Empecemos por decir que el ISR es un impuesto que se aplica sobre los ingresos que obtienen todas las personas físicas y morales con percepción. Esto significa que cada vez que recibes tu pago, ya viene con una parte descontada que va directamente al gobierno, es tu respectivo pago de impuestos y aparece en tu recibo como ISR retenido.
Sí, el ISR retenido se puede recuperar, pero en ciertos casos, no siempre. El hecho de que te hayan retenido ISR no significa necesariamente que perdiste ese dinero. A la hora de realizar la declaración anual, las personas físicas tienen derecho a solicitar junto con su trámite, de manera automática, la devolución del saldo a favor que resulte luego del cálculo de los impuestos correspondientes y los pagos provisionales de impuestos.
Pongamos un ejemplo, si durante el año ganaste $300,000 pesos, tu patrón retuvo $30,000 de ISR. Cuando haces tu declaración, el sistema calcula que sólo debiste pagar $20,000. En ese caso, el SAT te devuelve los $10,000 que pagaste de más. Eso sí, recuerda que todo depende del régimen en el que estés y de tus deducciones autorizadas. Recuerda que el Servicio de Administración Tributaria tiene procedimientos establecidos y que contar con asesoría fiscal adecuada puede hacer la diferencia.
¿Quiénes Pueden Solicitar la Devolución de Impuestos?
Aquí te explicamos quién tiene derecho a la devolución, qué necesitas y cómo solicitarla.
Trabajadores Asalariados
Muchos trabajadores asalariados no saben que pueden recuperar dinero del SAT. Si tienes contrato de nómina y durante el año pagaste gastos médicos, colegiatura, intereses hipotecarios u otras deducciones personales, es probable que el SAT te deba dinero.
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Los trabajadores asalariados pueden pedir devolución de ISR cuando al presentar su declaración anual el resultado es saldo a favor. Esto ocurre cuando:
- Tuviste deducciones personales (médicos, dentista, colegiatura, etc.).
- Trabajaste para más de un patrón en el mismo año.
- Tu patrón retuvo más ISR del que correspondía.
- Dejaste de trabajar parte del año y el cálculo anual arroja menos ISR del que se retuvo.
Contribuyentes con Actividades Independientes
Las personas que tienen actividades independientes también pueden tener retenciones de ISR por parte de sus clientes. Lo mismo aplica si manejas una actividad empresarial, negocios o trabajas bajo el nuevo régimen RESICO.
Deducciones Personales que Puedes Incluir
Puedes deducir gastos siempre que tengas factura a tu nombre:
- Honorarios médicos, dentales, psicológicos, oftalmológicos y hospitalización.
- Colegiaturas de preescolar hasta preparatoria (hasta los límites del SAT).
- Intereses reales de crédito hipotecario.
- Primas de seguros de gastos médicos mayores.
- Aportaciones voluntarias al AFORE.
- Donativos a instituciones autorizadas.
El límite de deducciones personales es el menor entre el 15% de tus ingresos anuales o $197,510 MXN (tope aproximado 2025, sujeto a actualización).
Tipos de Devolución: Automática vs. Manual
Devolución Automática
Si el proceso se hace de forma automática y no hay inconsistencias, el SAT te depositará en un plazo de 10 a 40 días hábiles. Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
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¿Quiénes Deben Tramitar la Devolución de Forma Manual?
Sin embargo, existen algunos contribuyentes que, de acuerdo con las leyes fiscales, no cumplen con los requisitos para tramitar la devolución de forma automática. Las personas físicas, que tienen alguna de estas características, no tienen derecho a tramitar la devolución de saldo a favor de forma automática:
- Cuando la cifra a devolver es superior a los 150,000.00 pesos.
- En el caso de que ya hayan presentado la declaración anual, pero no eligieron la opción de devolución automática.
- Cuando hayan obtenido bienes en co-propiedad, sociedad conyugal o sucesión, durante el ejercicio fiscal correspondiente.
- Tengan cancelado el Certificado de Sello Digital concedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
- Los comprobantes fiscales presentados en la declaración fueron expedidos por contribuyentes calificados como incumplidos por el SAT.
- Solicitan devoluciones de años que no corresponden al mismo ejercicio fiscal de la declaración.
Si te encuentras en esta categoría, ¡no te preocupes! A continuación, te compartimos el paso a paso de cómo realizar el trámite de forma manual.
Documentos Necesarios para la Solicitud de Devolución
Recuerda que deberás tener a la mano la información y documentación necesaria de la declaración correspondiente, previamente digitalizada en formato comprimido. Esto es porque es probable que el sistema te pida capturar la información de la declaración de la que solicitas el saldo a favor. Adicionalmente, deberás tener digitalizada la carátula de un estado de cuenta bancario reciente, donde aparezca tu nombre, como titular de la cuenta, la cuenta CLABE y el RFC.
Documentos Generales
- RFC y contraseña del SAT (o e.firma).
- Constancia de percepciones y retenciones de tu patrón (te la debe dar en febrero).
- Facturas de tus deducciones personales (el SAT las descarga automáticamente si están registradas en el portal).
- CLABE bancaria para recibir la devolución.
Para Contribuyentes de Grandes Empresas o Hidrocarburos
Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, que tengan saldo a favor del IVA, ISR, impuesto al activo, IETU e IDE, deben presentar su solicitud de devolución con el programa electrónico F3241, que contiene los archivos con la información de los Anexos, 2-A, 2-A Bis, 7, 7-A, 7-B, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A Bis, 8-B, 8-C, 9, 9-Bis, 9-A, 9-B, 9-C, 10, 10-Bis, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-E, 10-F, 11, 11-A, 12, 12-A, 13, 13-A, 14 y 14-A, según corresponda.
Guía Detallada para Solicitar la Devolución de Saldo a Favor Manualmente ante el SAT
Ingreso a la plataforma
- Ingresa al portal del SAT: www.sat.gob.mx, donde deberás dar click en la pestaña: Devoluciones y compensaciones.
- En el menú desplegable tendrás que elegir la opción Solicita tu devolución.
- Te aparecerá un formulario de acceso donde deberás ingresar tu clave de RFC, tu contraseña o e.firma. También deberás escribir la palabra del Captcha.
Validación de Datos del Contribuyente
Una vez dentro, te pedirá validar los datos del contribuyente que aparecerán precargados. Se trata del nombre y apellidos, RFC, domicilio fiscal y datos de contacto: número telefónico.
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Captura de Información del Trámite
En este paso te pedirá seleccionar dentro de diversas opciones: Origen de la devolución, Tipo de trámite, Suborigen del saldo, Información adicional. Terminado cada paso deberás dar click en Siguiente.
Datos del Impuesto, Concepto, Periodo y Ejercicio
En esta sección, será necesario detallar los datos del impuesto, tipo de periodo y ejercicio correspondiente.
Validación de los Datos de la Declaración
El sistema te pedirá validar que los datos estén correctos en la declaración con el saldo a favor. Para esto, es importante que tengas a mano tu Acuse o recibo de la declaración anual, previamente realizada. Podrás acceder a tu declaración dentro del mismo sistema. De no encontrarse, podrás dar click en SÍ cuando te muestre la leyenda: "¿Deseas capturar la información de la declaración?". En cualquier caso, deberás validar los siguientes datos: Tipo de declaración, Fecha de presentación de la declaración, Número de la operación, Importe de saldo a favor.
Información del Banco
En este apartado deberás validar tu cuenta CLABE bancaria y banco, que están previamente cargados en el sistema del SAT o, en su caso, capturarla. Adicionalmente, tendrás que cargar un documento digital de la carátula del estado de cuenta del banco para acreditar que eres el titular de la cuenta. La plataforma te pedirá aceptar un "manifiesto de verdad" sobre la titularidad de la cuenta CLABE donde se depositará la devolución.
Documentos Adjuntos a la Solicitud de Devolución
Es aquí donde tendrás que ingresar los documentos de soporte de ingresos y/o deducciones solicitados por el SAT para su revisión, mismos que deben estar comprimidos en formato .zip. Deberás dar click en examinar para localizar la ubicación de cada archivo y cargarlos de uno en uno.
Revisión y Envío de la Información
Al terminar todos estos procedimientos, el sistema te mostrará toda la información capturada y te pedirá que la revises. Finalmente, deberás dar click en Enviar y la plataforma te pedirá firmar el trámite con tu e.firma.
Descarga del Acuse
Recuerda descargar y guardar el Acuse del trámite para darle seguimiento.
Plazos y Consideraciones en el Proceso de Devolución
De acuerdo con la autoridad fiscal, el SAT toma un plazo de 40 días aproximadamente para emitir una resolución a la solicitud de devolución del saldo a favor. El SAT tiene hasta 40 días hábiles para procesar una devolución normal y hasta 10 días si la declaración es sencilla y sin inconsistencias. En la práctica, muchas devoluciones llegan en 2 a 4 semanas si todo está en orden.
Requerimientos Adicionales del SAT
Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución. El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento. El SAT puede pedirte documentación adicional antes de liberar el pago. Si recibes una carta invitación o requerimiento, respóndelo en tiempo para no perder tu saldo a favor.
Resultados de la Solicitud
Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.
¿Qué Sucede si No Presento la Declaración Anual?
Si ganas menos de $400,000 MXN al año y tienes un solo patrón, en principio no estás obligado a presentar declaración. Sin embargo, si tienes saldo a favor, solo puedes recuperarlo presentando la declaración anual voluntaria. El dinero no llega solo. Tienes hasta 5 años para solicitar devoluciones pasadas antes de que prescriba el derecho.
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