En México, todo ciudadano está obligado al pago de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que tienen relación con cualquier transacción económica habitual.
Impuestos en México: IVA e ISR
Para entender la retención del IVA, es importante conocer los dos principales impuestos en México:
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Se aplica en los productos nacionales e importados. Es un gravamen obligatorio para toda persona física o moral. En algunas localidades de la zona fronteriza el IVA es del 8%.
- Impuesto Sobre la Renta (ISR): Es un impuesto de carácter directo.
Retención de IVA por Honorarios
En México, la retención del IVA por honorarios es del 16%, y la retención corresponde a sus dos terceras partes, es decir, al 10.666666 por ciento. Entonces, la retención de las dos terceras partes sería del 5.333333%.
Es el artículo 3 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado el que nos posibilita efectuar la retención de no todo el impuesto que se nos traslada sino solo de una parte.
Ejemplo Práctico
Un diseñador presta servicios de diseño gráfico a su cliente y acuerdan el pago por 10,000 pesos más impuestos.
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Retención del 10% a Personas Morales
Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna.
Las personas morales deben proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley.
Adicionalmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la accesibilidad de información de estos datos por lo que no es necesario expedir dicha constancia.
Obligaciones del Retenedor
El artículo 153 de la Ley del ISR, párrafo cuarto, prevé que cuando se pague el impuesto mediante retención, el retenedor está obligado a enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido a la fecha de la exigibilidad o al momento del pago, lo que suceda primero. El impuesto se considerará como definitivo y se entera mediante declaración que debe presentar el residente en México o Retenedor a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Hacer la retención es un requisito obligatorio en el país, por lo que incumplir esta responsabilidad conlleva el pago de sanciones que pueden llegar a afectar rentabilidad del negocio o el capital como persona física.
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También, dentro de los requisitos de deducibilidad, el residente en México debe elaborar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de egresos que contenga información sobre el monto de los pagos efectuados al residente en el extranjero y el valor de las retenciones efectuadas.
Retenciones a Residentes en el Extranjero
Según específica la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), los residentes en el extranjero también están obligados al pago del ISR cuando obtienen ingresos provenientes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, aun sin contar con un establecimiento permanente el país, o cuando teniéndolo, estos ingresos no le sean atribuidos a este.
Existen actividades adicionales que están sujetas de retención por ingresos de residentes en el extranjero. Pagos que beneficien a un residente en el extranjero y que le eviten una erogación.
Excepciones a la Retención
Existen excepciones para retener este impuesto. Cabe señalar que, con la reforma al outsourcing, se derogó la obligación de retener el 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre servicios en los que se ponga personal a disposición del cliente.
Recibos de Nómina como Constancia de Retención
Hoy en día, el recibo de nómina es tu constancia de retención. Los recibos de nómina son documentos que avalan la cantidad que una empresa paga a sus empleados por los servicios prestados.
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Las instituciones bancarias también pueden emitir estas constancias, pero normalmente puedes encontrar la información de retenciones en el estado de cuenta mensual.
Soluciones Digitales para la Emisión de Recibos de Nómina
La mayor complicación al momento de elaborar un recibo de nómina consiste en calcular las deducciones y retenciones. Por lo tanto, el mejor consejo es tener presentes las deducciones aplicables por ley -Seguro Social e Impuesto Sobre la Renta (ISR)-.
El timbrado de la nómina será mediante Layouts XML generados con las etiquetas necesarias. La implementación es mediante un equipo local de la empresa o en un servidor en la nube. Para su instalación está disponible en ambientes: Java, Powerbuilder y PHP.
- Envío automático del recibo de nómina a cada empleado.
- Indicado para personas físicas y pequeñas empresas.
- Indicado para medianas empresas.
- Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP.
- Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML.
