¡Descubre la Verdadera Amenaza de la Biopiratería y Cómo Proteger Nuestros Recursos Genéticos y Saberes Ancestrales!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Qué es la Biopiratería?

Cuando personas naturales o jurídicas -como empresas, universidades u otras organizaciones, tanto nacionales como extranjeras- solicitan el registro de patentes sobre recursos biológicos o conocimientos ancestrales de un país sin su consentimiento previo y sin garantizar una distribución justa de los beneficios, se produce la biopiratería.

Este problema no solo tiene implicancias económicas, sino que también pone en riesgo la valorización del conocimiento ancestral.

De Patrimonio Común a Recursos Soberanos: Una Transformación Histórica

La cuestión de la biopiratería tiene su origen en una transformación histórica: el momento en que la comunidad internacional comenzó a considerar los recursos biológicos no como un patrimonio común, sino como bienes privados.

Durante gran parte de la historia de la humanidad, el derecho internacional ha considerado estos recursos biológicos “patrimonio común de la humanidad”, principio según el cual cualquiera podía obtenerlos y utilizarlos sin tener que solicitar autorización ni compartir los beneficios con sus proveedores.

Sin embargo, con los nuevos avances en genética a partir de mediados del siglo XX, los productos derivados de la biodiversidad pasaron a considerarse “recursos genéticos”, lo que supuso un cambio en la forma de valorar los componentes de la biodiversidad, que pasó a basarse más en su potencial que en su uso efectivo.

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La situación cambió radicalmente en la década de 1990.

El aprovechamiento ilegal de recursos genéticos no es un problema reciente; a la par de la ciencia, este fenómeno ha evolucionado desde hace varias décadas.

En 1992, con la creación del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), el paradigma sobre estos recursos cambió. Gracias al Convenio, la biodiversidad y los recursos genéticos pasaron a ser patrimonio de los Estados.

No obstante, antes de 1992, al ser considerados patrimonio natural de la humanidad, pertenecían a quien los aprovechaba. Por esta razón, “cualquiera podía tener acceso a ellos, incluidas las empresas que son las que tienen más poder, más posibilidad de acceder. Eso les posibilitó apropiarse e inclusive aplicar derechos de propiedad intelectual”, señala Elizabeth Bravo, miembro de la organización Acción Ecológica.

El Valor Invaluable de los Conocimientos Tradicionales

La diversidad de los pueblos indígenas, las culturas, las lenguas y los sistemas de conocimiento de todo el mundo es inmensa.

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Estos sistemas, que han evolucionado a lo largo de siglos, incluso milenios, han contribuido en gran medida al desarrollo de los alimentos que consumimos, de medicinas tradicionales y modernas, y de fibras y materiales utilizados en nuestros hogares y nuestra ropa.

Aunque a menudo se les califica de “tradicionales”, los sistemas de saberes indígenas tienen su origen en la observación empírica y la práctica continuada.

Al igual que otros sistemas, evolucionan constantemente con el paso del tiempo para integrar nuevas informaciones y adaptarse a los cambios de las condiciones locales.

Los conocimientos indígenas relativos a las propiedades de las plantas, los animales y otros seres vivos han sido frecuentemente empleados por investigadores y empresas para desarrollar nuevas tecnologías e innovaciones. Este enfoque, también denominado “biodescubrimiento”, es frecuente en agricultura, alimentación, biotecnología, industria farmacéutica, cosmetología, silvicultura y otros ámbitos, para crear productos que se comercializan a escala global.

La perspectiva del biodescubrimiento ofrece enormes ventajas a quienes desarrollan nuevos productos. Por ejemplo, en la industria farmacéutica, donde los plazos de investigación y autorización son prolongados y el desarrollo de productos es caro y los mecanismos de propiedad intelectual y protección reglamentaria arriesgados, los saberes indígenas pueden contribuir a acelerar la comercialización de los productos.

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No obstante, este biodescubrimiento es objeto de críticas, ya que se le considera una forma de “parasitar” el conocimiento de los pueblos indígenas y de otras poblaciones locales.

En este contexto, se habla de “biopiratería” cuando el rol de estos conocimientos no se reconoce lo suficiente en la investigación científica, en el desarrollo de productos o en su comercialización, o cuando los usuarios de estos conocimientos no comparten adecuadamente los beneficios con sus depositarios ancestrales.

Marcos Regulatorios Internacionales y la Experiencia Peruana

En 1992 se firmó un tratado internacional que reconoce los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos biológicos.

Más recientemente, el Protocolo de Nagoya de 2010 sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios estableció un modelo internacional que permite a los usuarios y proveedores de recursos genéticos y conocimientos tradicionales negociar acuerdos que regulan su uso.

El marco internacional fortalecido de normas y acuerdos que se ha establecido en los últimos 30 años ha acarreado cambios positivos. Hoy en día, muchos países exigen que los usuarios potenciales de los conocimientos indígenas obtengan primero el consentimiento explícito de los depositarios de dichos conocimientos y firmen acuerdos que especifiquen el reparto de beneficios.

Un número cada vez mayor de leyes exige también que los solicitantes de derechos de propiedad intelectual, especialmente las patentes, declaren el origen de los recursos genéticos o los conocimientos tradicionales utilizados que han dado lugar a su innovación.

Este requisito de “indicación del origen” podría ser adoptado por un número cada vez mayor de países tras la formalización, en 2024, del Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados.

Cabe precisar que, recientemente, Perú dio un paso importante con la aprobación del Tratado sobre Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales, que obliga a declarar el origen de estos en las solicitudes de patentes.

Una patente es un reconocimiento legal que otorga derechos sobre descubrimientos o creaciones. En este contexto, América Latina, rica en biodiversidad, es un blanco frecuente para biopiratas.

La Comisión Nacional contra la Biopiratería (CNB), presidida por el Indecopi, informó que el Perú evitó 180 casos de biopiratería en sistemas de patentes a nivel mundial en los últimos 20 años, como parte de las acciones para proteger los recursos genéticos del país y los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas.

Para contrarrestar esta práctica, la CNB realiza un monitoreo constante y especializado de las solicitudes de patentes que se presentan en las oficinas de propiedad intelectual más importantes del mundo, incluyendo China, Estados Unidos, Japón, Brasil y la Oficina Europea de Patentes.

Gracias a esta constante labor se detectan a tiempo los intentos de apropiación indebida de recursos que registran una creciente demanda global en las industrias farmacéutica, alimentaria y cosmética.

Entre las especies peruanas más expuestas y protegidas con éxito destacan la sangre de grado, maca, marañón, cacao, achiote, guayaba, tara, sacha inchi y el camu camu.

Casos Emblemáticos de Biopiratería Global

La biopiratería se manifiesta en diversos casos alrededor del mundo, afectando a comunidades y naciones ricas en biodiversidad y saberes ancestrales.

El Caso de la Ayahuasca

Uno de los casos más relevantes para Ecuador y para la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA) fue el de la ayahuasca. Loren Miller patentó la planta de ayahuasca en EE.UU., ignorando su importancia sagrada para más de 400 pueblos amazónicos.

En 1986, el leño de esta planta fue patentada en Estados Unidos por Loren Miller de la International Plant Medicine Co. Después de convivir con el pueblo Secoya por más de 10 años, Miller aprendió los conocimientos asociados a esta planta. Este caso fue una clara violación al sistema de valores y al patrimonio cultural de los pueblos indígenas.

La ayahuasca en la Amazonía es utilizada con fines sociales, religiosos y medicinales. Además, los shamanes la emplean para la adivinación y con el propósito de realizar ceremonias desde un contexto sobrenatural y de conexión con su entorno.

Gregorio Díaz Mirabal, coordinador de Cambio Climático y Biodiversidad de la COICA, menciona que “la base del conocimiento de los pueblos indígenas, sea plantas o en biodiversidad pasa por el idioma, nuestra comunión, nuestro arte, nuestra música, nuestra danza, nuestras canciones, nuestra ceremonia. Todo lo que tiene que ver con nuestro calendario cultural”.

A finales de la década de los 90, la COICA inició un proceso legal ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. En 1999, la patente de la ayahuasca fue anulada hasta 2001, cuando la Oficina de Patentes, después de una apelación de Miller, emitió un certificado para que la patente se mantuviera hasta finalizar su vigencia: junio de 2003.

El Kava y el Aceite de Argán

El caso del kava (Piper methysticum), una planta de la familia de la pimienta originaria del Pacífico, es un excelente ejemplo de apropiación indebida de los conocimientos de las poblaciones indígenas y locales. El kava ha sido objeto de cientos de reivindicaciones de patente, principalmente por sus efectos ansiolíticos y sedantes, conocidos desde hace tiempo por los pueblos del Pacífico.

A pesar de este gran interés, hasta la fecha no existe ningún acuerdo que garantice la obtención de autorizaciones o que establezca la distribución de beneficios en materia de investigación y reivindicaciones de patente.

El aceite producido a partir de las nueces del árbol de argán marroquí (Argania spinosa L.) es otro ejemplo. El aceite de argán se utiliza hoy en día en productos para el cuidado del cabello y la piel en todo el mundo, con el mismo objetivo con el que las mujeres amazigh (o bereberes) lo usan desde hace más de mil años.

Aunque algunas empresas internacionales detentoras de patentes aplicables que comercializan productos a base de aceite de argán han firmado acuerdos de distribución de beneficios con las cooperativas de mujeres amazigh, muchas no lo han hecho.

El Uso Ilegal de ADN Waorani en Ecuador

En Ecuador, un caso preocupante fue el uso ilegal de ADN Waorani. “Los pueblos aislados a veces tienen cierta composición genética que no tienen otros pueblos”, menciona Elizabeth Bravo.

En este caso de biopiratería, la Defensoría del Pueblo declaró, a través de una resolución defensorial, que “se han vulnerado los derechos a la identidad cultural, al consentimiento previo, libre e informado para la extracción y uso de recursos genéticos (…)”.

Las muestras de sangre fueron recolectadas por brigadistas norteamericanos -uno de los miembros era médico de la compañía Maxus- con el fin de realizar chequeos médicos a los habitantes de las comunidades. Sin embargo, nunca se conocieron los resultados de dichas revisiones médicas.

Desde 1991, el Instituto Coriell posee muestras de sangre Waorani, las cuales han sido vendidas, a partir de 1994, a instituciones de 8 países como Estados Unidos, Alemania, Japón y Brasil. En 2010, las muestras fueron retiradas para investigación.

Otros Ejemplos Notables

La comisión también investiga investigaciones científicas realizadas sin permisos adecuados.

El maíz olotón, originario de Guatemala y México, tiene propiedades únicas conocidas por comunidades locales.

La Lucha de Ecuador contra la Biopiratería

Desde adquisiciones realizadas por Harvard hasta patentes obtenidas por laboratorios internacionales, Ecuador ha sufrido los efectos de esta problemática, aún sin un plan efectivo para combatirla.

La relación entre Ecuador y la biopiratería ha sido fuerte y duradera. Esta se ha forjado bajo tres características básicas que se consolidaron durante varias décadas: megadiversidad, múltiples etnias y un control deficiente de los recursos genéticos.

Según el Instituto Nacional de Biodiversidad (INABIO), Ecuador es uno de los 20 países megadiversos del mundo; es decir, aquí se concentra una alta cantidad de especies vegetales, animales y ecosistemas.

De la misma forma, el Consejo de Nacionalidades y Pueblos del Ecuador (CODENPE) determinó que en el país existen 14 nacionalidades y 18 pueblos indígenas.

Esta diversidad ha generado un profundo interés por parte de científicos de varias nacionalidades. Con un atractivo académico -y, quizás, una posterior intención comercial-, investigadores se han llevado recursos genéticos sin autorización del Estado ecuatoriano.

En Ecuador, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) determina que la biopiratería es “el acceso, uso y/o aprovechamiento ilegal, irregular y/o inequitativo de recursos biológicos y sus derivados (…)”. Aquí también se incluye a los conocimientos tradicionales provenientes de pueblos indígenas, cuando estos son utilizados con una intención de atribuirse derechos exclusivos, a través de la propiedad intelectual.

En 2016, el SENADI -antes llamado Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI)-, junto con la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), presentaron el Primer informe sobre biopiratería en el Ecuador. Este documento es el único estudio formal realizado por el Estado ecuatoriano respecto al aprovechamiento ilegal de recursos genéticos.

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