¡Descubre Cómo Recuperar tu Devolución del Fondo de Ahorro 1972-1992 y Aprovechar tus Subcuentas de Vivienda Infonavit!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La devolución de los recursos del Fondo de Ahorro y Subcuentas de Vivienda Infonavit es un tema de gran interés para muchos trabajadores. Los pasos y condiciones para solicitar estos ahorros varían significativamente dependiendo de factores como la edad de la persona trabajadora, el momento en que empezó a cotizar y si se cuenta o no con una pensión. Para empezar, es crucial no tener ningún crédito activo.

Las aportaciones o ahorros se van acumulando en diferentes lugares, por lo que lo primero es identificar las fechas en las que trabajaste. Por ejemplo, una persona que en 1973 tuvo su primer empleo formalizado ante el Infonavit, ahora debe tener cerca de 72 años, suponiendo que comenzó a trabajar a los 20 y dejó de hacerlo en enero de 1992. Sin embargo, puede ser que una persona haya trabajado bajo los diferentes regímenes, suponiendo que empezó a cotizar en 1990, pero sigue trabajando hasta ahora. Este ejemplo podría ilustrar a un trabajador que ahora tiene entre 50 y 60 años.

Tipos de Fondos y Subcuentas de Vivienda

Según la página web del instituto, hay tres tipos de cuentas Infonavit que administran las aportaciones patronales:

  • Fondo de Ahorro 1972-1992: Corresponde a las aportaciones patronales del periodo de mayo de 1972 a febrero de 1992. Es operado y administrado por el Infonavit y, de acuerdo con la normatividad de ese periodo, no generó rendimientos.
  • Subcuenta de Vivienda 1992-1997: Constituida por las aportaciones patronales del periodo de marzo de 1992 a junio de 1997. La subcuenta fue administrada en un principio por los bancos; posteriormente, a partir de julio de 1997, por las Afores (Administradoras de Fondos de Retiro). En esta fecha nació el «SAR», sistema de fondos para el retiro, con aportaciones patronales que se hacían a una cuenta bancaria individual, propiedad del trabajador.
  • Afore, Subcuenta de Vivienda 1997: A partir de 1997, las aportaciones se integran en la Afore del trabajador.

Requisitos y Condiciones para la Devolución del Fondo de Ahorro 1972-1992

Podrás disponer de los recursos del Fondo de Ahorro 1972-1992 si cumples con los siguientes requerimientos:

  1. Tener 50 años o más.
  2. Al menos un año sin trabajar.
  3. Contar con RFC, Número de Seguridad Social (NSS) y CURP.
  4. Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
    • Cesantía por edad avanzada.
    • Vejez.
    • Invalidez definitiva.
    • Incapacidad total permanente.
    • Incapacidad parcial del 50 % o más.
  5. Si fallece el titular, se hará la devolución a sus beneficiarios. Para ello, deberán contar con una resolución de pensión por viudez, viudez y orfandad o ascendencia que los reconozca como beneficiarios del IMSS. En este caso, los beneficiarios reconocidos ante el IMSS no requieren la designación de beneficiarios emitida por la autoridad laboral.

Devolución para Personas No Pensionadas

Aunque personas no pensionadas sí pueden pedir la devolución de su ahorro, conseguir estos recursos implica consideraciones importantes. Ángel Edoardo Ruíz, abogado especializado en seguridad social y laboral, y Sandra García, asesora certificada, advirtieron que conseguir estos recursos implica una demanda en la que se renuncie a la pensión. La manera en la que está diseñada la ley es que uno no disponga de ese dinero antes de determinada edad, y hay candados legales para que la mayoría de las personas, previo a demandar, no dispongan de este recurso.

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Con las normas vigentes, las personas no pensionadas pueden solicitar la devolución al Infonavit solo si cuentan con recursos en el fondo de ahorro 1972-1992. Quienes simplemente tengan menos de 70 años y terminaron su relación laboral podrían pedir la devolución del fondo de ahorro. Al momento de demandar al instituto, se demanda a la par al IMSS, y entonces se está renunciando a todos los temas de pensión con tal de retirar el dinero anticipado.

Proceso para Solicitar la Devolución

Para tramitar el retiro del Fondo de Ahorro 1972-1992, podrás acudir al Centro de Servicio Infonavit más cercano a tu domicilio. Es recomendable comunicarse previamente a Infonatel para que te informen qué documentos requerirás según la causal por la que solicites la devolución.

Los ahorros acumulados de Infonavit se pueden consultar en Mi Cuenta Infonavit y en las Afores. El sistema reflejará el saldo total con el que cuenta el pensionado, conformado por las aportaciones realizadas por su patrón más una cantidad igual proporcionada por el Infonavit. En caso de no estar de acuerdo, el pensionado podrá tramitar una aclaración desde el portal y adjuntar la documentación requerida.

Para quienes cuentan con recursos en una Afore, también existe un retiro anticipado del saldo en la subcuenta por desempleo, en cuyo caso, se deben consultar las condiciones de cada Afore. De acuerdo con lo aprobado por diputados y senadores, sí podrás pedir tu ahorro acumulado, pero la forma de solicitarlo varía dependiendo del régimen de la pensión.

El Fondo de Vivienda y su Utilidad

Tu fondo de vivienda sirve para diversos propósitos:

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  • Incrementar tu capacidad de compra al momento de tramitar un crédito Infonavit.
  • Liquidar un crédito que previamente hayas contratado con un banco o Sofol (Sociedad Financiera de Objeto Limitado).
  • Reparar o remodelar una vivienda.
  • Mejorar el monto de tu pensión cuando decidas jubilarte.

Casos Específicos de Devolución

Los pensionados bajo el régimen de Ley 97 recibirán la totalidad de los recursos disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97 y los rendimientos generados hasta el momento en que son solicitados.

Origen y Propósito del Infonavit

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) nació en 1972, fruto de lo que contempla el Artículo 123, fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Este artículo establece que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Se consideró de utilidad social la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda. Esas aportaciones las realiza el patrón en favor de sus trabajadores (ver art. 29, fracción II de la Ley del Infonavit) y consiste en el 5% del salario base de cotización, que es el mismo salario que se calcula para efectos del IMSS.

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