Destrucción de Materiales y SAT: Guía Definitiva de Requisitos y Procedimientos Imprescindiblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La compra de mercancía para su comercialización o transformación y posterior enajenación es una práctica frecuente en las organizaciones. Dicha operación tiene el carácter de deducibilidad hasta el momento de su venta vía costo de lo vendido; sin embargo, ¿qué sucede con la mercancía obsoleta que no se pudo enajenar?

Independientemente de la deducibilidad del costo de lo vendido, es una realidad que la adquisición de los insumos necesarios para el desarrollo de las actividades de los contribuyentes afecta la proporcionalidad de tributo. Por tal motivo el numeral 27, fracción XX de la LISR contempla la posibilidad de deducir de los inventarios el importe de las mercancías, las materias primas, los productos semi-terminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas hubiesen perdido su valor; dicha deducción se debe realizar en el periodo en el que se dé la obsolescencia.

Es importante mencionar que tratándose de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud deben ser ofrecidos en donación antes de su destrucción.

Otros requisitos a cumplir es presentar el aviso de destrucción de mercancía, el cual se debe presentar cuando menos 30 días antes de la fecha en la que se pretenda efectuar la destrucción.

Formato para la Autorización de Importación y Destrucción de Mercancías Donadas

Existe un formato específico para la autorización de importación de mercancías y anexo 1 donadas al fisco federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley Aduanera, en original, llenado.

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De igual forma, para el caso de medicamentos, así como material de curación, reactivos y productos higiénicos y odontológicos en caso de que la caducidad del producto sea menor a 12 meses, estará sujeta al visto bueno por parte de la Secretaría de Salud, considerando la naturaleza del medicamento, y deberá presentar el plan de distribución de los insumos para la salud que garantice su administración en los pacientes o uso dentro de la fecha de caducidad, incluyendo el procedimiento de destrucción de los mismos.

Para aquellos medicamentos que requieran de red o cadena fría para su distribución deberán contar, además, con los registros de su conservación durante el transporte y distribución hasta su entrega al consumidor.

Soluciones para la Facturación Electrónica y el Cumplimiento Fiscal

En el contexto de la gestión fiscal, es fundamental contar con herramientas que faciliten la emisión de facturas electrónicas de una forma fácil, rápida y segura. Un sistema en la nube puede ser una solución, ofreciendo diversos planes y siendo fácil de utilizar.

Estas herramientas permiten emitir la facturación con todas las validaciones que la autoridad requiere. Se puede generar facturas electrónicas y avalar el costo de los servicios desglosando los impuestos a pagar. El sistema permite capturar los datos de pago, los conceptos que integrarán la factura y listo.

La facturación electrónica elimina la facturación en papel y garantiza la autenticidad e integridad de su contenido, incluyendo el Sello (CSD).

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Seguridad y Soporte al Cliente

La seguridad de los clientes es una prioridad, y se ofrece soporte a través de diversos medios, incluyendo atención telefónica al (998) 872 32 93. Un equipo de ingenieros y contadores está disponible para ofrecer servicio.

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