El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un gravamen fundamental en México que afecta a diversos productos, incluyendo los combustibles automotrices. Su actualización y aplicación se regulan a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se publican periódicamente los ajustes y las cuotas correspondientes.
Ajustes Anuales a las Cuotas del IEPS en Combustibles
El pasado 22 de diciembre, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó los ajustes al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en gasolinas y otros productos. Estos ajustes son parte de un proceso anual para actualizar las cargas fiscales sobre ciertos bienes y servicios.
Según la publicación de la dependencia, las cuotas aplicables a los tabacos labrados, combustibles automotrices, bebidas saborizadas, combustibles fósiles y las cuotas aplicables a las gasolinas y al diésel que se destinan a las entidades federativas, se actualizarán anualmente y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de cada año.
Cuotas del IEPS para Combustibles en 2026
Las cuotas actualizadas del IEPS para el año 2026 reflejan los montos que los consumidores deberán pagar por litro de combustible. Estas modificaciones no constituyen una medida imprevista o discrecional, sino que son resultado de un marco regulatorio establecido.
Detalle de las Cuotas por Litro para 2026:
En el caso de la gasolina Magna, las y los consumidores pagarán una cuota de 6.7001 pesos por litro. Para la gasolina Premium, la cuota será de 5.6579 pesos por litro. Por su parte, el diésel tendrá una cuota de 7.3634 pesos por litro.
Lea también: Tratamiento fiscal de cuotas IMSS en México
| Combustible | Cuota IEPS por Litro (2026) |
|---|---|
| Gasolina Magna | 6.7001 pesos |
| Gasolina Premium | 5.6579 pesos |
| Diésel | 7.3634 pesos |
Participación de las Entidades Federativas
Dentro de este desglose impositivo, se especificó la fracción del impuesto que se asigna directamente a las entidades federativas. Por cada litro vendido, los estados del país recibirán una participación para contribuir a sus ingresos.
- Para la gasolina de bajo octanaje (Magna), los estados recibirán 59 centavos.
- Para la gasolina de alto octanaje (Premium), la participación será de 72 centavos.
- En el caso del diésel, los estados recibirán 49 centavos.
Acuerdos de Estímulos Fiscales: Un Ejemplo Histórico (2018)
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la dependencia encargada de dar a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles. Un ejemplo de esto es el Acuerdo 142/2017.
MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre otros, ha publicado acuerdos que detallan estos estímulos.
Estos acuerdos se establecen con fundamento en el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles. A continuación, se detallan los porcentajes y montos de estímulo, así como las cuotas disminuidas para un periodo específico, como el comprendido del 1 al 5 de enero de 2018.
Porcentajes del Estímulo Fiscal (1 al 5 de enero de 2018):
| Combustible | Porcentaje de Estímulo |
|---|---|
| Gasolina menor a 92 octanos | 50.89% |
| Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles | 25.18% |
| Diésel | 53.89% |
Montos del Estímulo Fiscal (1 al 5 de enero de 2018):
| Combustible | Monto del estímulo fiscal (pesos/litro) |
|---|---|
| Gasolina menor a 92 octanos | $2.336 |
| Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles | $0.977 |
| Diésel | $2.716 |
Cuotas Disminuidas (1 al 5 de enero de 2018):
Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 1 al 5 de enero de 2018, aplicables a los combustibles automotrices fueron las siguientes:
Lea también: Cuotas sindicales en México: registro y contabilidad
| Combustible | Cuota disminuida (pesos/litro) |
|---|---|
| Gasolina menor a 92 octanos | $2.254 |
| Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles | $2.903 |
| Diésel | $2.324 |
Este tipo de acuerdos y las modificaciones al IEPS son publicados en el Diario Oficial de la Federación, como el presente acuerdo que entró en vigor el día de su publicación, siendo Ciudad de México a 28 de diciembre de 2017. Estas publicaciones aseguran la transparencia y el conocimiento público de las regulaciones fiscales.
Lea también: Expensas más accesibles: IVA en Cuotas
