La Opinión de Cumplimiento, también conocida como 32D, es un reporte que permite conocer la situación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de una empresa. Este documento es de carácter permanente y tiene una vigencia de un mes a partir de su emisión.
Requisitos para la Solicitud
Para obtener la Opinión de Cumplimiento, es necesario cumplir con una serie de requisitos y presentar la documentación adecuada. A continuación, se detallan los requisitos esenciales:
- Escrito libre de solicitud por duplicado: Este documento debe contener, como mínimo, los siguientes datos:
- Nombre, denominación o razón social del solicitante.
- Domicilio fiscal.
- Autoridad a la que se dirige la solicitud (SAT).
- Constancia de Situación Fiscal Actualizada: Este documento debe ser emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Pago de derechos: El trámite tiene un costo de $68.00 (.50 U.M.A.).
Es importante destacar que la entrega de la Resolución se realizará únicamente al contribuyente, representante o apoderado debidamente acreditado, quien deberá presentar una identificación oficial vigente al momento de la entrega.
Criterios de Cumplimiento Fiscal
Para que la Opinión de Cumplimiento sea favorable, el contribuyente no debe encontrarse en las siguientes situaciones:
- No encontrarse publicado en el Portal del SAT en el listado definitivo del artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).
- No tener créditos fiscales firmes o exigibles.
- En caso de contribuyentes que hayan solicitado autorización para pagar a plazos o hayan interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos deben encontrarse garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.11.5.
- No tener sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.
- No encontrarse publicado en el listado a que se refiere el artículo 69-B Bis, noveno párrafo del CFF.
Proceso de Solicitud
El tiempo de respuesta para la solicitud es de 5 días hábiles. La solicitud puede ser rechazada en los siguientes casos:
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- En caso de no cumplir con los requisitos solicitados en tiempo y forma.
- Cuando se solicite de manera electrónica y la firma electrónica no sea del contribuyente.
Cuando el trámite se solicite en línea la firma electrónica deberá ser la del Contribuyente.
Información Adicional
Los requisitos señalados anteriormente son los establecidos para la gestión del presente trámite. El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
Dónde Obtener la Opinión de Cumplimiento
Puedes realizar el trámite y obtener la Opinión de Cumplimiento en las siguientes ubicaciones:
- Dirección: Edificio Administrativo Siglo XXI, Calle 20-A Núm. 284-B Por 3-C y 49 Diagonal, Colonia Xcumpich, C.P.
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.
- Teléfono: (999) 930 3800 ext.
- Teléfono: (999) 927 9372 ext.
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