Declaración de Ajuste Anual de ISR por Salarios: Todo lo que Debes Saber para Cumplir sin Errorespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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A pocos días de comenzar el nuevo año, es fundamental preparar uno de los procesos más importantes en la gestión de nóminas: el ajuste anual de ISR por sueldos y salarios. De acuerdo con el artículo 97 de la Ley del ISR es una obligación de todas las personas físicas y morales que funjan como empleadores (patrones), calcular el ISR anual y efectuar el ajuste correspondiente a los trabajadores.

¿Cómo se realiza el ajuste anual de ISR a salarios?

En este cálculo se consideran los ingresos por salarios que los trabajadores perciben y a los que se aplicaron las retenciones de impuestos mensualmente.

El patrón realiza los cálculos, retenciones y enteros mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, utilizando una tabla mensual incluida en el artículo 96 de LISR. Pero al finalizar dicho ejercicio, se tiene que calcular el impuesto anual (definitivo) aplicando la tabla o tarifa anual incluida en el art. 152 de la LISR, a la totalidad de los ingresos gravados y acumulables del empleado durante el año.

Al resultado de la retención anual, se acreditarán las retenciones realizadas de cada mes (pagos provisionales) por lo que el resultado puede ser a cargo o a favor del trabajador. En pocas palabras, este procedimiento implica retener y enterar la diferencias a cargo del trabajador o en su caso la devolución o compensación del saldo a favor art.

Este ajuste anual es importante debido a que uno de los requisitos de la deducción de salarios es realizar la retención y entero del ISR en forma oportuna.

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Cálculo Anual de Sueldos y Salarios

El cálculo anual de sueldos y salarios, es una obligación que los patrones deberán efectuar a sus trabajadores con excepción de aquellos que se ubiquen en algunos de los siguientes supuestos conforme al artículo 97 LISR:Hayan iniciado la relación laboral con posterioridad al 1o. de enero del año de que se trate o hayan dejado de laborar con el retenedor (o sea el patrón) antes del 1o.

Pero en todos los demás casos, invariablemente, hay que cumplir con esta disposición fiscal.

Obligaciones del Patrón

Atender las Obligaciones que como patrón se tienen (art.) Los empleadores que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Capítulo I ya mencionado, tendrán las siguientes obligaciones:

  • El patrón debe efectuar las retenciones mensuales y el cálculo anual de sus trabajadores en los términos establecidos en la ley.
  • El patrón debe expedir y entregar a sus trabajadores los CFDI por los sueldos pagados y recabar evidencia de su recepción. Estos comprobantes (CFDI de nómina), tendrán que expedirse a más tardar el mismo día en que venza el plazo para la declaración.
  • El patrón deberá cumplir con la determinación y pago del subsidio para el empleo a los trabajadores a los que les aplica.
  • Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de cada año, constancia y comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año calendario o del ejercicio a sus prestadores de servicios personales subordinados.

Recomendaciones adicionales

  1. Realizar una revisión previa o conciliación de los ingresos acumulados en la nómina de los empleados.
  2. Atender lo señalado en el apéndice 8 “Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina” incluido en la “Guía de llenado del CFDI de nómina” y su complemento, publicada por el SAT.

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