Como buenos ciudadanos, todos debemos enfrentarnos al pago de impuestos. El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México.
¿Qué es el ISR (Impuesto Sobre la Renta)? Definición y Base Legal
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México.
Características Clave del ISR
- Es un impuesto directo que recae directamente sobre los contribuyentes.
- No tiene una cuota estándar, sino que es variante.
- Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos.
¿Cómo funciona el ISR?
Con el Impuesto Sobre la Renta ocurre todo lo contrario: las personas físicas y morales que están obligadas a su cumplimiento deben saber a cuánto asciende.
Fórmula Básica
Para las personas físicas, se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado. Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.
En contraste, los impuestos directos como el ISR y similares aplican según las ganancias individuales. Podrías interpretarlo como un “impuesto justo”, porque es un buen caso en donde el que gana más, paga más.
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¿Quiénes están obligados a pagar el ISR? - Características de los Contribuyentes
Según el Artículo 1 de la LISR, los residentes en México deben declarar todos sus ingresos globales. Eres responsable de declarar y pagar el impuesto directamente al SAT. Si no lo haces, se generarán recargos del 1.13% mensual más actualizaciones por inflación.
¿Cuál es la tasa del ISR?
En 2025, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplica una tasa fija del 30% para empresas y tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos. Los freelancers (Régimen de Actividades Profesionales) pagan ISR sobre sus honorarios brutos, aplicando tasas del 1.92% al 35%.
Ingresos por los que se paga ISR
Todas las percepciones adicionales (comisiones, bonos, horas extras) se consideran ingresos acumulables.
¿Cómo calcular el ISR?
Aunque actualmente ya existen calculadoras de ISR online, es preferible conocer el procedimiento y saber hacerlo manualmente. Las tarifas para el cálculo del ISR fueron publicadas a inicios de año.
Veamos un ejemplo:
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- Ya que ubicaste tu sueldo bruto mensual o tus ganancias comerciales, debes restar el Límite inferior a tu ingreso total.
- Para un ingreso de 20 mil pesos mensuales, el ISR que se debe pagar es de $2,830.84.
Proceso del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Las personas físicas deben realizar pagos provisionales mensuales y presentar declaración anual en abril.
¿Cuándo no se paga ISR?
En 2025, no se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $7,382.34 MXN (límite superior del subsidio al empleo). Es un apoyo gubernamental para trabajadores con ingresos bajos. En 2025, aplica si ganas menos de $7,382.34 MXN mensuales.
Debes sumar los ingresos de ambos trabajos y aplicar la tarifa correspondiente a tu ingreso total anual.
¿Se pueden deducir gastos?
Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).
¿Qué pasa si hay errores en la declaración?
Tienes hasta 5 años para presentar una declaración complementaria mediante el sistema SAT IDC.
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Impuesto del ejercicio de las personas morales
Las personas morales tienen la obligación de determinar y pagar el impuesto sobre la renta del ejercicio correspondiente, el cual se obtiene cuando se aplica la tasa impositiva del 30% al resultado fiscal.
Esta obligación se cubrirá mediante una declaración anual, misma que se presentará dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio.
A partir del ejercicio de 2014, la PTU pagada en el ejercicio se disminuye de los ingresos acumulables del contribuyente.
Pagos provisionales de las personas morales. Sociedades mercantiles
Son los pagos mensuales que las personas morales deberán calcular y enterar a cuenta del impuesto del ejercicio.
El plazo para enterar estos anticipos será a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago.
Para determinar los pagos provisionales es necesario obtener un coeficiente de utilidad en cualquier ejercicio de 12 meses de los últimos cinco años, considerando el más reciente de ellos.
Las personas morales podrán acreditar contra el impuesto determinado en el periodo:
- Los pagos provisionales del mismo ejercicio, efectuados con anterioridad.
- La retención por pago de intereses en el periodo, en los términos del artículo 54 de la LISR.
Respecto a los ingresos que se deben utilizar para calcular los pagos provisionales, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Los ingresos nominales del periodo serán los ingresos acumulables obtenidos desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes por el que se calcule el pago provisional.
- En el caso de créditos u operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste correspondiente al principal, por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.
Para calcular los pagos provisionales no se deben considerar los siguientes ingresos:
- Los provenientes de fuente de riqueza ubicada en el extranjero que hayan sido objeto de retención por concepto del ISR.
- Los atribuibles a establecimientos ubicados en el extranjero que sean propiedad de la persona moral, cuando los ingresos estén sujetos al pago del ISR en el país en el que se encuentren ubicados dichos establecimientos.
Las personas morales del régimen general de la LISR que apliquen el estímulo fiscal por deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, para efectos del cálculo del coeficiente de utilidad, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso, con el importe de la referida deducción.
El coeficiente de utilidad se calculará hasta el diezmilésimo. En esta práctica se calculó hasta 0.1567.
Las personas morales del régimen general de la LISR podrán disminuir de la utilidad fiscal determinada, el monto de la PTU pagada en el ejercicio. El citado monto de la PTU, se disminuirá por partes iguales, en los pagos provisionales de mayo a diciembre del ejercicio. La disminución se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa.
Durante el ejercicio de 2019, la tasa que se empleará para calcular los pagos provisionales del ISR será de 30%.
