El Impuesto Sobre Nómina (ISN) es una obligación mensual para todo patrón, representando una tarifa que el estado de Sinaloa exige a los empleadores por cada persona empleada dentro de su nómina. Para entender mejor qué es el Impuesto Sobre Nómina, las empresas consideran el valor del PIB en sus localidades, además de las actividades económicas que se llevan a cabo en la región.
Para cumplir con el pago del Impuesto Sobre Nómina, es necesario declararlo cada mes en la Secretaría de Finanzas del estado donde esté constituida la empresa.
Requisitos y Documentación
Para realizar los trámites relacionados con el ISN, se debe entregar la siguiente documentación:
- Formulario Único de Registro:
- Deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” si se trata de un “retenedor” o un “prestador de servicios”.
- En el anexo del formulario, se deberá mencionar quién(es) es(son) su(s) prestador(es) de servicios o retenedor(es), según corresponda, proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente, y señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
- Identificación Oficial del contribuyente o representante legal.
- Alta Patronal ante el IMSS (en caso de ser prestador de servicios).
Procedimiento para la Facturación
Todas las facturas emitidas serán enviadas al correo electrónico proporcionado al momento de solicitar la factura. Se recomienda descargar y guardar la factura tanto en formato XML como en PDF para futuras reimpresiones.
Si se requiere una reimpresión, se puede realizar el mismo procedimiento utilizado para facturar, donde se mostrarán los CFDI emitidos por el Gobierno del Estado en el último año, pudiéndolos descargar.
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En caso de cancelación de un CFDI, debe acudir a la Oficina Recaudadora más cercana, acompañado del CFDI que se cancelará y con la documentación e información necesaria.
Convenios con CAADES para el Sector Agrícola
Para los pagos correspondientes a los periodos de 2016 y 2017, se considerará lo establecido en el Convenio entre la CAADES y el Gobierno del Estado del 23 de junio de 2017, que ofrece una opción para quienes se dediquen a la agricultura:
- Cálculo de la base del impuesto:
- Se multiplican los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de hectáreas y por el salario mínimo.
Ejemplo: Si se sembraron 50 hectáreas de maíz:
Base del Impuesto = 9.04 x 50 x 80.04 = $ 36,178.08
- La base calculada se posiciona en la tabla del Artículo 18 de la Ley de Hacienda del estado de Sinaloa para realizar el cálculo correspondiente.
Para el pago del Impuesto generado a partir del año 2018, las declaraciones se regirán con lo establecido en el Convenio firmado entre la CAADES y el Gobierno del Estado publicado el 31 de mayo de 2018:
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- Calcularán la base del impuesto de la siguiente manera: Se multiplicarán los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de hectáreas y por 1.1 UMA
Ejemplo: Si se sembraron 50 hectáreas de maíz:
Base del Impuesto = 9.04 x 50 x 98.58 = $ 44,558.00
Tabla del Artículo 18 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa
| Base Gravable Mensual | Tarifa | Cuota Fija | Porcentaje a aplicar sobre el excedente del límite inferior |
|---|---|---|---|
| Límite Inferior | Límite Superior | ||
| $ 0.01 | $ 500,000.00 | $ 0.00 | 2.40% |
| $ 500,000.01 | $ 700,000.00 | $ 12,000.00 | 2.60% |
| $ 700,000.01 | $ 900,000.00 | $ 17,200.00 | 2.80% |
| $ 900,000.01 | En adelante | $ 22,800.00 | 3.00% |
El Impuesto a pagar se calcula de la siguiente manera: Base (-) límite inferior (x) tasa (+) cuota fija
Ejemplo: Impuesto a pagar = $36,178.08 - 0.01 x 2.40% + 0.00
Impuesto a pagar = $ 868.27
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Este importe se pagará en tres parcialidades: 34% en enero, 33% en marzo y 33% en mayo del año siguiente al ciclo agrícola a declarar.
Nota: Se obtiene el factor de actualización con base en el cambio en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el cual se aplica al importe omitido.
Es la clave que se le asigna al momento de registrarlo en nuestra base de datos; también aparece en sus preelaborados enseguida del RFC, son 10 dígitos que se encuentran entre paréntesis.
Si usted es el retenedor y cumple a nombre de la prestadora de servicios con la obligación de la presentación de las declaraciones correspondientes, para lo cual se realizarán las siguientes acciones: La prestadora de Servicios le dará a conocer toda la información necesaria para la presentación de la declaración correspondiente (Total de erogaciones, erogaciones exentas y gravadas; detalle de los pagos a cada uno de los empleados que deberá capturarse en el anexo de dicha declaración; entre otros)
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