Hay muchos gastos que pueden ser considerados como deducibles de ISR, pero no siempre esto ocurre así con aparatos tecnológicos. En esta ocasión, veremos si podemos deducir de ISR la compra de un teléfono celular o móvil.
¿Comprar un teléfono celular es un gasto o inversión?
Esa es la primera duda que debemos plantearnos para verificar si es posible deducir de ISR este gasto. Entonces, deberíamos apreciar qué dice la Ley de ISR sobre cuándo se trata de un gasto o inversión.
Para ello, vemos que en el Artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se establece que serán inversiones los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos.
Si entramos en profundidad en el rubro de activo fijo, se considera al conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo.
Por el otro lado, la ley considera que los gastos son erogaciones que afectan los resultados del período en que éste fue incurrido, en el entendido que la utilidad o aprovechamiento de esa salida de dinero repercute únicamente en ese ejercicio y no en los posteriores.
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Entonces, si queremos considerar la compra del teléfono móvil como activo fijo debemos verificar si será utilizado únicamente en el ejercicio, o bien, durante más de un ejercicio.
¿Cuál es la vida útil de un teléfono celular?
La vida útil de un teléfono celular puede ser definida desde varios aspectos:
- Sistema operativo: dado que de él depende la utilidad o servicio que el aparato puede ofrecer.
- Conectividad: al modificarse la tecnología de conectividad que ofrecen los proveedores de telefonía celular, los teléfonos van quedando obsoletos. Los teléfonos tienen capacidad de conectividad a cierto tipo de redes (v.g. 4G, 5G, LTE).
- Batería: La vida de la batería puede ser un elemento determinante para la longevidad de uno de estos aparatos de comunicación. Una pila de rápido desgaste puede llevar a una corta vida útil.
- Garantía.
- Refacciones: la falta de piezas puede hacer más costosa la reparación que el remplazo por un modelo nuevo.
Según firmas tecnológicas en México la vida útil de los teléfonos móviles varía entre 15 y 18 meses. Hacia el 2017, se estimaba que, en promedio, el ciclo de reemplazo de un teléfono móvil ascendía a 28 meses.
Entonces, vemos que la vida útil de los teléfonos móviles es mayor a un año, y por ello, se puede considerar como activo fijo en términos fiscales.
Tasa de depreciación
A ser considerado un activo fijo, se debe determinar una depreciación anual, según indica la legislación fiscal.
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Es importante verificar el artículo 34 de la Ley del ISR donde se establece un listado de artículos o categorías de artículos con su correspondiente tasa de depreciación.
El Artículo 34 de la Ley del ISR establece un listado de artículos o categorías de artículos con su correspondiente tasa de depreciación. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros.
Activo fijo es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. Los inmuebles, maquinaria y equipo son bienes tangibles que tienen por objeto: a) el uso o usufructo de los mismos en beneficio de la entidad; b) la producción de artículos para su venta o para el uso de la propia entidad; y c) la prestación de servicios a la entidad, a su clientela o al público en general. La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de las operaciones de la entidad.
El precepto citado establece que las deducciones autorizadas por el título II, relativo a las personas morales, entre otros requisitos, deben ser 'estrictamente indispensables' para los fines de la actividad del contribuyente.
Ahora bien, la concepción genérica de dicho requisito se justifica al atender a la cantidad de supuestos que en cada caso concreto pueden recibir aquel calificativo; por tanto, como es imposible definir todos los supuestos factibles o establecer reglas generales para su determinación, dicho término debe interpretarse atendiendo a los fines de cada empresa y al gasto específico de que se trate.
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Desde mi punto de vista, sí cumple con NIF y con las NIIF. Mi Estimado: GOrnelas, El Teléfono Celular es de cache, no cualquier tipo de celular, y lo van a usar de manera permanente en las actividades de la empresa por más de un año, salvo que se lo roben como la joya que es. Es estrictamente indispensable para ser notificado por SAT a través del Buzón Tributario. Tendremos que pelearlo ante los Tribunales que sí es un Activo Fijo.
Por todos los motivos anteriores y los que se te ocurren, normalmente se mandan directamente al gasto, y no como activos fijos. A excepción que seas un empresario pequeño (o mediano), que tengas flujos de dinero bajos, pocos activos fijos. Y compres un celular de prepago de $ 5,000.00 entonces lo considerarías activo fijo.
