Descubre Cómo CANACO y CONACO Transforman las Obligaciones y Afiliaciones en el Sector Empresarial Mexicanopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el dinámico entorno empresarial, la colaboración y la representación son fundamentales para garantizar el buen funcionamiento y el crecimiento de las empresas. Diversas organizaciones juegan un papel crucial en la defensa de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los comerciantes y prestadores de servicios.

La Cámara Nacional de Comercio (CANACO)

La Cámara Nacional de Comercio (Canaco) es una Institución de Interés Público que agrupa Empresas dedicadas al Comercio, los Servicios y el Turismo. Con una trayectoria extensa, la Cámara cuenta con más de 180 años de experiencia, lo que le confiere un profundo conocimiento del sector. Además de su función de agrupación, Canaco promueve la mediación y el arbitraje como vías para la resolución de conflictos comerciales, evitando así la pérdida de relaciones comerciales a través de juicios. El Centro de Mediación y Arbitraje CANACO, junto con el Centro de Arbitraje de México (CAM) y el Foro de Jóvenes en Arbitraje CAM-CANACO, ofrecen valiosos recursos en esta materia. Recientemente, temas como "La Inmunidad del Arbitraje ante el COVID-19" han sido abordados, demostrando su relevancia en el panorama actual.

El Consejo Nacional de Comerciantes y Prestadores de Servicios A.C. (CONACO)

En el año de 1995 un grupo de empresarios y comerciantes se reunió con la finalidad de defender sus derechos, así como cumplir sus obligaciones, dentro del sector empresarial y de esta forma garantizar el buen funcionamiento de su empresa o comercio. Fue así que el 22 de septiembre de 1995 se constituye el Consejo Nacional de Comerciantes y Prestadores de Servicios A.C., conocido como CONACO. La Misión del Consejo Nacional de Comerciantes y Prestadores de Servicios A.C. es apoyar al sector, y su visión, es la de lograr consolidar a esta organización como un organismo líder en materia de servicios jurídicos, fiscales y contables, a fin de garantizar a sus afiliados los mejores servicios y asesorías. Brindándoles así la seguridad de que sus empresas o comercios, se encuentren debidamente regularizados y actualizados en la documentación básica para un buen funcionamiento de su negocio, ya que esta ha sido siempre una de sus mayores preocupaciones dentro del sector de las micro, pequeñas y medianas empresas. Al mismo tiempo, uno de sus mayores compromisos dentro del Consejo Nacional de Comerciantes y Prestadores de Servicios A.C. es velar por los intereses de sus miembros. La constitución de CONACO se sustenta en la Escritura Pública 21228-519 de la notaría, con los respectivos registros ante el Registro Público de la Propiedad, Permiso de Relaciones Exteriores y R.F.C.

Afiliación y Registro Obligatorio: La Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones

La Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2005, establece un marco legal claro para las interacciones empresariales con estas instituciones. Es importante destacar que la afiliación a las cámaras es un acto voluntario y no obligatorio. Sin embargo, existe una obligación específica para todos los comerciantes e industriales.

De acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, “Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM (Sistema de Información Empresarial Mexicano)”. Este registro en el SIEM es un requisito legal y su costo varía dependiendo del número de empleados, obreros, incluso no remunerados y outsourcing que tenga laborando en su negocio o empresa.

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Sanciones por Incumplimiento del Registro SIEM

La Ley de Cámaras prevé en su Artículo 39 las sanciones que la Secretaría de Economía puede aplicar a quienes incumplan con los términos de la propia Ley. Estas sanciones se refieren exclusivamente a la aplicación de multas en rangos predefinidos, y en ningún caso al cierre parcial o total del establecimiento o a cualquier otra medida que vulnere a la empresa. Es relevante señalar que, en los expedientes con que cuenta la Dirección General de Normatividad Mercantil, no hay evidencia de multa o sanción impuesta a empresa alguna por incumplimiento al registro del Sistema de Información Empresarial Mexicano SIEM.

Cuotas de Registro

Dentro del sector empresarial, diversas organizaciones o servicios pueden requerir el pago de cuotas. Por ejemplo, se menciona la necesidad de cubrir una cuota de registro por $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido como un pago inicial para ciertos procesos o afiliaciones.

Situaciones de Conflicto y Desprestigio

Lamentablemente, en el ámbito empresarial pueden surgir situaciones de conflicto entre diferentes organismos. Se ha observado que, en su afán por desprestigiar al H. Consejo Nacional de Comerciantes y Prestadores de Servicios (CONACO), debido a que se han visto afectados sus mezquinos intereses, algunos grupos tratan de utilizar y comprometer a los empresarios, comerciantes y prestadores de servicios. Por lo anterior expuesto, si alguna cámara de comercio o cualquier otra, les entrega folletos o boletines difamando y calumniando a CONACO, se suplica hacer caso omiso de los mismos y entregarlos a los supervisores-promotores del Consejo para su debido seguimiento.

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