Descubre Qué es el Emplazamiento Mercantil y Cómo Proceder Correctamente para Personas Moralespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El emplazamiento es el mecanismo procesal fundamental a través del cual se le notifica a las partes demandadas la existencia de un proceso judicial en su contra. Este acto garantiza que la parte demandada pueda ejercer su derecho a un debido proceso de ley. En el contexto de los juicios mercantiles, el correcto emplazamiento de una persona moral es crucial, pues un indebido procedimiento puede dejar a la empresa o a quien legalmente la represente en un estado de indefensión, comprometiendo incluso la fe pública del actuario.

Procedimiento de emplazamiento por adhesión

Conforme al último párrafo del artículo 117 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, el emplazamiento al demandado puede realizarse por adhesión en el caso de que no se logre entender con persona alguna. Este procedimiento se desarrolla bajo las siguientes características:

  • El actuario judicial fija en un lugar visible del domicilio del demandado o destinatario del procedimiento judicial, las cédulas de notificación con las copias de traslado correspondientes.
  • Se debe dejar un instructivo en el cual se explique el motivo del emplazamiento por adhesión, el cual tendrá las características de la cédula de notificación usual, con carácter de personal.
  • El emplazamiento se fija en la puerta, previo citatorio que se deja en la misma forma.

Este tipo de emplazamiento tiene lugar cuando el fedatario judicial, previo cercioramiento de que en el lugar en que actúa tiene su domicilio el demandado, no encuentra al buscado ni a persona alguna que atienda su llamado, habiendo dejado anteriormente un citatorio adherido para que en determinada fecha y hora lo esperara la persona a notificar.

Requisitos de validez para el emplazamiento

Para que el emplazamiento por adhesión sea considerado válido, deben cumplirse estrictamente los siguientes requisitos:

  1. Cercioramiento de que el demandado tiene su domicilio en el lugar en el que se constituye el actuario.
  2. Que nadie atienda el llamado del actuario.
  3. Citatorio previo, adherido a la puerta del domicilio.
  4. La fijación de la cédula y las copias de traslado en lugar visible.

Consideraciones sobre la personalidad y el debido proceso

En el juicio mercantil, es indispensable verificar la personalidad del apoderado de una persona moral. La jurisprudencia ha establecido que, para cumplir el requisito de que el notificador se cerciore del domicilio del demandado, es innecesaria una descripción detallada de la persona que informa de lo anterior o con la que se entiende la diligencia, si esta se negó a dar su nombre, a identificarse o a firmar.

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Asimismo, los cambios actuales tras la pandemia de SARS-CoV-2 (Covid-19) han impulsado la implementación de diversas medidas para continuar con los juicios, destacando la aplicación y utilización de los medios electrónicos para realizar notificaciones. No obstante, es vital recalcar que el emplazamiento debe realizarse con estricto apego a la ley para evitar que la resolución afecte el interés jurídico de la persona moral o que el procedimiento sea cuestionado por un tercero extraño a juicio.

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