Cuando una persona fallece, nuestro marco normativo establece diferentes conceptos para cada tipo de heredero. Se define como heredero universal a la persona que pasa a ser tanto un sujeto activo como un sujeto pasivo de los bienes del fallecido, incluso en las relaciones jurídicas del mismo. El heredero universal adquiere no solo las propiedades, sino también las deudas, así como las relaciones jurídicas (obligaciones y responsabilidades contraídas en vida por la persona que ha fallecido).
Es importante destacar que ser heredero universal no es sinónimo de ser heredero único. Muchas personas confunden ambos conceptos: un heredero universal no tiene por qué ser, a la vez, heredero único. Por ejemplo, la esposa y los hijos de una persona fallecida pueden ser todos herederos universales, pero, al ser más de uno, no son únicos.
Procedimiento de declaración de herederos abintestato
La declaración de herederos es el procedimiento legal por el que se determina quiénes son las personas llamadas a heredar en una herencia intestada. Este trámite se conoce también como declaración de herederos abintestato. Es necesario hacer una declaración de herederos cuando procede la sucesión legítima, ya sea porque el causante no ha dejado testamento válido y eficaz, porque el testamento no ordena toda la herencia o porque concurre alguno de los demás casos contemplados legalmente.
¿Quiénes pueden solicitar la declaración de herederos?
Pueden instar la declaración de herederos quienes consideren que tienen derecho a suceder abintestato a una persona fallecida, siempre que sean sus descendientes, ascendientes, cónyuge viudo, persona unida al fallecido por una relación análoga a la matrimonial y parientes colaterales. Asimismo, cualquier persona que, a juicio del notario, tenga interés legítimo, puede requerir el inicio del acta.
Requisitos y documentos necesarios
Para tramitar la declaración de herederos, deben aportarse los documentos que permitan acreditar el fallecimiento, la identidad y domicilio del causante, la inexistencia o ineficacia de una disposición sucesoria y el vínculo de las personas llamadas a heredar con el causante. Entre los documentos habituales se encuentran:
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- Certificado de defunción.
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Documentos de identidad o empadronamiento que acrediten el último domicilio del fallecido.
- Certificados del Registro Civil necesarios para probar el vínculo familiar (certificados de nacimiento o de matrimonio).
Tramitación ante Notario
La declaración de herederos se tramita ante notario mediante un acta de notoriedad. Para iniciar el expediente, el solicitante debe identificar a las personas que considera llamadas a la herencia. También deben declarar al menos dos testigos. Su función es manifestar que les constan los hechos en los que se basa la solicitud, como el fallecimiento, la inexistencia de una disposición sucesoria eficaz y el vínculo familiar de las personas designadas como posibles herederos.
El solicitante puede elegir entre el notario del lugar donde el fallecido tuvo su último domicilio o residencia habitual, el del lugar donde se encuentre la mayor parte de sus bienes o el del lugar de fallecimiento, siempre que estén en España. También puede acudir a un notario de un distrito colindante.
Tabla: Supuestos de procedencia de la sucesión legítima
| Causa | Descripción |
|---|---|
| Falta de testamento | El causante muere sin testamento, con testamento nulo o que ha perdido su validez. |
| Disposición incompleta | El testamento no contiene institución de heredero o no dispone de todos los bienes. |
| Ineficacia del heredero | Falta la condición, el heredero muere antes que el testador o repudia la herencia. |
| Incapacidad | El heredero instituido es incapaz de suceder (indignidad). |
Efectos y reclamaciones
La declaración de herederos permite acreditar quiénes son las personas llamadas a suceder al causante cuando procede la sucesión intestada. El acta notarial no adjudica por sí sola los bienes de la herencia, sino que identifica a los herederos abintestato y concreta los derechos que les corresponden. La declaración notarial no impide que una persona que se considere perjudicada pueda reclamar judicialmente su derecho. Si alguien entiende que tiene derecho a la herencia y no ha sido reconocido como heredero, podrá acudir al proceso declarativo que corresponda.
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