Descubre las Principales Desventajas de las Personas Morales en el Régimen del Sector Primario ¡No Cometas Estos Errores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El Régimen del Sector Primario es un esquema fiscal diseñado para aquellos contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. Este régimen aplica a personas morales que cumplen con ciertos requisitos específicos.

Elegibilidad para Personas Morales en el Régimen del Sector Primario

Puede pertenecer a este régimen, si sus ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales. Se considera que los contribuyentes se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad. Además, debe ser una persona moral que se ubique en uno de los siguientes supuestos:

  • Persona moral, sociedad cooperativa de producción, o persona moral de derecho agrario (ejidos, comunidades, sociedades rurales, entre otros) dedicada exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas.
  • Persona moral o sociedad cooperativa de producción dedicada exclusivamente a actividades pesqueras.

Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

  • Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
  • Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
  • Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
  • Las silvícolas que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

Beneficios Fiscales para Personas Morales AGAPES

Las personas morales que tributan en este régimen gozan de diversas facilidades y estímulos. Algunos de los beneficios fiscales más relevantes incluyen:

  • No paga impuesto sobre la renta (ISR) hasta por un monto anual de 20 UMA´s elevadas al año, por cada uno de sus socios o asociados, sin exceder, en su totalidad, de 200 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización. El límite de 200 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización no será aplicable a ejidos y comunidades.
  • En sus declaraciones provisionales puede aplicar una reducción de 30% en el impuesto sobre la renta (ISR) determinado, siempre y cuando sus ingresos en el ejercicio no excedan de 423 veces la UMA elevada al año.
  • Puede optar por presentar las declaraciones provisionales de forma mensual o semestral, estas declaraciones deberán ser calculadas y entregadas por cada uno de los socios.
  • Puede obtener su devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.
  • Beneficio de deducción de operaciones sin requisitos fiscales.
  • No están obligados a determinar el ajuste anual por inflación.

Además, cada año se publican facilidades administrativas que pueden incluir:

Lea también: Ventajas y Desventajas del Sistema Contable

  • Deducir la suma de las erogaciones por mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, hasta por el 10% del total de sus ingresos propios, sin exceder de $800,000.00 M.N., con requisitos mínimos de comprobante.
  • Optar por realizar pagos provisionales semestrales del ISR.
  • Enterar el 4% por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos efectivamente realizados por concepto de mano de obra a trabajadores eventuales del campo, siempre que los pagos efectuados a cada trabajador eventual del campo no excedan al día de $625.00 pesos m.n. en Zona libre de la frontera Norte y $415.00 pesos en el resto del país.
  • Liberación de la obligación de pagar con cheque nominativo, transferencias, tarjetas de débito o crédito, así como monederos electrónicos por pagos de gastos hasta de $5,000.00 pesos m.n. a una misma persona en un mes.
  • Pagar en efectivo la adquisición de combustibles siempre que éstos no excedan del 15% del total de los pagos efectuados por consumo de combustible para realizar su actividad.
  • Reducir el impuesto determinado conforme al artículo 74, en un 30%, para sociedades o asociaciones de productores y demás personas morales, constituidas exclusivamente por socios o asociados personas físicas, cuyos ingresos por cada socio no excedan de 423 veces el valor anual de la UMA, sin exceder en su totalidad de 4,230 veces el valor anual de la UMA.
  • Relevación de presentar el aviso ante el RFC informando el nombre y la clave del RFC de los socios, accionistas, asociados y demás personas, excepto cuando la autoridad fiscal requiera su presentación.

Obligaciones Fiscales a Considerar para Personas Morales

A pesar de los beneficios o facilidades que ofrece este régimen, es importante que se cumplan con las siguientes obligaciones fiscales:

  1. Inscribirse en el RFC.
  2. Expedir facturas electrónicas cada vez que venda algo, o realice una factura global por las ventas que realice al público en general.
  3. Presentar sus declaraciones provisionales y anual.
  4. Presentar la información del IVA, de las operaciones realizadas con sus proveedores.
  5. Presentar la declaración y el pago provisional de las retenciones de impuesto realizadas a sus trabajadores.
  6. Presentar la información relacionada con su Contabilidad Electrónica.

El impuesto que determinen por cada uno de sus integrantes se enterará de manera conjunta en una sola declaración que se presenta durante marzo del año siguiente. Si la persona moral cumple con las obligaciones fiscales por cuenta de sus integrantes deberá de efectuar por cuenta de ellos las retenciones y el entero.

Las Desventajas Específicas de Operar como Persona Moral en el Sector Primario

Operar bajo la figura de una persona moral, incluso dentro del Régimen del Sector Primario, implica ciertas complejidades y desventajas que deben ser consideradas:

  • Proceso de constitución más elaborado y complicado: Establecer una empresa como persona moral es un proceso más intrincado. Además de tener que dar de alta a la empresa ante el SAT, también se tiene que establecer la empresa ante notario, obtener los permisos necesarios y, hacer los registros de nombre de la empresa. Una vez constituida la empresa, se deberán consultar los permisos o licencias requeridos de acuerdo con el giro.
  • Costo inicial y de mantenimiento más alto: El costo es más alto para este régimen que para una persona física debido a la necesidad de contratar servicios de notario y, pago de registro. También cualquier cambio en los estatutos necesita un notario, como cambios de socio o de responsabilidades legales.
  • Administración fiscal más compleja: La administración por razones fiscales es más complicada, debido a que deben entregar anualmente un balance, estado de resultados y, mantener una administración electrónica.
  • Cálculo del ISR con base en el coeficiente de utilidad: El ISR se calcula mediante el CU (coeficiente de utilidad), un factor que mide el margen de utilidad de las operaciones de la empresa, tomando como base otro ejercicio determinado. Sin embargo, los resultados entre un año y otro pueden ser diametralmente distintos, lo que puede generar incertidumbre en la planeación fiscal.
  • Pago de impuestos por facturación, no por cobro: El pago de impuestos deberá ocurrir a partir de la facturación y, no del pago de la misma. Esto puede generar una presión sobre el flujo de efectivo de la empresa, ya que el impuesto se genera al emitir la factura, independientemente de si el ingreso ya ha sido efectivamente cobrado.
  • Responsabilidad legal y administrativa definida: Si bien es una ventaja que está escrito en los estatutos quienes son legalmente responsables para la administración, obligaciones fiscales y legales, e incluso quienes pueden adquirir deudas, esto significa que la responsabilidad recae directamente sobre los individuos designados en los estatutos.

Lea también: Por qué es crucial una auditoría ambiental

Lea también: Auditoría interna: ¿vale la pena la inversión?

tags: #desventajas #de #las #personas #morales #del