En toda operación de crédito intervienen dos figuras clave: el deudor y el acreedor. Comprender esta dinámica es esencial para tomar decisiones financieras seguras y evitar sorpresas.
El acreedor es una persona física o jurídica que tiene derecho a reclamar el pago o cumplimiento de una obligación a otra parte, conocida como deudor. Este derecho surge cuando una entidad o persona ha prestado dinero, bienes o servicios y espera recibir el pago a cambio. En términos simples, el acreedor es quien tiene derecho a exigir el pago. Por otro lado, un deudor es la persona física o jurídica que debe cumplir con una obligación o con el pago de una deuda que se ha contraído voluntariamente con otra parte. En palabras simples, el deudor es quien debe algo al acreedor. La diferencia entre acreedor y deudor es clara: el acreedor es quien presta y el deudor, quien debe pagar.
La Responsabilidad Patrimonial del Deudor y las Consecuencias del Impago
La obligación de pago que asumes como deudor implica saldar el capital recibido más los intereses pactados. Según detalla el artículo 1911 del Código Civil «el deudor responde de sus obligaciones con todos sus bienes, presentes y futuros.» Este artículo establece el principio de responsabilidad patrimonial e indica que el deudor es responsable de cumplir con sus obligaciones utilizando todos los bienes que posee en el momento actual o aquellos que se puedan adquirir en el futuro. Es decir, el patrimonio del deudor se encuentra sujeto a las obligaciones contraídas. El deudor tiene la facultad de poder liberarse del vínculo jurídico obligacional mediante el pago.
Si el deudor no cumple, las acreedoras pueden aplicar intereses moratorios, registrar la deuda en centrales de riesgo y emprender acciones legales. Estos pasos afectan tu historial crediticio y encarecen la deuda. Conocer las consecuencias te motiva a planificar tus pagos a tiempo. Si incumples tus pagos, el acreedor puede generar intereses adicionales, registrar la deuda en centrales de riesgo y emprender acciones legales. No saldar a tiempo daña tu historial crediticio y aumenta el monto total de la deuda financiera, afectando tu capacidad de obtener nuevos créditos. Por tanto, existe la responsabilidad patrimonial universal y perpetua del deudor moroso.
Métodos de Liquidación de Deudas a Través de Bienes
En los momentos de crisis económica, siempre es bueno contar con herramientas que nos ayuden y faciliten los pagos, sobre todo en casos en los que no disponemos de líquido para hacer frente a una deuda. Dos de estos mecanismos son la dación en pago y la cesión de bienes.
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La Dación en Pago
La dación en pago es un método mediante el que se hace frente a un pago pendiente entregando un bien con el propósito de solventar la deuda. Tiene que mediar acuerdo entre el deudor y el acreedor, pues la relación jurídica está cambiando de forma. Es un instrumento muy habitual tanto entre particulares como en empresas, que lo usan para hacer frente a sus impagos e intentar remediar situaciones de quiebra.
La más común es la figura de la dación en pago entre particulares. Normalmente, se trata de familias que no tienen la posibilidad de seguir pagando sus deudas, como el caso de las hipotecas de sus casas. Así, deciden acudir a su entidad financiera y comenzar la negociación para que el banco no solicite el embargo del domicilio. Esto supone un gran alivio para estas familias, ya que la deuda mantenida con el banco por la hipoteca de sus viviendas se cancela de manera total y, a pesar de haber entregado su propiedad a cambio, ya no existirá ese vínculo asfixiante respecto de la entidad. La dación en pago de deuda entre particulares viene siendo un intento por superar las dificultades económicas que la sociedad actual atraviesa: ante la imposibilidad de afrontar pagos pendientes con dinero líquido, se intenta la liberación de la deuda con transmisiones, siempre, recordemos, mediando la aceptación del acreedor.
La dación en pago para empresas es más común de lo que podemos llegar a imaginar y se da constantemente en el tráfico jurídico empresarial. Las empresas u organismos similares, sociedades o incluso negocios pequeños, recurren a esta vía en los casos en los que no van a poder hacer frente al pago de sus obligaciones en el corto y el medio plazo. Al ser la dación en pago una acción que el deudor decide voluntariamente para hacer frente al pago de una deuda, mediante una prestación distinta a la pactada en primera instancia con el acreedor, necesita de determinadas medidas para poder alcanzarse con buen fin. Por eso, tienen que darse los siguientes requisitos fundamentales de la dación para pago de deudas:
- Que se entregue un bien o tenga lugar la realización de una prestación, y que no se correspondan con lo originalmente pactado.
- Que el fin sea saldar la obligación original que se contrajo.
- Que haya aceptación por parte del acreedor.
La dación en pago extingue la deuda, es decir, tiene un efecto liberatorio inmediato a la transmisión de los bienes al acreedor (negocio pro soluto).
La Cesión de Bienes en Pago
La cesión de bienes en pago a los acreedores es un contrato atípico en México. Aún cuando está previsto en el artículo 2063 del Código Civil Federal (en lo sucesivo CCF), según el cual, el “deudor puede ceder sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas”, carece de un régimen jurídico especialmente aplicable al mismo, salvo aquél que regula la concurrencia y prelación de los créditos, que son aplicables a los convenios “sobre el efecto de la cesión”. Este contrato tiene su antecedente en la cessio bonorum del Derecho Romano, que permitía al deudor que se encontraba en una situación de insolvencia ofrecer a sus acreedores los bienes que tenía, para que éstos los vendieran y pagaran los créditos con el precio de la venta.
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El artículo 1977 del Código Civil Italiano señala que “la cesión de los bienes a los acreedores es el contrato por el cual el deudor encarga a sus acreedores o a alguno de ellos que liquiden todos o algunos de sus activos y se repartan entre sí el producto en satisfacción de sus créditos”. En la cesión de bienes está implícito un mandato por el que se encomienda a los acreedores la venta de los bienes cedidos y el pago de los créditos adeudados con el precio de la operación, hasta el monto que represente el importe líquido de la enajenación. De acuerdo con Betti, la cesión de bienes importa una autorización que el deudor confiere a sus acreedores de liquidar los bienes y disponer de ellos. El mandato conferido para los efectos apuntados no es, necesariamente, un mandato con representación.
La cesión de bienes en pago restringe el derecho que tiene el deudor de disponer de los bienes cedidos, puesto que el deudor concede facultades de disposición sobre tales bienes a sus acreedores. De este modo se establece, por vía convencional, un régimen de indisponibilidad al que queda sujeto el deudor. Cuando el precio de la venta de los bienes cedidos es insuficiente para pagar la totalidad de los créditos adeudados, los acreedores reciben una parte del precio como pago parcial, en proporción a sus respectivos créditos (par condicio creditorum), a menos de que algunos de los créditos sean preferentes o que las partes hayan acordado una distribución diferente. A diferencia de la dación en pago, la cesión de bienes no extingue la obligación de inmediato, sino que tal consecuencia queda supeditada a la venta de los bienes y a la aplicación de su importe líquido al pago de la deuda (negocio pro solvendo).
Diferencias Clave entre Dación en Pago y Cesión de Bienes
Aunque ambos mecanismos permiten al deudor pagar al acreedor con bienes, existen diferencias fundamentales:
| Característica | Dación en Pago | Cesión de Bienes en Pago |
|---|---|---|
| Efecto liberatorio | Inmediato (pro soluto), al transmitirse los bienes. | Condicional (pro solvendo), supeditado a la venta de los bienes y aplicación de su importe. |
| Disposición de bienes | Los bienes se transmiten al acreedor, quien adquiere la propiedad y plena disposición. | El deudor concede facultades de disposición a los acreedores para que los vendan; el deudor restringe su derecho a disponer de ellos. |
| Extinción de deuda | La deuda se extingue totalmente con la transmisión de los bienes. | La deuda se extingue solo hasta el importe líquido obtenido de la venta; el remanente de la deuda subsiste si el precio es insuficiente. |
El Proceso de Concurso de Acreedores: Un Proceso en Caso de Insolvencia
Cuando una empresa no puede cumplir con sus obligaciones financieras, puede declararse en concurso de acreedores. Este proceso implica una reorganización de sus deudas para intentar solventar la situación y afecta tanto a deudores como a acreedores.
Detalles del proceso:
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- Afectación a los deudores: Los deudores se ven obligados a reorganizar sus actividades financieras y operativas bajo supervisión judicial.
- Impacto en los acreedores: Los acreedores deben esperar para recuperar sus deudas, y el tiempo y la cantidad recuperada dependerán del tipo de crédito que posean.
- Categorización de las deudas: Las deudas se clasifican en diferentes categorías.
En situaciones de insolvencia, los acreedores se dividen en tres categorías según el orden de preferencia en el cobro de deudas:
- Acreedores privilegiados: Cobran primero e incluyen trabajadores con salarios pendientes o entidades que tienen garantías reales sobre bienes del deudor.
- Acreedores ordinarios: Son aquellos que no tienen privilegios sobre el cobro, como los proveedores comunes.
- Acreedores subordinados: Cobran al final del proceso y generalmente son socios de la empresa o entidades relacionadas con el deudor.
Este esquema ofrece una visión clara de cómo se desarrolla el proceso de concurso de acreedores y cómo impacta a los involucrados en el mismo.
