Descubre Cómo Darte de Alta como Persona Física con Actividad Empresarial en Internet ¡Guía Paso a Paso!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

En los últimos años, México ha experimentado un enorme cambio en la forma en que las personas compran y venden bienes y servicios. Las plataformas digitales, como Airbnb, Uber, Mercado Libre, Amazon y muchas otras más, han ganado una gran popularidad en nuestro país, y mucha gente ha empezado a ganar dinero a través de ellas. Definitivamente, las plataformas digitales han transformado la forma en que se hacen negocios en México. Esto se debe a que permiten a las personas generar nuevas oportunidades de ingresos, alcanzar una audiencia global, mejorar la eficiencia en la entrega de productos y servicios, reducir costos y fomentar la innovación.

¿Qué es una Persona Física y por qué es importante darse de alta?

Para empezar, es importante definir que las personas físicas, según el SAT, son “individuos que realizan cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), los cuales tienen derechos y obligaciones.”. La principal confusión que existe al momento de hablar de este régimen es que, comúnmente, se suele enfocar la atención en las personas físicas (empleados) y las personas morales (empresarios), lo que provoca un entendimiento general de que solo existen estas dos opciones.

Si ya te identificaste en una de las actividades correspondientes al régimen de persona física con actividad empresarial, deberás darte de alta como tal ante el SAT. Pertenecer a este régimen tiene diversos beneficios fiscales, sobre todo al momento de las declaraciones y los deducibles.

El Régimen de Plataformas Digitales: Un Esquema Especial

¿Qué es y a quién aplica?

En 2020 entraron en vigor nuevas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Se creó un nuevo régimen fiscal para quienes llevan a cabo actividades a través de plataformas digitales. Este régimen involucra tanto a la persona que genera ingresos como usuario de las plataformas digitales, así como las mismas plataformas.

Básicamente, las plataformas extranjeras como Amazon, Uber, Mercado Libre, Didi, etc., deben encargarse de cobrar el IVA y el ISR de sus clientes en México que ganan dinero a través de ellas. Esto quiere decir que, si vendes productos o prestas servicios a través de Amazon, Mercado Libre, Etsy, Uber, Didi, Airbnb, etc., la plataforma digital funciona como intermediario entre tú y el SAT, porque se encarga de hacer las retenciones de IVA e ISR directamente de tus ingresos y conforme a una tarifa establecida.

Lea también: ¿Eres conductor de Uber en México? Aprende a registrarte en el SAT

El régimen de las actividades empresariales con ingresos a través de plataformas digitales aplica para los siguientes casos:

  • Transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes (plataformas como Uber o Didi).
  • Prestación de servicios de hospedaje (plataformas como Airbnb).
  • Enajenación de bienes y prestación de servicios (plataformas como UpWork, Amazon o Mercado Libre). Estas incluyen la venta de servicios profesionales y la venta de productos, incluida la venta por dropshipping a través de estas plataformas.

Cabe mencionar que este régimen no aplica en el caso de que tengas tu propia página web para venta, incluso si usas algún servicio como PayPal como plataforma de pagos.

Impuestos y Retenciones

En este régimen fiscal, las plataformas digitales actúan como intermediarias entre las autoridades tributarias y las personas físicas, por lo que son las encargadas de retener los impuestos a fin de garantizar que estas últimas cumplan con sus obligaciones fiscales. La plataforma deberá enviar a sus usuarios los comprobantes de tus ventas y sus respectivas retenciones por correo.

Es muy importante que proporciones tu RFC a las plataformas, porque, de lo contrario, las retenciones serán significativamente mayores:

  • En caso de que las personas físicas NO registren su RFC en las plataformas digitales, se retendrá del 20% hasta el 36% del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el 16% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Cuando los contribuyentes SÍ registran sus datos fiscales en las plataformas, solo se retiene una parte de los impuestos de la siguiente forma:
    • Para ISR: entre un 1% y un 8%.
    • Para IVA: 8%.

Opciones de Pago de Impuestos: Pagos Definitivos vs. Pagos Provisionales

Para realizar el pago de impuestos, el SAT brinda dos opciones:

Lea también: Pasos para el alta en Hacienda

  • Pagos Definitivos: Para las personas físicas que eligen esta opción, el SAT considera las retenciones que hacen las plataformas digitales como pago único. Por lo que no se tienen que pagar impuestos extras. Este beneficio fiscal es para aquellos que tengan ingresos anuales que no superen los $300,000.00 pesos. No se pueden hacer deducciones y se deben presentar declaraciones mensuales y anuales.
  • Pagos Provisionales: Esta alternativa permite realizar deducciones relacionadas con la actividad. De esta manera puede bajar el pago de impuestos, el cálculo de estos se basa en una tabla que llega hasta el 35%. En este caso, sí se podrán hacer deducciones.

Cómo Darse de Alta en el SAT para Actividades en Internet

Inscripción inicial en el RFC (si aún no lo tienes)

Para darte de alta en este régimen fiscal debes estar inscrito en el SAT como persona física. Si aún no tienes RFC o no tienes actividades registradas, estos son los pasos:

  1. Entra al portal del SAT (sat.gob.mx) y genera tu RFC por internet con tu CURP o puedes ir al SAT, con una previa cita, como nuevo contribuyente.
  2. Completa el proceso de validación de identidad con SAT ID (la app del SAT).
  3. Una vez que tienes tu RFC, puedes registrar tus actividades económicas en línea.

Una vez que acudas a tu cita, recibirás tu Cédula de Identificación Fiscal, un acuse de inscripción en el RFC y tu firma electrónica (e.Firma) en la USB.

Actualización de Actividades para Plataformas Digitales (si ya tienes RFC)

Si ya tienes RFC pero sin actividades registradas, o para añadir la actividad de plataformas digitales, sigue estos pasos:

  1. En la parte superior encuentra el ícono de Trámites del RFC.
  2. En el menú desplegable selecciona Actualización al RFC y luego ingresa a “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.
  3. Se desplegará una página con indicaciones. Da clic en INICIAR.
  4. Ingresa con tu RFC y contraseña.
  5. Completa el formulario y selecciona Actividades empresariales con ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, plataformas, aplicaciones informáticas y similares.
  6. Elige tu actividad económica como Plataformas tecnológicas persona física.
  7. Selecciona la categoría que corresponda a las actividades que realizas por medio de las plataformas:
    • Otros servicios relacionados con los servicios inmobiliarios
    • Alimentos y bebidas
    • Servicios relacionados con el autotransporte
    • Otros productos y servicios
  8. Si tienes registradas varias actividades económicas te pedirá que definas el porcentaje de ingresos que percibes por cada una de ellas.
  9. Llena todos los datos que te solicita el portal para poder finalizar.
  10. Imprime y guarda tu Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal. Este documento confirma que has sido registrado en el Régimen de Plataformas Digitales del SAT.

Una vez que te hayas inscrito en el Régimen de Plataformas Digitales del SAT, deberás cumplir con las obligaciones fiscales establecidas en la ley, como presentar declaraciones fiscales periódicas, emitir comprobantes fiscales digitales, entre otras.

Además, una vez que estés en el régimen de plataformas digitales, debes avisar al SAT sobre el primer ingreso en los siguientes 30 días.

Lea también: ¿Cómo darte de alta en el SAT siendo persona física?

Otras Opciones de Regímenes Fiscales para Actividades en Internet

Si cobras por tus servicios de forma independiente (como diseñador, desarrollador, consultor, escritor, fotógrafo, médico, abogado o cualquier actividad profesional sin relación laboral fija), el SAT te considera una persona física con uno de estos regímenes:

  • Actividades profesionales (honorarios): para quienes prestan servicios de forma independiente. Es el régimen más común para freelancers.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): disponible desde 2022, aplica tasas reducidas sobre el ingreso total sin necesidad de comprobar gastos.
  • Actividad empresarial: para quienes además de servicios también venden productos o tienen un negocio más formal.

La elección del régimen es una de las decisiones más importantes, porque determina cuánto pagas de impuestos y qué obligaciones tienes cada mes.

Persona Física con Actividades Profesionales (Honorarios)

Funciona con el esquema de ISR progresivo que aplica a todas las personas físicas. Pagas impuesto sobre tu utilidad (ingresos menos gastos deducibles del negocio). Si tienes muchos gastos comprobables como renta de oficina, equipo y software, este régimen puede ser más conveniente porque reduces tu base gravable. Las tasas de ISR van del 1.92% al 35% según el nivel de ingresos mensuales.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Aplica una tasa fija y reducida directamente sobre tus ingresos totales, sin deducir gastos del negocio. Las tasas van del 1% al 2.5% según el nivel de ingresos anuales. Es conveniente cuando tus gastos deducibles son bajos, porque la tasa efectiva puede resultar mucho menor que en honorarios. El requisito para entrar al RESICO es que tus ingresos anuales no deben superar 3.5 millones de pesos.

Por ejemplo, si ganas $50,000 mensuales y tienes gastos comprobables de $5,000, en honorarios pagas ISR sobre $45,000. En RESICO pagas sobre $50,000 pero a una tasa de alrededor del 1.5%, lo que puede resultar en un impuesto menor en términos absolutos.

¿Cuándo aplica cada régimen?

Como ya mencionamos, el nuevo régimen de plataformas digitales no aplica para quienes tienen su propia página de e-commerce. En este caso, puedes tributar bajo el régimen de Persona Física con Actividades Empresariales y Profesionales o el régimen de Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Obligaciones Fiscales Generales para Personas Físicas con Actividad Empresarial en Internet

Declaraciones Mensuales

Con el fin de calcular los ingresos, el ISR y el IVA de tus actividades económicas, como persona física con actividad empresarial deberás hacer declaraciones mensuales y declaraciones anuales. Una vez dado de alta, tienes obligaciones fiscales mensuales.

  • En el régimen de honorarios: Cada mes debes presentar una declaración de pago provisional de ISR. El plazo es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde (enero se paga en febrero, febrero en marzo, y así sucesivamente). El pago provisional se calcula sobre la diferencia entre tus ingresos del mes y tus deducciones autorizadas. Se aplica la tabla de ISR mensual y se restan los pagos ya realizados. También debes pagar IVA mensual si eres contribuyente de IVA.
  • En RESICO: El cálculo es más sencillo. Cada mes calculas el ISR aplicando la tasa que te corresponde según tus ingresos del mes y presentas tu declaración de pago definitivo. Se llama definitivo porque no hay declaración anual de ISR adicional para los ingresos de RESICO (aunque sí presentas declaración anual para aplicar deducciones personales). El IVA aplica de la misma forma que en honorarios.

Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx. Si un mes no tuviste ingresos, igual debes presentar tu declaración mensual en ceros. Es un trámite rápido, pero omitirlo genera multas por declaración extemporánea.

Como persona física en el régimen de plataformas digitales, debes cumplir con las siguientes obligaciones relacionadas con tus declaraciones mensuales y anuales:

  • Especificar los precios de productos o servicios e indicar por separado el monto que corresponde al IVA.
  • Hacer el pago correspondiente de impuestos en los plazos establecidos.
  • Presentar declaraciones de impuestos mensuales y anuales.

Declaración Anual

Además de las declaraciones mensuales, los freelancers tienen la obligación de presentar una declaración anual entre el 1 de enero y el 30 de abril del año siguiente. Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente.

La declaración anual de un freelancer incluye:

  • Ingresos totales del año.
  • Gastos deducibles del negocio (en honorarios).
  • Deducciones personales (en ambos regímenes).
  • Cálculo del ISR anual definitivo.
  • Diferencia entre lo que ya pagaste mensualmente y lo que resulta del cálculo anual. Esto puede generar saldo a favor (el SAT te devuelve dinero) o impuesto a cargo adicional.

En caso de que obtengas saldo a favor, el SAT te notificará la buena noticia y podrás solicitar la devolución de tu saldo, operación que será efectuada dentro de los primeros cinco días después de la declaración anual.

Deducciones

Hay dos tipos de deducciones que puedes aplicar:

  • Deducciones del negocio (solo en honorarios): Son los gastos directamente relacionados con tu actividad profesional que reducen tu base gravable: renta de oficina o espacio de trabajo, equipo de cómputo (laptops, monitores, accesorios), software y herramientas digitales, servicios de internet y teléfono (la parte proporcional de uso profesional), papelería y materiales de trabajo, gastos de capacitación y cursos relacionados con tu actividad, honorarios de subcontratistas o colaboradores, transporte y viáticos relacionados con el trabajo. Todos deben estar facturados con CFDI a tu RFC. Los gastos en efectivo no son deducibles.
  • Deducciones personales (aplican en ambos regímenes): Las deducciones personales se aplican solo en la declaración anual y son independientes de las del negocio: gastos médicos, seguro de gastos médicos mayores, colegiaturas, intereses hipotecarios, aportaciones al AFORE, donativos y lentes graduados.

Facturación (CFDI)

Como persona física con actividad empresarial en internet, tienes dos obligaciones relacionadas con la facturación:

  • Emitir facturas a tus clientes: cuando cobras por tus servicios, debes emitir un CFDI. Muchas empresas no pueden pagarte sin una factura. Además, debes expedir el CFDI correspondiente a tus clientes.
  • Pedir factura por tus gastos: para que un gasto sea deducible necesitas el CFDI a tu nombre. Siempre solicita factura con tu RFC. También debes conservar los comprobantes digitales (CFDI) que te entregue la plataforma sobre las retenciones a tus ganancias.

Tienes varias opciones para emitir tus facturas: el portal gratuito del SAT (funcional pero poco amigable) o herramientas especializadas que simplifican todo el proceso.

Los datos que necesitas para facturar son: tu RFC y datos fiscales, el RFC y datos fiscales de tu cliente, la descripción del servicio, el monto y la moneda, y si aplica IVA o no (depende del tipo de servicio y si tu cliente es persona moral).

Errores Comunes al Darse de Alta y Tributar en Internet

Es fundamental tener en cuenta que el incumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Régimen de Plataformas Digitales puede generar sanciones y multas por parte del SAT. Por esta razón, es valioso contar con la asesoría adecuada. Algunos de los errores más comunes son:

  • No darse de alta cuando empiezan a cobrar: Muchos freelancers empiezan a cobrar sin estar dados de alta. Esto genera un historial de ingresos sin declarar que puede derivar en requerimientos cuando los clientes reportan los pagos que te hicieron.
  • Olvidar los pagos provisionales mensuales: La declaración anual es obligatoria, pero los pagos mensuales también. Si solo presentas la anual sin haber hecho los mensuales, el SAT puede cobrarte recargos por los pagos provisionales omitidos.
  • No separar los gastos del negocio de los personales: Los gastos personales no son deducibles como gasto del negocio. Lo ideal es tener una cuenta bancaria dedicada al negocio para mantener todo separado y evitar problemas en una revisión.
  • Facturar sin saber si aplica IVA o no: El IVA no aplica a todos los servicios de la misma forma. Algunos servicios están exentos y otros están gravados al 16%. Si tienes duda, consulta con un experto antes de emitir la factura.
  • No emitir el CFDI en el mes en que se recibió el pago: El CFDI debe emitirse en el período en que se recibió el pago. Si cobras en diciembre pero emites la factura en enero, el ingreso corresponde a ejercicios distintos y puede causar inconsistencias en tu declaración.

Preguntas Frecuentes

¿Debo declarar ingresos de clientes en el extranjero?

Sí. Si eres residente fiscal en México, debes declarar todos tus ingresos, incluyendo los de clientes en el extranjero. El IVA en exportaciones de servicios aplica a tasa 0%, lo que en la práctica significa que no cobras IVA a tu cliente extranjero. Los ingresos en dólares u otras monedas se convierten al tipo de cambio del día en que se recibieron.

¿Tengo que darme de alta en el IMSS?

Como freelancer no tienes patrón que te afilie al IMSS. Puedes incorporarte de forma voluntaria como trabajador independiente, lo que tiene un costo mensual pero te da acceso a servicios médicos y seguro de invalidez. También puedes contratar un seguro de gastos médicos mayores privado, que además es deducible.

¿Puedo cambiarme de régimen si me equivoqué al elegir?

Sí. Puedes solicitar el cambio de régimen en el SAT, aunque tiene ciertas restricciones según el tiempo que llevas. Lo ideal es hacer el cambio en enero para evitar complicaciones en la declaración del año.

tags: #guía #para #darme #de #alta #como