Régimen de Autoaseguro para Empleadores en Argentina: Todo lo que Debes Saber para Proteger tu Empresapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En los últimos meses comenzó a circular entre empresas y asesores la idea de que la reforma laboral habría habilitado una nueva posibilidad para evitar contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART): el autoaseguro. Simples pasos para entender cómo funciona este modelo y cuáles son sus beneficios y riesgos. Sin embargo, conviene empezar por una aclaración fundamental.

El régimen de empleadores autoasegurados no es una novedad de la reforma. La posibilidad de que una empresa no se afilie a una ART y asuma directamente la cobertura de los riesgos laborales fue prevista originalmente por la Ley 24.557 sobre Riesgos del Trabajo. Posteriormente, el Decreto 585/96 reglamentó esta opción y fijó los requisitos técnicos y patrimoniales para ingresar y permanecer en el régimen. En otras palabras, el autoaseguro existe desde el nacimiento mismo del sistema de riesgos del trabajo en la Argentina. La reforma laboral reciente no creó este mecanismo.

El Autoaseguro: Una Alternativa al Sistema de ART

Entender qué implica el autoaseguro requiere comprender una diferencia central. Según la ley argentina, todos los empleadores deben contratar una ART para sus trabajadores, por lo que si tenés un trabajo en relación de dependencia, es muy probable que tengas una ART activa. Cuando una empresa se autoasegura, ese esquema cambia completamente.

Por eso, desde el punto de vista empresarial, el autoaseguro no consiste simplemente en "no pagar la ART". El Decreto 585/96 refuerza esta idea al exigir que el empleador autoasegurado garantice prestaciones en especie con los mismos estándares que una aseguradora de riesgos del trabajo.

Marco Legal y Requisitos Generales

Las instituciones, organismos o empresas que estén interesados en el autoseguro deben dar cumplimiento a algunos requisitos establecidos en la ley. Las empresas interesadas en el autoseguro deberán cumplir con algunos requisitos en materia de salud y seguridad que están detallados en el Decreto 585/96, normativa que reglamenta el régimen. El ingreso al régimen no es automático ni sencillo.

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Este aporte surgirá del resultado de un cálculo establecido en el decreto ley 585/96, el cual se aplica a las remuneraciones mensuales sujetas a cotización. Es importante destacar que, al optar por el autoaseguro, el empleador debe contar con una póliza de seguro que garantice la cobertura de las prestaciones y la atención médica necesaria para los trabajadores afectados por accidentes de trabajo o enfermedades laborales.

Además, la Gerencia de Prevención de esta S.R.T. anterior, el solicitante deberá acreditar ante esta S.R.T. de fecha 27 de junio de 1996, tendiente a alcanzar el Tercer Nivel.

Responsabilidades del Empleador Autoasegurado

En caso de que un empleador haya optado por el autoseguro, tendrá la responsabilidad de pagar las indemnizaciones correspondientes a los trabajadores que hayan sufrido accidentes laborales o enfermedades profesionales. Es importante recordar que la ART cubre los gastos médicos necesarios para la atención de la lesión o enfermedad, la indemnización por incapacidad temporal o permanente, la pensión por fallecimiento, los gastos de sepelio y los gastos de traslado y movilidad del trabajador lesionado, y el empleador autoasegurado asume estas prestaciones directamente.

Las siguientes circunstancias deberán ser notificadas a esta S.R.T. posteriores a su ocurrencia. Si un empleador no denuncia un accidente de trabajo a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), puede enfrentar sanciones y multas por parte de la SRT.

Ventajas del Autoaseguro

Desde la perspectiva empresaria, el principal atractivo del autoaseguro es el control. En definitiva, el autoaseguro ofrece una ventaja clara: mayor control sobre el sistema.

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Desafíos y Riesgos del Autoaseguro

El verdadero debate aparece cuando se analizan los riesgos que implica el autoaseguro. El primer riesgo es patrimonial. Cuando una empresa tiene ART, el costo principal es la alícuota que paga mensualmente. Sin embargo, al autoasegurarse, la empresa asume directamente la carga económica de los siniestros.

El segundo riesgo es judicial. En el sistema tradicional, las ART suelen intervenir como demandadas principales en muchos de los litigios vinculados al régimen, lo que protege al empleador de la exposición directa. El tercer riesgo es operativo. Las ART cuentan con estructuras complejas que incluyen redes médicas, auditorías, sistemas de seguimiento de siniestros, equipos legales especializados y protocolos de atención, servicios que el empleador autoasegurado debe replicar. El cuarto riesgo es financiero, dada la potencial volatilidad de los costos por accidentes y enfermedades.

Por todas estas razones, el autoaseguro no debería analizarse como una simple herramienta de reducción de costos. Pero ese control tiene un costo.

Rol de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo juega un papel crucial en la supervisión del sistema de autoaseguro. Que a fin de supervisar el sistema de autoaseguro, la S.R.T. determinan se impulse la abrogación de la Resolución S.R.T. La Gerencia de Prevención de esta S.R.T. determinará la revocación del autoseguro. También, cabe mencionar que Abróguese la Resolución S.R.T. 1996.

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