Descubre Cómo Cumplir Fácilmente con la Declaración Anual Informativa Local de Partes Relacionadaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto especial énfasis en la regulación de las operaciones con partes relacionadas. En este contexto, el pasado mes de abril el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de internet www.sat.gob.mx la nueva versión anticipada de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2017 y sus Anexos 1, 1-A, 5, 7, 15 y 16-A, la cual contempla entre otras cuestiones las nuevas reglas para el cumplimiento del artículo 76-A de la LISR. Estas normativas son fundamentales para asegurar la transparencia y el cumplimiento fiscal de los contribuyentes que realizan transacciones con sus partes relacionadas.

Tipos de Declaraciones Informativas de Partes Relacionadas

Para el cumplimiento de las obligaciones en materia de precios de transferencia, existen tres declaraciones anuales informativas principales que los contribuyentes deben considerar:

  • Declaración Informativa Maestra de Partes Relacionadas.
  • Declaración Informativa Local de Partes Relacionadas.
  • Declaración Informativa País por País.

Estas declaraciones se deberán presentar a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior al ejercicio fiscal de que se trate.

Obligatoriedad de la Declaración Anual Informativa Local

La Declaración Anual Informativa Local de Partes Relacionadas es crucial para los contribuyentes. Recientemente, el pasado 5 de diciembre se celebró la cuarta reunión de trabajo de 2024 entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y Coordinadores Nacionales de Síndicos del Contribuyente, cuya convocatoria incluyó al Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos, A.C.

En dicho planteamiento, se solicitó orientación y consideración al SAT para la incorporación de una regla de carácter general [similar a la Regla 2.16.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2023] con la finalidad de establecer la obligación para aquellos contribuyentes ubicados en la fracción VI del 32-H Código Fiscal de la Federación (CFF), únicamente cuando en el ejercicio hayan realizado operaciones con los sujetos establecidos en el artículo 32-A, segundo párrafo del CFF y siempre que el monto de la operación exceda los siguientes umbrales:

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Umbrales para la Obligatoriedad de la Declaración Local
Tipo de ActividadMonto Mínimo de Operación
Actividades empresariales$13’000,000.00
Prestación de servicios profesionales$3’000,000.00

Es fundamental que los contribuyentes identifiquen si cumplen con estos criterios para asegurar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Aspectos Generales para la Presentación

La versión anticipada de la RMF a la que se hace referencia establece que los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas normal y complementaria (s), deberán realizar su envío por medio de la herramienta que disponga el SAT.

Para el cumplimiento en los términos de las disposiciones fiscales antes mencionadas, es importante contar con toda la información que sea requerida para cada declaración informativa.

Recomendaciones para un llenado correcto

Se recomienda trabajar juntamente con el grupo corporativo, los especialistas en precios de transferencia, y los asesores fiscales en México, para poder realizar el llenado de dichas declaraciones de forma correcta.

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