Emitir facturas electrónicas puede ser un proceso engorroso o complicado para algunas personas, o tienen que contratar a un tercero para que lo haga por ellos. Afortunadamente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes la herramienta "Factura fácil" dentro de su portal Mis cuentas, facilitando este proceso.
Esta herramienta permite generar facturas válidas, pues cuentan ya con todos los requisitos fiscales. Es de uso totalmente gratuito y no necesitas conocimientos o alguna capacitación en especial para manejarla.
Accediendo a la Función "Factura Fácil"
En el apartado Factura fácil de Mis cuentas se pueden generar facturas, además puedes consultar, recuperar y cancelar tus facturas. Si aún cuentas con dudas, o no sabes muy bien cómo registrar los datos para tu factura, a continuación presentamos un tutorial donde explicaremos paso a paso para hacerlo.
Paso a Paso para Generar tu Factura en Mis Cuentas
- Registro de Datos del Cliente: Capturamos el RFC, Razón Social (opcional) y el uso de factura para nuestro cliente. De igual forma es opcional agregar algún correo electrónico. Y de esta misma forma se pueden ir agregando todos los clientes que sean necesarios.
- Selección de Producto o Servicio: En producto y servicio se puede escribir una palabra clave y seleccionar el que más corresponde a tu actividad. En descripción de servicio deberás de especificar el bien o servicio, en unidad de medida para un producto puede ser kilo, litro o pieza y para un servicios la unidad de medida siempre será la clave E48, y por último se registrará el valor unitario.
Podemos notar que no tiene la leyenda “¡Precaución! Debe agregar al menos un registro.”, esto es debido a que es una información a la que no nos encontramos obligados a registrar para nuestra factura, siendo totalmente opcional. Cabe mencionar que el régimen que aparecerá va a depender de la actividad que realizas.
Entendiendo las Retenciones de ISR e IVA
Como se puede observar, a una persona física se le puede retener ISR e IVA y esto se presenta cuando se le esta facturando a una persona moral. ¿Qué son las retenciones?
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La retención de ISR siempre será del 10% sobre el subtotal de la factura, la retención de IVA corresponde a dos terceras partes del IVA, es decir, 10.6666%.
| Concepto | Porcentaje de Retención |
|---|---|
| ISR | 10% sobre el subtotal |
| IVA | 10.6666% (dos terceras partes del IVA) |
En el siguiente artículo haremos un tutorial acerca de como generar mi factura después de haber registrado los datos correspondientes para poder emitirla.
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