra es calculada por la propia agencia durante el proceso de ajuste de las cotizaciones de los autónomos para garantizar que la cantidad pagada se alinee con sus ganancias.

Tipos de cotizaciones fiscales para autónomos

Si bien las cotizaciones para autónomos que hemos analizado hasta ahora son las más comunes, existen otros tipos que corresponden a casos específicos. Estos tipos de cotizaciones para autónomos varía en función de distintos factores, como la situación personal de cada trabajador autónomo o la duración de su permanencia en el trabajo por cuenta propia, entre otros.

Tarifa plana

El sistema de tarifa plana se introdujo en 2013 para fomentar los emprendimientos en España. Actualmente, si los trabajadores nuevos autónomos en 2024 utilizan este sistema, tienen que pagar €80. Si bien este aumento es sustancial, es una diferencia significativa en comparación con la tarifa mínima, que es de €230,15 en 2024.

Este importe de la tarifa plana se mantiene invariable a lo largo del primer año de actividad. Sin embargo, ¿qué pasa si el negocio no ha despegado y genera ganancias por debajo del salario mínimo (también conocido en España como «salario mínimo interprofesional»? Si la previsión indica que no se superará esta cantidad (que, a partir del 6 de febrero de 2024, es de €1.134 al mes), existe la opción de solicitar una prórroga de la tarifa plana.

Para ser elegible para la tarifa plana, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • No debes ser un colaborador autónomo (que trabaje para un familiar directo).
  • No debes tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.
  • No debes haber estado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los dos años previos al inicio de la actividad profesional. Si anteriormente era beneficiario del sistema de tarifa plana, este período se incrementa a tres años.

Cotizaciones de autónomos para mayores de 47 años

Las cotizaciones de autónomos para personas mayores de 47 años son las mismas que las que figuran en el cuadro anterior, en el apartado sobre el cálculo de las cotizaciones de autónomos en 2024.

Como se indica en la tabla, el límite de la base máxima de cotización es de €4.720,50. Antes de la aprobación del nuevo sistema basado en las ganancias reales, el límite máximo para cualquier persona que tuviera 47 años o más era de poco más de €2.077. Sin embargo, con el nuevo sistema, este límite se ha incrementado cerca de un 230 %.

Esto significa que, si un autónomo quiere aumentar su base de cotización, ya no está limitado a la cantidad anterior. En cambio, pueden aumentarlo hasta €4.720,50, siempre que sus ganancias lo respalden. Si bien puede parecer contradictorio pagar más de lo que necesitas, esto te permitirá tener una pensión más alta cuando te jubiles, por lo que podría valer la pena hacerlo si tienes ganancias suficientes para ello.

Colaboradores autónomos en 2024

Si eres familiar directo (hasta de segundo grado) de un autónomo, vives en el mismo hogar y realizas un trabajo profesional para él, puedes unirte al grupo de «colaborador autónomo». En este caso, no tendrás que pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) ni el IVA cada trimestre, pero sí tendrás que pagar tu cotización mensual de autónomo a la Seguridad Social.

Las cotizaciones del colaborador autónomo son pagadas por el familiar titular de la empresa. Los colaboradores autónomos en 2024 son elegibles para recibir un bono que tiene una duración de un año y medio. La cotización se reduce en un 50 % durante ese período y, luego, disminuye al 25 % en los seis meses siguientes.

Se debe tener en cuenta que la base de cotización mínima mensual para los colaboradores autónomos en España se fija en €1.000 si se ha registrado como autónomo durante 90 días en el último año calendario.

Trabajadores autónomos que dirigen su propia empresa

Los autónomos que dirigen su propia empresa (conocidos como «autónomos societarios») se encuentran entre los principales beneficiarios de este nuevo sistema de cotización basado en las ganancias reales. Su base mínima de cotización mensual se ha reducido significativamente hasta los €1.000, al igual que ocurre con los colaboradores autónomos.

IVA y comercio electrónico en la UE

Desde el primero de julio de 2021, se cobrará el IVA a todos las mercancías comerciales importadas en la U.E. sin importar su valor. Si tu negocio está establecido fuera de la U.E., ya no podrás hacer envíos de exportación valorados por debajo de 22 € a clientes de la U.E.

Para envíos de comercio electrónico de 150 € o menos, la U.E. está introduciendo una Ventanilla Única de Importación (IOSS) para pasar mercancías a través de aduanas. Esto les permitirá a los vendedores en línea o mercados cobrar el IVA en el punto de venta y remitirlo directamente a las autoridades.

Si no se usa la IOSS, FedEx recaudará el IVA del cliente antes de la entrega y lo pagará a las autoridades. Para suscribirse a la IOSS, los vendedores fuera de la U.E. tendrán que registrarse en un estado miembro de la U.E., o si no, señalar a un intermediario que registre y declare el IVA en su nombre.

Para poder aprovechar la IOSS a partir del 1 de julio de 2021, deberás incluir en la guía aérea el número de IOSS en todos los envíos de comercio electrónico B2C a la UE que se valúen en hasta 150 € (y que no estén sujetos a impuestos sobre consumos específicos).

Si deseas devolver mercancías fuera de la UE, se deberá generar una nueva guía aérea de FedEx/TNT con referencia a la guía aérea anterior incluida en el campo de descripción y con una indicación clara de que es un envío de devolución.

Si optas por no usar la IOSS, FedEx pagará el IVA de importación en tu nombre mediante tu propia cuenta de aplazamiento. Así nos aseguramos de hacer el envío lo antes posible. Ten en cuenta que luego enviaremos una factura con este monto al destinatario y que ello conlleva una tarifa administrativa.

Para inscribirse en la Ventanilla Única de Importación (IOSS), las empresas deben registrarse en el portal de la IOSS de un Estado miembro de la U.E. desde el 1 de abril del 2021. Los negocios que no estén establecidos en la U.E. necesitarán normalmente indicar un intermediario en la U.E.

Ciertos mercados, en lugar de sus vendedores, ahora serán responsables de cobrar, informar y remitir el IVA adeudado del consumidor final si ellos se registran en la IOSS. El esquema aplicaría a vendedores fuera de la U.E. para transacciones de hasta 150 €.

IVA en la exportación de servicios

La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establece que los servicios independientes prestados en territorio nacional son objeto del impuesto. La tasa general del IVA en México es de 16%; no obstante, la exportación de ciertos servicios está sujeta a la tasa 0%.

En este sentido, el Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado ratifica que tanto los servicios prestados en Mexico como desde el extranjero pueden ser exportados.

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