La obra contiene las lecciones propias de la parte general de la asignatura Derecho financiero y tributario, comprendiendo las dos partes básicas que la integran: el Derecho de los ingresos y de los gastos públicos. Se trata de una obra de introducción al conocimiento de la asignatura o asignaturas de la parte general del Derecho financiero y tributario, dirigida, fundamentalmente, a quienes como alumnos se inician en el conocimiento de la materia. La edición ha incorporado todas las modificaciones normativas y jurisprudenciales que se han ido produciendo hasta la fecha del cierre de la edición.
Estructura y Contenido de la Obra
La obra se organiza en tres partes fundamentales, cubriendo los aspectos esenciales del Derecho Financiero y Tributario.
PARTE PRIMERA. EL DERECHO FINANCIERO: CONCEPTO Y FUNDAMENTOS DE SU ORDENAMIENTO JURÍDICO
- Lección 1. El concepto de derecho financiero
- Lección 2. El poder financiero
- Lección 3. Los principios constitucionales del derecho financiero
- Lección 4. Las fuentes del derecho financiero
- Lección 5. La aplicación de las normas del derecho financiero
PARTE SEGUNDA. DERECHO TRIBUTARIO
- Lección 6. Concepto y clases de tributos
- Lección 7. La estructura del tributo
- Lección 8. El nacimiento de los tributos
- Lección 9. La cuantificación de los tributos
- Lección 10. Los obligados tributarios
- Lección 11. La extinción de los tributos
- Lección 12. La aplicación de los tributos
- Lección 13. La gestión de los tributos
- Lección 14. La inspección de los tributos
- Lección 15. La recaudación de los tributos
- Lección 16. Los ilícitos tributarios
- Lección 17. La revisión en vía administratia de los actos tributarios
PARTE TERCERA. DERECHO PRESUPUESTARIO
- Lección 18. El concepto de presupuesto y las leyes de presupuestos generales del estado
- Lección 19. Los principios presupuestarios
- Lección 20. La elaboración y aprobación de las leyes de presupuestos generales del estado
- Lección 21. La ejecución de las leyes de presupuestos generales del estado: Gestión de los presupuestos de ingresos y gastos
- Lección 22. La ejecución de las leyes de presupuestos generales del estado: modificaciones de los créditos y cuentas anuales
Referencias Legales y Doctrina
La obra se apoya en una sólida base normativa y jurisprudencial, así como en aportaciones doctrinarias relevantes.
Normativa Clave
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Arts.35 a 48 y art.
- RD 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes, arts.
- RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se regula el Reglamento General de Recaudación, arts.
Jurisprudencia Relevante
- STSJ de Murcia de 27-4-2000.
- Consulta de la DGT de 19-9-2008/núm.
- Consulta de la DGT de 21-11-2000/núm.
- “Responsables tributarios subsidiarios: Aspectos sustantivos y procedimentales para declarar esta responsabilidad, y examen de la extensión, o no, de la misma a las sanciones”, Jurisprudencia Tributaria Aranzadi, núm.
Publicaciones Doctrinarias
- FERNÁNDEZ AMOR, J. - GARCÍA CALVENTE, Y: “Procedimiento frente a responsables tributarios”, en Tejerizo López, J. M. (coord.), Los nuevos reglamentos tributarios: recaudación, régimen sancionador y revisión, Aranzadi, 2006, págs. 233 a 237.
- MARTÍN JIMÉNEZ, A.J.: “La responsabilidad tributaria en la LGT y el Derecho comunitario”, Revista Española de Derecho Financiero, núm.
- MARTÍNEZ MICÓ, J.G.: El alcance de la responsabilidad tributaria de los administradores de sociedades: su extensión a las sanciones, Quincena Fiscal, núm.
- “Acerca de la responsabilidad tributaria”, Anuario de la Facultad de Derecho, núm. 24, 2006, págs.
- “La responsabilidad tributaria en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre”, Revista de información fiscal, núm 74, 2006, págs.
- RUIZ GARIJO, M.: “Un nuevo y anómalo supuesto de responsabilidad tributaria en el IVA. Análisis de su adecuación al Derecho Comunitario y de su eficacia en una economía globalizada”, Impuestos, núm.
- “Obligado tributario”, Enciclopedia Jurídica Básica, Civitas, Tomo III, 1995, págs.
- “Responsabilidad tributaria de administradores tras su cese en el cargo”, Actualidad Jurídica Aranzadi, núm.
Casos Prácticos Ilustrativos
Se presentan diversos escenarios para comprender la aplicación de los tributos y la identificación de los obligados tributarios.
- Andrés es empresario y cobra en sus facturas el IVA a los clientes que tiene.
- Constancia compra una finca rústica a Clara. Clara es el contribuyente porque no tienen validez ante Hacienda los pactos entre particulares para alterar las situaciones subjetivas de los tributos.
- Donata trabaja como arquitecto y cobra sus facturas con IVA a sus clientes. Algunos de sus clientes son empresarios y otros son particulares. Donata es el contribuyente en el IVA y el IRPF.
- Ernesto paga la factura de la luz en la que se encuentran desglosados dos tributos: el IVA y el Impuesto Especial sobre la Electricidad. Ernesto es tercero repercutido en el IVA al ser el consumidor y el contribuyente en el Impuesto sobre la Electricidad.
- Fermín no está obligado a retener por ser particular y no es obligado tributario ya que no hay IVA y no es tercero repercutido.
- Germán fue al Bingo y compró cartones por valor de 100 euros cada uno. En cada uno 80 euros corresponden al precio, 12 al IVA y 8 al Impuesto sobre el Juego del Bingo de su CCAA. Germán es el tercero repercutido en el IVA y el contribuyente en el Impuesto del Bingo.
- Hilaria va a la estación de servicio y abona 40 euros por varios litros de gasolina. De los 40 euros, 16 son el IVA, 10 el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y 4 el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
- Jorge es ganadero y paga todos los meses a Joaquín una cantidad por alquilar una finca como pasto para su ganado. Jorge es el contribuyente en el IVA y las empresas los terceros repercutidos en cuanto a la venta de leche.
- Luisa compra 100 acciones de una compañía “LL” que reparte un dividendo por acción de 10 euros por título. La compra y venta de acciones no supone IVA porque está exento. En cuanto a la venta de acciones, será una plusvalía por la que Luisa será contribuyente en el IRPF. En cuanto al dividendo también será contribuyente en el IRPF y la compañía “LL” será el retenedor por el pago de los dividendos.
- Margarita debe pagar a la compañía suministradora de agua la tarifa por ello (más IVA) y también el Canon de Saneamiento por la depuración del agua a la CCAA. En el IVA Margarita es tercero repercutido y la compañía el contribuyente.
Herramientas de Aprendizaje
Para reforzar el conocimiento, se ofrece un test interactivo.
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- Al hacer click en el enlace se abrirá una página web que contiene el test a realizar. El test puede hacerse tantas veces como se desee.
Lea también: Fundamentos del Derecho Tributario
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