El aguinaldo es una prestación laboral pagada antes del 20 de diciembre en México. Inicialmente el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que voluntariamente el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiesta navideñas.
Ante el beneficio que representaba dicha prestación, se consignó en la Ley Federal del Trabajo de 1970,en el artículo 87; el cual a letra señala: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
¿Qué es el Aguinaldo?
El aguinaldo es una cantidad de dinero extra que reciben los trabajadores una vez al año, como parte de tus beneficios laborales. A final de año, las personas que trabajan reciben un aguinaldo por ley, este es equivalente a una quincena de sueldo por parte de su empleador sin embargo, hay empresas que dan más. Este dinero se debe pagar antes del 20 de diciembre. Si ya has recibido aguinaldo anteriormente, recordarás que el monto depositado en tu cuenta de nómina es equivalente al de una quincena de sueldo como mínimo.
Otro punto que debes tener presente de conformidad con el Artículo 101 de la misma ley (LFT) es que dicho aguinaldo no podrá ser cobrado en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo que sustituya un pago monetario y deberá pagarse con la moneda legal (peso mexicano MXN).
Aguinaldo para Trabajadores al Servicio del Estado
Tratándose de los trabajadores al servicio del Estado, éstos gozarán del aguinaldo de conformidad con la Legislación Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentado en el apartado B del artículo 123 Constitucional, el cual señala que tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el presupuesto de egresos, el cual deberá de pagarse el equivalente a 40 días del salario pagándose el 50% antes del día 15 de Diciembre y el otro 50 % a más tardar el 15 de Enero.
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El aguinaldo para los trabajadores al servicio del Gobierno Federal les debe ser pagado en un 50% (20 días de salario) antes del 15 de diciembre y el otro 50% (20 días de salario) a más tardar el 15 de enero del año siguiente (Art.
El Aguinaldo y el ISR
El aguinaldo es una prestación laboral clave en México, pero también tiene implicaciones fiscales importantes tanto para trabajadores como para empleadores. Es crucial para los empleadores garantizar que los cálculos del aguinaldo y sus implicaciones fiscales sean precisos.
La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 fracción XIV se indica que las gratificaciones que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general.
Conforme al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), existe una cantidad sobre este aguinaldo la cual es libre de impuestos, la cual es equivalente hasta 30 días del salario mínimo vigente.
Es importante resaltar que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) considera una exención en el pago de aguinaldo en su artículo 93, fracción XIV, donde se indica que las gratificaciones que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 UMAS, es decir 3,257 pesos.
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La exención al aguinaldo debe considerarse de forma total. XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados.
La exención al aguinaldo debe considerarse de forma total.
Cálculo del ISR sobre el Aguinaldo
Para calcular el ISR sobre el aguinaldo, se aplica la tasa de impuesto correspondiente al monto excedente, según la tabla de tarifas establecida en el Artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Sabemos que cuando llega el aguinaldo, la emoción dura poquito… hasta que ves cuánto se fue en impuestos. El cálculo del ISR se realiza considerando primero el monto exento, y luego aplicando las tarifas vigentes del ISR al excedente.
En este caso, la cantidad del aguinaldo que pagaría ISR es de $1,699.47.
La tasa a que se refiere la fracción anterior se calculará dividiendo el Impuesto que se determine en términos del inciso 3 de este artículo entre la cantidad que resulte del primer inciso que mencionamos.
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Los descuentos aplicados pueden incluir ISR, seguridad social, créditos y deudas fiscales. Está exento de descuentos como el de alimentos.
Deducción del Aguinaldo para el ISR
La parte gravada del aguinaldo es totalmente deducible para el empleador. En términos del artículo 28, fracción XXX de la LISR, los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, incluida la parte exenta del aguinaldo, se sujetan al límite de deduciblidad del 47 % o 53 %, según corresponda.
Para conocer la proporción deducible, la regla 3.3.1.29, de la RMISC 2020, establece el procedimiento para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
| Concepto | 2020 | 2019 |
|---|---|---|
| Salarios | $575,800.00 | $698,780.00 |
| Aguinaldo | $24,587.00 | $29,870.00 |
| Indemnizaciones por terminación de la relación laboral | 0.00 | $24,589.00 |
| Prima de antigüedad | 0.00 | $2,650.00 |
| Prima vacacional | $8,945.00 | $10,480.00 |
| Premio de puntualidad | $7,654.00 | $6,489.00 |
| PTU | $48,798.00 | 0.00 |
| Horas extra | $9,654.00 | $11,564.00 |
| Total de remuneraciones pagadas | $675,438.00 | $784,422.00 |
| Concepto | 2020 | 2019 |
|---|---|---|
| Total de las prestaciones pagadas | $449,549.96 | $405,961.00 |
| Total de las remuneraciones y prestaciones pagadas | $1,124,987.96 | $1,190,383.00 |
| Cociente | 0.3996 | 0.3410 |
Como el cociente de 2020 es mayor al de 2019, la parte del aguinaldo exento para los trabajadores que el patrón puede deducir es de un 53 %.
Incumplimiento en el Pago del Aguinaldo
Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002. Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Capítulo o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces , que va desde $18,622.00 hasta $372.450.00 de acuerdo a la unidad de medida y valor de la UMA.
Otro punto importante es que no, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. Sí, tienen derecho a que les sea pagada la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo laborado.
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