El mundo fiscal puede resultar un tanto complejo y abrumador para quienes no están familiarizados con sus términos. Pero ¡no te preocupes! Estamos aquí para ayudarte a entender uno de los conceptos clave, que te evitarán problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT): el Complemento de Pago. El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa.
¿Qué es un Complemento de Pagos?
El Complemento de Pago es un tipo de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) que tiene como función principal respaldar el pago de una factura previa cuando dicho pago no se completa en una sola exhibición, es decir, cuando los pagos se reciben en parcialidades o de forma diferida.
También se le conoce como Factura de Recepción de Pagos. Este documento electrónico debe emitirse una vez que se haya efectuado el pago y debe estar relacionado con la factura previamente emitida. El complemento de pago es un comprobante que debe emitir el contribuyente cuando se trata de pagos en parcialidades o diferidos, no cuando se paga en una sola exhibición. Este comprobante, también conocido como comprobante de pago electrónico o recibo electrónico de pago, asegura la correcta documentación y seguimiento de los pagos.
En este tipo de CFDI se especifica el método de pago de una factura, así como el monto correspondiente.
Fechas Clave de Entrada en Vigor y Versiones del Complemento de Pago
El Complemento de Pago ha tenido una evolución en el sistema fiscal mexicano. Dicho documento fiscal se introdujo en la versión 3.3 del CFDI en 2018.
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Su obligatoriedad entró en vigor desde el 1° de septiembre de 2018 para los casos en los que el método de pago sea en parcialidades o diferido.
Posteriormente, tuvo una actualización en la versión 4.0 del CFDI, en 2022. Por lo tanto, el Complemento de Pagos actual corresponde a la versión 2.0.
La versión 2.0 del complemento de recepción de pagos entró en vigor el 1 de enero de 2022 y su uso se hizo obligatorio a partir del 1 de abril de 2023. Esto se estableció después de un período de convivencia entre la versión 1.0 y la versión 2.0, que se extendió desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023.
El Octavo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 establece la fecha a partir de la cual la versión 2.0 del complemento de recepción de pagos es de uso obligatorio, que es el 1 de abril de 2023.
En 2022 se establecieron cambios fiscales muy importantes. En ese sentido, el SAT marcó un periodo de convivencia entre estas versiones nuevas y las anteriores, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
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Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI pudieron optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos pudieron optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, hasta el 31 de marzo de 2023. El objetivo de esta prórroga al periodo de transición fue otorgar facilidades a los contribuyentes para cumplir con las obligaciones fiscales.
¿En qué casos se emite el Complemento de Pagos?
Es esencial comprender en qué situaciones se requiere emitir un Complemento de Pago. De acuerdo con las autoridades fiscales, las facturas deben llevar este complemento en los siguientes casos:
- Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición.
- Cuando se realice el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero esta no sea cubierta al momento de la emisión de la factura, incluso en operaciones a crédito que se paguen posteriormente a la emisión de la factura correspondiente.
- Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
- Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
- Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.
Se está obligado a emitir un complemento de pago cuando se reciben pagos en parcialidades o diferidos. Esto significa que, si tu cliente paga en varias partes o en una fecha posterior, deberás emitir este complemento para cada pago realizado. La obligación de emitir este comprobante depende de que el pago no se haya realizado de una sola vez.
El Complemento de Pagos no aplica para asalariados ni para el CFDI por Honorarios, excepto si dichos honorarios se pagan de manera diferida.
Sí, solo es necesario en CFDI emitidos con método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido).
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¿Quiénes están obligados a emitir un Complemento de Pagos?
La responsabilidad de emitir un Complemento de Pagos recae en las personas físicas o morales que reciben el pago.
Al emitir una factura, en cualquier plataforma, es necesario indicar el método de pago utilizado, ya sea en una sola exhibición (PUE) o en pagos parciales o diferidos (PPD). El Complemento de Pago se aplica a todas las operaciones que involucran pagos en parcialidades o diferidos.
Fundamento Legal del Complemento de Pago
El fundamento legal del complemento de pago se encuentra en diversas disposiciones fiscales en México. Las principales normativas que respaldan la emisión del complemento de pagos son:
- Código Fiscal de la Federación (CFF): Es la ley principal que regula las obligaciones fiscales en México. Los artículos 29 y 29-A del CFF establecen los requisitos para los comprobantes fiscales digitales, incluyendo la emisión del complemento de pagos. Este documento complementario se debe expedir cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición y se reciban pagos diferidos o en parcialidades.
- Resolución Miscelánea Fiscal (RMF): Es un conjunto de disposiciones fiscales que detallan y complementan las reglas establecidas en el CFF. En particular, la Regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 regula los aspectos relacionados con el complemento de pagos. La Regla 2.7.1.29 de la RMF para 2023 también establece que cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición o no se reciba el pago al momento de expedir el CFDI, los contribuyentes deberán utilizar el mecanismo contenido en la Regla 2.7.1.32. Adicionalmente, la Regla 2.7.1.35 de la RMF establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.
Información que debe incluir un Complemento de Pagos
De acuerdo con el SAT, cuando se emite un Complemento de Pago, es fundamental incluir la siguiente información:
Información del Pago:
- Fecha de Pago
- Moneda de Pago
- Forma de pago
- Monto pagado
Información de la factura que se paga (documento relacionado):
- Folio fiscal del comprobante relacionado
- Moneda de pago
- Tipo de cambio conforme a la moneda registrada en el documento relacionado
- Método de pago
- Número de la parcialidad
- Importe pagado
- Importe saldo anterior
- Importe del saldo insoluto
- Objeto del impuesto
- Monto de los impuestos retenidos y trasladados
En el caso de pagos realizados a través de transferencia electrónica, no es necesario incorporar información bancaria detallada, como el número de operación, cuenta ordenante, cuenta beneficiaria, nombre del banco, tipo de cadena de pago, entre otros.
¿Cómo emitir un Complemento de Pagos?
Ahora que tienes más información sobre este documento fiscal, hablemos sobre cómo puedes emitirlo. Se trata de un proceso relativamente sencillo, que puedes llevar a cabo de dos maneras principales:
- A través de la plataforma de facturación del SAT.
- Usando tu sistema de facturación de un proveedor.
En cualquiera de las dos opciones, la plataforma te solicitará llenar una serie de campos y relacionar el complemento con la factura a la que corresponde. Algunos de los datos que te solicitará son:
- Identificación del comprobante al que pertenece el pago.
- Fecha del pago.
- Moneda en la que se realizó el pago.
- Forma de pago.
- Monto pagado.
De forma adicional, pero no obligatoria, se podrán agregar detalles de los datos de la cuenta desde la cual se hizo el pago, así como la información de la cuenta receptora; número de operación y RFC de la entidad emisora.
Para emitir un complemento de pago, es necesario utilizar el portal del SAT y seguir las instrucciones detalladas en la guía de llenado. La correcta emisión del CFDI incluye asegurarse de que los datos del impuesto trasladado y otros detalles fiscales estén correctamente documentados.
¿Para qué sirve este comprobante fiscal?
El Complemento de Pago cumple varias funciones esenciales que ayudan a mantener un registro adecuado de las transacciones financieras. Aquí te explicamos por qué es importante:
- Facilita la conciliación entre las facturas emitidas y los pagos recibidos.
- Detalla la cantidad pagada e identifica la factura que se liquida.
- Cumple con el requisito de registrar la forma de pago en la factura.
- Evita la cancelación de facturas que ya han sido pagadas.
- Identifica a emisores y receptores.
- Relaciona un pago con una o varias facturas.
Esta es una medida pensada principalmente para que el SAT tenga mejor información y conocimiento acerca del comportamiento de los contribuyentes, pero también es de gran utilidad para las empresas. Con los complementos de pago, las empresas y personas físicas con actividad empresarial podrán tener visibilidad de cuándo prestan servicios, cuándo reciben los pagos por esos servicios y cómo es la relación con sus clientes y proveedores.
El Complemento de Pago es un documento importante para el control fiscal, ya que acredita la forma de pago, la manera y el momento en que se realizó, lo que permite verificar la correcta aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Qué diferencia hay entre un complemento de pago y un CFDI?
El CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) es un documento que se emite para certificar la transacción de un bien o servicio, mientras que el complemento de pago es un documento adicional que se expide específicamente para certificar los pagos que se realizan de manera parcial o diferida. El CFDI es un comprobante de la operación original, mientras que el complemento de pago refleja el pago realizado, permitiendo dar seguimiento a los pagos parciales.
No, el complemento de pago es un documento adicional que se vincula al CFDI original.
¿Cuáles son las sanciones si no se emite este CFDI?
Cumplir con las obligaciones fiscales es crucial para evitar sanciones. Si no emites un Complemento de Pago cuando es requerido, las autoridades fiscales pueden imponer multas significativas. Si no emites el Complemento de Pago SAT en México cuando corresponde, estarías incumpliendo con los requisitos fiscales establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Las consecuencias de no emitir el Complemento de Pago pueden ser las siguientes:
- Multa por no emitir complemento de pago: De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales pueden imponer multas a los contribuyentes que no expidan, entreguen o pongan a disposición los comprobantes fiscales por internet, o lo hagan sin cumplir con los requisitos establecidos. Estas multas pueden ser de entre 15,280 pesos hasta 87,350 pesos, según lo establecido en el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
- Clausura del Establecimiento: Además de las multas, las autoridades fiscales también pueden proceder a la clausura del establecimiento del contribuyente que no cumpla con la emisión del Complemento de Pago.
Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA. Además, tus clientes pueden rechazar los pagos si no hay constancia oficial.
Uno de los errores más frecuentes es no emitir el complemento dentro del plazo establecido por el SAT, lo que puede generar inconsistencias fiscales y dificultades para deducir impuestos.
Cambios Relevantes en la Versión 2.0 del Complemento de Pago
En la versión 2.0 del complemento de pago se incluyeron modificaciones importantes, tales como:
- Mejor control de los pagos: La nueva versión ofrece un formato más detallado para identificar pagos en parcialidades y cómo se distribuyen entre las diferentes facturas.
- Nueva información sobre la forma de pago: Se agrega mayor claridad en la identificación de los métodos de pago, como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, o efectivo, permitiendo una mayor transparencia.
- Actualización de campos: Se han actualizado ciertos campos del complemento para incluir detalles adicionales sobre el pago, mejorando la trazabilidad de las transacciones.
La versión 2.0 del CFDI de complemento de pago incluyó nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos, y para incluir un resumen de los importes totales de los pagos realizados, expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
Plazo para Emitir el CFDI Complemento de Pago 2.0
Según la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, la regla 2.7.1.32 establece que el CFDI con complemento para la recepción de pagos debe ser emitido a más tardar el quinto día del mes inmediato al que corresponde el pago recibido. Esto significa que, si se recibe un pago en parcialidades o diferido en una fecha determinada, el CFDI Complemento de Pago correspondiente debe ser emitido antes del quinto día del mes siguiente. Este plazo para emitir el complemento de pago es crucial para cumplir con las normativas fiscales.
Consideraciones Adicionales y Novedades
Al momento de emitir un CFDI tenemos dos opciones para registrar el método de pago: en una sola exhibición (PUE), si la factura será pagada de contado ese mismo día, o la opción de pago diferido o en parcialidades (PPD), cuando la factura será liquidada después de la emisión o en pagos.
En la opción de pago diferido o en parcialidades, es cuando se tiene que emitir un CFDI de complemento por cada pago que se reciba por la factura original, es decir, cada vez que no se reciba el pago el mismo día que se emita el CFDI. Además, se emite un complemento por cada pago recibido.
Es importante entender qué significa PPD en una factura y cómo aplicar correctamente el método de pago PUE y el método de pago PPD, ya que esto es vital para la correcta emisión de los recibos electrónicos CFDI.
Existe una resolución del SAT que permite, si proveedor y cliente se ponen de acuerdo, registrar el método de pago como ‘En una sola exhibición’ si el cliente acepta pagar la totalidad del monto a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a la emisión, y así no sería necesario emitir complemento de pago. Sin embargo, si el cliente no cumple y llega el día 17 del mes posterior y no ha pagado, se deberá cancelar el CFDI anterior y emitir uno nuevo con el método de pago diferido o en parcialidades y además emitir complementos de pago cuando se reciba el dinero.
La realidad es que, cuando se escuche o lea que se refieren a factura de complemento, CFDI de complemento de pago o simplemente complemento de pago, están hablando de lo mismo: básicamente una factura que consiste en registrar cada uno de los pagos a parcialidades o diferidos de una factura.
